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ACTUALIZACIONES:
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El ordenamiento territorial en Colombia, regido principalmente por la Ley 388 de 1997 y reglamentado por decretos como el Decreto 1077 de 2015 (modificado por el Decreto 1232 de 2020), es un proceso dinámico que requiere ajustes periódicos para adaptarse a las realidades cambiantes de los municipios y distritos.
Si bien a veces se habla popularmente de una "revisión extraordinaria", es importante entender cómo la legislación define y regula los distintos tipos de revisión y modificación de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) y otros instrumentos relacionados.
El término específico "Revisión Extraordinaria" no se utiliza textualmente como un tipo o clase definida de revisión en el Decreto 1077 de 2015 o la Ley 388 de 199712. Sin embargo, sí existe la figura de una revisión o modificación que se inicia "De manera excepcional" o "en cualquier momento" por iniciativa del alcalde, justificada por circunstancias específicas.
Profundicemos en los tipos de revisiones y modificaciones, con un enfoque especial en los POT:
1. Revisión General del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) por Vencimiento de Vigencia de Largo Plazo.
Este es un proceso de revisión exhaustiva que ocurre cuando se cumple el plazo de vigencia de largo plazo establecido en el POT original. El proyecto de revisión debe incluir todos los documentos requeridos para la elaboración de un POT nuevo, adicionalmente debe estar acompañado por el documento de seguimiento y evaluación del plan vigente.
2. Revisión ("Ordinaria") del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) por Vencimiento de las Vigencias de Corto y Mediano Plazo o Modificación Excepcional de Norma Urbanística.
Esta categoría abarca dos situaciones distintas pero con un procedimiento documental similar:
La revisión de los contenidos de corto y mediano plazo cuando su vigencia específica vence.
La modificación excepcional de alguna o algunas normas urbanísticas (estructurales o generales) del POT.
Esta modificación excepcional puede ser iniciada por el alcalde en cualquier momento si se justifica y se soporta con estudios técnicos. Su propósito es asegurar la consecución de los objetivos y estrategias territoriales a largo y mediano plazo.
Es crucial entender que estas modificaciones no pueden alterar los objetivos y estrategias de largo y mediano plazo ni ampliar los términos de vigencia del POT o sus contenidos.
El proyecto de revisión o modificación se adelanta respetando la estructura del Documento Técnico de Soporte (DTS) y debe ir acompañado de documentos como el de seguimiento y evaluación, insumos técnicos de soporte, memoria justificativa y el proyecto de acuerdo.
3. Revisión Excepcional del Plan o Alguno de Sus Contenidos (Iniciada en Cualquier Momento).
Aquí es donde encontramos el concepto de una revisión que, aunque no se llama formalmente "extraordinaria", se inicia de manera excepcional por fuera de los vencimientos periódicos.
El alcalde municipal o distrital puede iniciar este proceso en cualquier momento si se justifica en dos circunstancias específicas:
- La declaratoria de desastre o calamidad pública.
- Los resultados de estudios técnicos detallados sobre amenazas, vulnerabilidad y riesgos que justifