lunes, 21 de julio de 2025

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Nunca cambias las cosas
 luchando contra la realidad existente.

Para cambiar algo,
 
Construye un nuevo modelo 
que haga obsoleto
 el Modelo Actual."
 R. Buckminster Fuller,
 Arquitecto y teórico de sistemas.

Hilos Sueltos Relacionados:

1. CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991

Actualizaciones:


1. 
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domingo, 20 de julio de 2025

El Articulo 325 CP y Sus Implicaciones en las Areas Metropolitanas y la Region Metropolitana Bogotá Cundinamarca

 

LINK A ARTICULO 325

Nunca cambias las cosas
 luchando contra la realidad existente.

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Construye un nuevo modelo 
que haga obsoleto
 el Modelo Actual."
 R. Buckminster Fuller,
 Arquitecto y teórico de sistemas.

Hilos Sueltos Relacionados:

1. CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991

 
Actualizaciones:


1. 
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El Artículo 325 de la Constitución Colombiana
Un Pilar en la Gobernanza Metropolitana

Introducción

La dinámica de crecimiento urbano en Colombia ha impulsado la necesidad de mecanismos de planificación y gestión territorial que trasciendan los límites municipales. En este contexto, el Artículo 325 de la Constitución Política de Colombia se ha convertido en una pieza fundamental, especialmente tras las modificaciones que ha experimentado, sentando las bases para la organización de las áreas metropolitanas y, de manera particular, para la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca (RMBC).

El Origen del Artículo 325 | Flexibilidad para Bogotá

Inicialmente, el Artículo 325 facultaba al Distrito Capital para conformar un área metropolitana con los municipios circunvecinos y una región con otras entidades territoriales de carácter departamental. El objetivo principal de esta disposición era garantizar la ejecución de planes y programas de desarrollo integral y la prestación oportuna y eficiente de los servicios a cargo de estas entidades, siempre bajo las condiciones que la Constitución y la ley establecieran. Esta facultad era clave para que Bogotá pudiera abordar las problemáticas urbanas y de servicios que, por su naturaleza, se extendían más allá de sus fronteras administrativas.

La Transformación |El Acto Legislativo 2 de 2020 y el Nacimiento de la RMBC

Una de las modificaciones más trascendentales al Artículo 325 se dio con el Acto Legislativo 2 de 2020, que lo reformó explícitamente para crear la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca (RMBC) como una entidad administrativa de asociatividad regional de régimen especial. Esta reforma fue considerada necesaria debido a que las problemáticas y dinámicas particulares de la región (Bogotá y Cundinamarca) no podían ser abordadas eficazmente por las figuras asociativas territoriales preexistentes, como las regiones administrativas y de planificación (Artículo 306) o las áreas metropolitanas tradicionales (Artículo 319).

Las implicaciones clave de esta modificación para la gobernanza metropolitana son profundas

Naturaleza y Objeto Específico

  • La RMBC es una entidad administrativa de asociatividad regional de régimen especial, y no una entidad territorial.
  • Su objetivo principal es la ejecución de planes y programas de desarrollo sostenible y la prestación oportuna y eficiente de servicios.
  • Se busca mejorar los procesos de planificación territorial, la implementación de políticas públicas en ordenamiento territorial y superar la fragmentación en la región.
  • Está conformada por el Distrito Capital, la Gobernación de Cundinamarca y los municipios de este departamento que decidan asociarse voluntariamente, siempre que compartan dinámicas territoriales, ambientales, sociales o económicas.

Jerarquía de Decisiones y Autonomía Territorial

  • En su jurisdicción, las decisiones de la Región Metropolitana tienen superior jerarquía sobre las del Distrito, las de los municipios asociados y las del Departamento de Cundinamarca en las materias de su competencia.
  • A pesar de esta jerarquía, la Constitución y la ley orgánica que la desarrolle deben garantizar que las entidades territoriales que la conforman mantengan su autonomía territorial y no se incorporen al Distrito Capital. Esto busca un equilibrio entre la unidad estatal y la autonomía local y regional.

Diferencias con Áreas Metropolitanas Tradicionales

  • A diferencia de las áreas metropolitanas generales, reguladas por la Ley 1625 de 2013, la RMBC no se conforma alrededor de un "municipio núcleo". Las áreas metropolitanas tradicionales se definen como "entidades administrativas de derecho público, formadas por un conjunto de dos o más municipios integrados alrededor de un municipio núcleo".
  • Mientras que la vinculación de municipios a las áreas metropolitanas tradicionales requiere una consulta popular, el proceso inicial para la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca implica que el Distrito Capital y la Gobernación de Cundinamarca sometan su ingreso a la votación de sus respectivas corporaciones públicas (Concejo Distrital y Asamblea Departamental). Una ley orgánica posterior definirá el procedimiento y las condiciones para la incorporación de otros municipios a la RMBC, asegurando la participación de todos los entes territoriales.

Sistema de Toma de Decisiones y la Prohibición del "Veto"

  • El Consejo Regional es su máximo órgano de gobierno.
  • Se establece un sistema de toma de decisiones que promueve el consenso y, explícitamente, no habrá lugar al derecho al veto.
  • No obstante, para las decisiones relacionadas con el nombramiento y retiro del Director, y los gastos e inversiones de la Región Metropolitana, se requerirá la aceptación de la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Gobernación de Cundinamarca. La Corte Constitucional ha interpretado que este requisito no es un "veto" en el sentido de la prohibición, sino un mecanismo para facilitar el consenso dadas las centralidades de estas dos entidades para la existencia y equilibrio de la RMBC. De hecho, no se puede tomar ninguna decisión sobre los temas que defina la región metropolitana por una sola de las entidades territoriales asociadas.

Ordenamiento Territorial y Planificación

  • El objetivo de "desarrollo sostenible" del Artículo 325 incluye la competencia en ordenamiento territorial.
  • La Ley Orgánica 2199 de 2022, que desarrolla el Artículo 325, establece que el Plan Estratégico y de Ordenamiento de la Región Metropolitana (PEORM) tendrá un componente de ordenamiento físico-espacial y sus lineamientos serán de superior jerarquía, requiriendo que los municipios ajusten sus planes de ordenamiento territorial (POT).
  • La Corte Constitucional ha validado esta competencia, señalando que la función de los concejos municipales de regular los usos del suelo no es una función soberana, sino reglamentaria y subordinada a la Constitución y la ley, y que existen competencias concurrentes en la materia a nivel nacional, regional y departamental.

Financiación
  • El Artículo 42 de la Ley 2199 de 2022, derivado del Artículo 325, establece un aporte anual de la Nación a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, que inició en $75.000 millones en 2023 y aumenta anualmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior. La Corte Constitucional declaró la exequibilidad de este artículo, confirmando su conformidad con la Constitución.
Contexto y Desafíos de otras Áreas Metropolitanas

Es importante recordar que Colombia cuenta con otras áreas metropolitanas formalmente constituidas bajo la Ley 1625 de 2013, como la del Valle de Aburrá (Medellín), Barranquilla, Bucaramanga, Cúcuta, Centro Occidente (Pereira), Valledupar, y las más recientes Centro Sur de Caldas (Manizales) y Suroccidente de Colombia (Cali). Estas se definen por la integración de municipios alrededor de un municipio núcleo y se rigen por un conjunto de normativas que buscan su desarrollo sostenible y la prestación coordinada de servicios públicos.

Criticas a la RMBC

Sin embargo, la implementación de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca no ha estado exenta de críticas. Algunas voces han señalado preocupaciones sobre la ausencia de consulta popular para la vinculación inicial de los municipios, argumentando que esto socava la participación ciudadana y la autonomía territorial. También se ha expresado inquietud por la posible "legalización del volteo de tierras" y la "expansión del ladrillo y el cemento" sobre áreas rurales y protegidas, afectando la soberanía alimentaria y los recursos naturales. Algunos actores políticos y comunitarios perciben un riesgo de centralización de decisiones en Bogotá y Cundinamarca, a pesar de la prohibición del veto, y temen una imposición de políticas en asuntos como el ordenamiento territorial y la gestión de servicios públicos.

En última instancia, el Artículo 325 de la Constitución, especialmente tras su reforma, ha reconfigurado el panorama de la asociatividad regional en Colombia. Permite una gobernanza supramunicipal con capacidad de tomar decisiones vinculantes en temas clave como el ordenamiento territorial y la prestación de servicios públicos, buscando el consenso y la participación, a la vez que se respetan las autonomías locales y se establecen mecanismos de financiación específicos.

Un Plano Maestro

Piense en el Artículo 325 como un plano maestro que no solo dibuja los contornos de las áreas metropolitanas, sino que también detalla las intrincadas tuberías y circuitos que permiten la coordinación, el flujo de recursos y la toma de decisiones compartida entre múltiples ciudades y departamentos, como si fueran diferentes secciones de una gran central eléctrica interconectada. Sin embargo, como todo plano, su éxito depende de la colaboración y el consenso de todos los ingenieros y constructores involucrados.

sábado, 19 de julio de 2025

Acerca de la MODIFICACION del Capitulo De Inversiones Con Cargo Al Sistema General de Regalias del Plan De Desarrollo de Viterbo, Caldas

 

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 R. Buckminster Fuller,
 Arquitecto y teórico de sistemas.

Hilos Sueltos Relacionados:

Sobre los Planes De Ordenamiento Territorial ( POT, PBOT, EOT)


3. Decreto 1232 de 2020 | Planes De Ordenamiento Territorial

4. Ley 1551 de 2012 | Normas Para Modernizar La Organizacion y Funcionamiento de los Municipios





11. INFORME: Estado de Avance Del Ordenamiento Territorial En Colombia 



Actualizaciones:

1. 
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Introducción

El proyecto de acuerdo de Viterbo, Caldas para modificar el capítulo de inversiones con cargo al Sistema General de Regalías (SGR) en su Plan de Desarrollo Municipal 2024-2027 busca alinear su capítulo de regalías con el Plan Departamental de Desarrollo, con el objetivo de fortalecer la articulación institucional, optimizar recursos y acceder a cofinanciación para proyectos de alto impacto. 

Este proceso está contemplado dentro de la Ley 152 de 1994 y la Ley 2056 de 2020 para la modificación de Planes de Desarrollo Territorial (PDT). La modificación propuesta por Viterbo sigue los cauces legales de una "Ordenanza o Acuerdo" al no ser por causa de fuerza mayor o caso fortuito, y se centra en la matriz plurianual de inversiones.

Aunque la modificación es legalmente permitida y justificable, se pueden identificar varios desafíos o puntos que podrían convertirse en inconvenientes si no se gestionan de manera rigurosa y continua:

Calidad y Efectividad de la Participación Ciudadana

  • El proyecto de Viterbo menciona haber realizado una "mesa pública de participación ciudadana" en julio de 2025 y haber radicado el proyecto ante el Consejo Territorial de Planeación (CTP) el 10 de julio de 2025 para su análisis y recomendaciones. Sin embargo, los ejercicios de planeación del SGR deben ser "participativos, democráticos y de concertación" y vemos que no se invitó al CTP a las mesas de participación.

  • Un posible inconveniente radica en si la participación es verdaderamente efectiva, informada e incidente, lo cual es crucial para el éxito de las inversiones. Los territorios pueden tener limitaciones en el acceso a la información y a la tecnología de las telecomunicaciones, dificultando una participación plena y efectiva de veedores y comunidades locales. Ignorar la participación significativa de las partes interesadas en todas las etapas del ciclo de vida del proyecto (formulación, diseño, aprobación, ejecución) puede llevar al rechazo del proyecto, al malestar social y, en última instancia, al incumplimiento de los objetivos del SGR.
  • Aunque los CTP tienen una función consultiva que se extiende a las modificaciones de los planes, la calidad de las recomendaciones y su incorporación real son fundamentales.

Riesgos Inherentes a la Gestión de Proyectos del SGR

Cualquier modificación a un plan de desarrollo y a los proyectos financiados con el SGR puede introducir o exacerbar riesgos en la gestión de proyectos, como la desviación del alcance, sobrecostos y retrasos en el cronograma. El "Manual de Análisis de riesgos" identifica varios de estos riesgos:

  • Ineficiencia operativa (administrativa): Procedimientos no definidos o falta de claridad en los procesos internos pueden generar descoordinación y retrasos.
  • Incumplimiento con el alcance del proyecto (técnico): Una mala gestión de los recursos y problemas en la ejecución de las actividades pueden llevar al incumplimiento de los objetivos. Es importante destacar que los ajustes a proyectos individuales no deben cambiar el alcance, entendido como los objetivos generales y específicos, los productos y la localización.

  • Desfase de la ejecución versus la programación (financiero): Desconocimiento técnico o estimaciones imprecisas pueden llevar a esto.
  • Influencia de intereses políticos: Los intereses políticos pueden alterar la calidad y el enfoque de un proyecto, y los cambios de gobierno son un riesgo político identificado. La gestión efectiva de riesgos contribuye a la estabilidad y al impacto positivo de las inversiones del SGR.

Mantenimiento de la Coherencia y Alineación Continua

Si bien Viterbo busca la alineación con el Plan Departamental de Desarrollo, la ley exige que los planes territoriales tengan coherencia con el plan nacional y los planes de desarrollo de niveles superiores. Una modificación exitosa requiere que los nuevos proyectos e iniciativas mantengan esta coherencia a lo largo de su ciclo de vida. Los proyectos deben estar en concordancia con el catálogo de productos de la Metodología General Ajustada (MGA).

Carga Administrativa y Técnica

El proceso de modificación del plan, incluso si es por Ordenanza/Acuerdo, implica una serie de pasos formales que requieren una considerable carga administrativa y técnica para la administración municipal. La Subdirección General del SGR (SGSGR) ofrece asistencia técnica integral, especializada y gratuita para estos procesos, lo que subraya su complejidad y la importancia de contar con apoyo oportuno para evitar inconvenientes.

Desempeño en la Gestión de Proyectos (IGPR)

Viterbo cuenta con un Índice de Gestión de Proyectos de Regalías (IGPR) de 84.9 (Alto), lo que indica un buen desempeño. Sin embargo, la Resolución 2993 de 2021 del DNP establece que proyectos desaprobados o aquellos con una decisión motivada de no continuidad obtienen cero puntos en el IGPR y pueden resultar en una disminución del desempeño del ejecutor. La modificación implica nuevas iniciativas que deben mantener este buen desempeño para evitar sanciones como la imposibilidad de aprobar y ejecutar proyectos directamente. El IGPR es una herramienta de gestión y control preventivo para medir la eficiencia en la ejecución de los proyectos de inversión, comparando la planeación con la ejecución.

Sostenibilidad de las Inversiones

Los recursos del SGR están destinados al financiamiento de proyectos de inversión y no a gastos permanentes. Las modificaciones deben asegurar que los nuevos proyectos también cumplan con el criterio de sostenibilidad, de modo que, una vez terminada la etapa de inversión, la prestación del servicio pueda ser financiada con recursos diferentes al SGR.

En resumen, la modificación del capítulo de inversiones con cargo al SGR, aunque legalmente permitida y justificable, no está exenta de desafíos. Es como intentar reajustar el rumbo de un barco en plena travesía en un océano cambiante. Si bien el capitán (la administración municipal) tiene la autoridad y los procedimientos para hacerlo (el proyecto de acuerdo por Ordenanza), los "inconvenientes" surgen de la necesidad de:

  • Asegurar que toda la tripulación (ciudadanía y CTP) esté genuinamente involucrada e informada en la toma de decisiones, no solo presente.
  • Navegar los riesgos inherentes a la ejecución (desvíos de presupuesto, cronograma, alcance) que pueden surgir con cualquier cambio, incluso bien intencionado.
  • Mantener la coherencia con otros planes de navegación de mayor nivel (planes departamentales y nacionales) en un mar a menudo impredecible.
  • Gestionar la carga administrativa que implica el reajuste de la ruta.
  • Asegurar que el desempeño pasado (IGPR) se mantenga, ya que un mal manejo de los nuevos proyectos podría afectar la reputación y las capacidades futuras.
  • Garantizar que los nuevos destinos o inversiones sean sostenibles a largo plazo, para que el barco no dependa permanentemente de los vientos de las regalías una vez el impulso inicial haya terminado.

Una gestión cuidadosa y proactiva de estos aspectos será clave para que la modificación del plan de Viterbo realmente beneficie a la comunidad.

viernes, 18 de julio de 2025

La Esencial Especificación de las Unidades Agrícolas Familiares (UAF) en el EOT de Guasca | Un Camino hacia la Sostenibilidad y la Seguridad Alimentaria

 

LINK DEL EOT


"Nunca cambias las cosas
 luchando contra la realidad existente.

Para cambiar algo,
 
Construye un nuevo modelo 
que haga obsoleto
 el Modelo Actual."
 R. Buckminster Fuller,
 Arquitecto y teórico de sistemas.

Hilos Sueltos Relacionados:

Sobre los Planes De Ordenamiento Territorial ( POT, PBOT, EOT)


3. Decreto 1232 de 2020 | Planes De Ordenamiento Territorial

4. Ley 1551 de 2012 | Normas Para Modernizar La Organizacion y Funcionamiento de los Municipios





11. INFORME: Estado de Avance Del Ordenamiento Territorial En Colombia 



Actualizaciones:

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La Esencial Especificación de las Unidades Agrícolas Familiares (UAF) en el EOT 
Un Camino hacia la Sostenibilidad y la Seguridad Alimentaria

Introducción

El Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Guasca, adoptado mediante el Acuerdo No. 027 de 2021, es un instrumento clave para orientar el desarrollo y uso del suelo en el corto, mediano y largo plazo. Este EOT establece un marco robusto para el suelo rural con vocación agrícola y reconoce la "agricultura familiar" como un uso principal en las "Áreas Agropecuarias Tradicionales". Sin embargo, las fuentes del EOT de Guasca no definen ni dimensionan explícitamente el concepto de "Unidad Agrícola Familiar (UAF)". Si bien las bases para un desarrollo rural sostenible están implícitas, la especificación explícita de las UAF en el EOT de Guasca es de vital importancia para potenciar el desarrollo territorial y asegurar la coherencia con las políticas nacionales.

¿Por qué es Crucial Dimensionar Explícitamente las UAF en el EOT?

1. Alineación con la Política Nacional de Ordenamiento Territorial y Seguridad Alimentaria:

  • El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026, "Colombia Potencia Mundial de la Vida", establece el ordenamiento territorial alrededor del agua, la protección del suelo rural para el derecho a la alimentación y la cohesión territorial como ejes centrales. La UAF es un concepto fundamental en la planificación rural y agropecuaria nacional.

  • El PND modifica la Ley 388 de 1997, estableciendo una jerarquía de determinantes territoriales donde el Nivel 1 (prevalente) incluye la conservación ambiental, el ciclo del agua, la gestión del cambio climático y la soberanía alimentaria, priorizando la vida sobre lógicas de mercado. El Nivel 2 incluye específicamente las áreas de especial interés para proteger el derecho humano a la alimentación dentro de la frontera agrícola, denominadas "Áreas de Protección para la Producción de Alimentos", APPA. Una definición clara de UAF en el EOT facilitaría la identificación y protección de estas áreas locales.
  • La Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA) es clave para la orientación y gestión eficiente del suelo rural agropecuario, incluyendo la consideración del cambio climático en sus modelos prospectivos. Al dimensionar las UAF, el EOT de Guasca puede aplicar los criterios de la UPRA para la declaración de "Áreas de Protección para la Producción de Alimentos".

2. Protección del Suelo Rural y Lucha contra la Informalidad:

  • La Constitución Política de Colombia consagra la protección especial de la producción de alimentos. Un EOT que dimensione explícitamente las UAF contribuye a garantizar un uso eficiente del suelo y a proteger los suelos con aptitud agrícola de otros usos.
  • La informalidad en la tenencia de la tierra y la ocupación irregular son desafíos en la gestión territorial. La formalización de la pequeña y mediana propiedad rural es un objetivo del PND que se apoya en herramientas como el Catastro Multipropósito. Al tener las UAF definidas, se puede regular mejor la subdivisión predial del suelo rural en áreas aptas para la producción agropecuaria, mitigando la expansión urbana no planificada y los asentamientos informales.

3. Gestión Sostenible y Resiliencia Climática:

  • La agricultura, ganadería, silvicultura y otros usos del suelo son la principal fuente de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en Colombia, representando el 59% de las emisiones en 2018. Dimensionar las UAF permite promover prácticas agrícolas sostenibles y aumentar la captura de carbono, contribuyendo a la mitigación del cambio climático y a la regulación del recurso hídrico.
  • La planificación de Guasca, al proteger su estructura ecológica principal y sus áreas con potencial agrícola, contribuye a la oferta de recursos hídricos y a la resiliencia territorial frente a los impactos del cambio climático, como cambios en temperatura y precipitación. Las UAF, al operar bajo principios de sostenibilidad, son un componente clave de esta resiliencia.

4. Fomento del Desarrollo Rural y la Economía Local:

  • La agricultura familiar es una forma de producción que atiende a la sostenibilidad y autogestión de las familias. Un reconocimiento explícito de las UAF en el EOT permite focalizar programas y proyectos de inversión, infraestructura y asistencia técnica en estas unidades productivas, impulsando la economía campesina y el bienestar social en el área rural.
  • Permite integrar el conocimiento local y las "culturas anfibias" (conceptos de La Mojana) que históricamente han coexistido con las dinámicas hídricas y agrarias, ofreciendo saberes valiosos para la adaptación y el desarrollo productivo.

¿ Cómo Lograr la Especificación Explícita de las UAF en el EOT de Guasca ?

Para que las UAF queden explícitamente definidas y dimensionadas en el EOT de Guasca, se pueden seguir los siguientes pasos, apoyándose en la normativa y herramientas existentes:

1. Revisión y Ajuste del EOT:

Los EOTs son instrumentos de planificación a 12 años y requieren revisiones y ajustes periódicos, ya sea por vencimiento de vigencia o por la necesidad de incorporar nuevas directrices y determinantes nacionales. Dado que el PND 2022-2026 introduce nuevas determinantes en materia de ordenamiento territorial alrededor del agua y soberanía alimentaria, esto puede justificar una revisión excepcional o una modificación del EOT.

2. Incorporación de las Determinantes Ambientales y Productivas:

  • Durante las etapas de diagnóstico y formulación del EOT, es fundamental solicitar y articular las determinantes ambientales y estudios técnicos disponibles a la autoridad ambiental competente. Esto incluye específicamente aquellas relacionadas con la protección del derecho humano a la alimentación y las "Áreas de Protección para la Producción de Alimentos".
  • Guasca ya tiene "agricultura familiar" como uso principal; la formalización explícita de UAFs permitirá detallar los parámetros de tamaño, infraestructura mínima, y las prácticas productivas permitidas, alineándose con los lineamientos de la UPRA.

3. Uso de Información Técnica y Herramientas Digitales:

  • Catastro Multipropósito: El municipio debe utilizar la información del Catastro Multipropósito para realizar un inventario detallado de los predios, incluyendo su tenencia y características. Esto ayudará a identificar las propiedades que cumplen con los criterios de UAF y sus aptitudes productivas.
  • Datos del IGAC: Aprovechar la información de cartografía, agrología y análisis de suelos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) para caracterizar el potencial productivo del territorio, identificar conflictos de uso y definir suelos aptos para la agricultura familiar.
  • Información Climática Territorial: Consolidar datos climáticos (históricos, actuales y futuros) y fuentes de GEI, apoyándose en herramientas como la "Herramienta para la Acción Climática (HaC)" del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Esto permitirá planificar el uso del suelo rural en función de los cambios de aptitud de los cultivos y la resiliencia frente al cambio climático.

4. Promoción de la Participación Social y el Conocimiento Local:

  • Es fundamental que el proceso de revisión del EOT incluya una participación social activa y efectiva de las comunidades, campesinos y actores locales. Sus experiencias, necesidades y saberes deben enriquecer el diagnóstico y la formulación de las normativas de las UAF.
  • Las "culturas anfibias" y las formas de organización comunitaria para la gestión del agua pueden servir como modelo de adaptación y manejo adecuado del bien común.

5. Coordinación y Colaboración Regional:
  • El ordenamiento territorial alrededor del agua exige un enfoque regional. Guasca debe coordinar programas y proyectos estratégicos con municipios vecinos y entidades nacionales/departamentales, incluso utilizando esquemas asociativos territoriales (EATs), para asegurar la coherencia en la planificación de las UAF y la protección de los recursos hídricos compartidos.
6. Armonización con el Plan de Desarrollo Municipal (PDM):
  • Las acciones y proyectos relacionados con las UAF deben estar alineados con el Plan De Desarrollo Municipal, "Guasca Compromiso De Todos, asegurando la asignación de recursos y su ejecución. El EOT es la "hoja de ruta" para el desarrollo físico del municipio, y el PDM es el instrumento que materializa los programas y proyectos.
Conclusión

En conclusión, la especificación explícita de las Unidades Agrícolas Familiares en el EOT de Guasca es un paso fundamental para fortalecer la seguridad alimentaria, la sostenibilidad ambiental y el desarrollo socioeconómico del municipio, en consonancia con las directrices del Plan Nacional de Desarrollo. Al integrar esta definición de manera técnica, participativa y coordinada, Guasca podrá gestionar su territorio rural de forma más eficiente y equitativa, protegiendo sus recursos y potenciando el bienestar de sus comunidades.

jueves, 17 de julio de 2025

No Se Completan Las Vacantes Del CTP GUASCA | ¿ Que Hacer ?

 

LINK DECRETO

"7. Socializar 
e
Informar
la Gestión Del
Consejo Territorial De Planeación
en la Localidad o Sector Que Represente
y Canalizar
la Participación Respectiva."







11. ¿Está GALARZA En "Campaña Electoral"? ¡ Claro Que NÓ !!! | ¿ En Que Estamos ?


14. Renovación en el CTP Guasca | ¡ Una Gran Oportunidad Para Trabajar Por El Municipio, Por Fin !!!


7. ¿ Puede Un Consejero CTP, Ser Candidato A La Alcaldia o Al Concejo Muncipal ?

El CTP Guasca




Red Social: Consejeros CTPs De Colombia





13. ¿ Como Cambiar los SECTORES de Un CTP ?





19. El Populismo Ambiental | Una Introducción

ACTUALIZACIONES:

1.

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Introducción

En el corazón de cada municipio, donde las decisiones moldean el futuro de nuestras comunidades, existen pilares fundamentales que buscan dar voz a cada ciudadano. Uno de estos pilares es el Consejo Territorial de Planeación (CTP). No son funcionarios públicos, sino ciudadanos como tú y yo que, con voluntad y compromiso, deciden dedicar su tiempo y esfuerzo a una labor crucial: la consulta y el seguimiento de los Planes de Desarrollo y su Plan de Ordenamiento Territorial.

Imaginen por un momento una mesa en la que se diseñan los sueños y las necesidades de un pueblo. Para que esa mesa sea fuerte y representativa, necesita todas sus sillas ocupadas, con personas de diversos sectores que aporten sus perspectivas y vivencias. La Constitución de 1991 y leyes clave establecen la obligatoriedad de estos espacios, reconociéndolos como foros esenciales para la discusión y el control social de las políticas públicas. Los consejeros son designados para periodos de ocho años, con renovaciones parciales cada cuatro. Sin embargo, la vida misma puede generar vacantes: renuncias, cambios de residencia o, simplemente, el fin de un ciclo.

Un Desafio

Y aquí es donde a veces nos encontramos con un desafío. Pensemos en el caso de Guasca, Cundinamarca. Diez de los trece consejeros originales del CTP renunciaron, y a pesar de realizar múltiples convocatorias, el llamado no ha sido respondido por completo. La administración municipal ha cumplido con su responsabilidad de motivar y realizar convocatorias amplias y transparentes, solicitando ternas de candidatos a organizaciones y sectores. Pero cuando el eco de esas llamadas se pierde, y los asientos permanecen vacíos, ¿qué camino se debe tomar para no detener el pulso del desarrollo local?

Un Nuevo Consejero es Elegido

Ayer, la buena noticia llegó con la designación de un consejero para el sector laboral, un paso adelante en este complejo proceso. Sin embargo, este avance nos recuerda que aún quedan tres asientos importantes por ocupar. Específicamente, se busca un representante para el sector ambiental, otro para el sector cooperativo, y aún hace falta un segundo consejero para el sector laboral. 

Es Vital fortalecer la Motivación

La administración tiene la obligación legal de proveer el apoyo administrativo y logístico indispensable para que el CTP funcione, incluyendo recursos financieros, físicos, tecnológicos y humanos, ya que estos consejos no manejan recursos propios. Es vital fortalecer la motivación, enfatizando que, aunque es un rol ad honorem, su capacidad para influir en la política pública es inmensa. Esto implica no solo anuncios, sino eventos informativos y talleres en las diferentes zonas del municipio para explicar el rol y su impacto. La capacitación continua y el acceso a información veraz y actualizada sobre el Plan de Desarrollo y el Esquema de Ordenamiento Territorial  son tambien cruciales para que los consejeros se mantengan efectivos.

¿La Planeación se Detiene ?

Aun con estos esfuerzos, la realidad puede ser persistente. ¿Significa esto que la planeación se detiene? La respuesta es un rotundo no. Un CTP puede iniciar y continuar sus funciones, incluso si no todas sus vacantes han sido suplidas, siempre y cuando se cumplan las reglas de quórum. Esto significa que, si hay suficientes miembros presentes para deliberar y tomar decisiones (al menos una tercera parte, 5 Consejeros para deliberar y la mitad más uno para decidir, 7 Consejeros), este vital órgano consultivo puede seguir adelante con sus responsabilidades legales.

La ley contempla que, si tras reiteradas convocatorias la comunidad no envía las ternas, el alcalde o gobernador tiene la facultad de designar a la persona que considere más idónea para integrar el consejo. Además, el propio CTP puede invitar a sesiones, con derecho a voz, a personas o subsectores pertinentes que, por diversas razones, no hayan podido presentar candidatos.

La historia de la planeación participativa es un relato de compromiso y resiliencia. No es solo cuestión de llenar casillas, sino de garantizar que la voz de la comunidad, en la medida de lo posible, resuene en cada decisión que moldea el futuro. El camino a seguir, con los miembros presentes y el constante esfuerzo por involucrar a quienes aún no se han sumado, es el que asegura que nuestro municipio no se detenga en la construcción de su destino. La tarea es de todos.

Entrada Destacada de los Ultimos Dias

¿Bajo qué circunstancia se puede iniciar la revisión de los planes de ordenamiento territorial?

LINK DEL CONCEPTO                                                                        "E l Consejo Territorial de Planeación Municip...

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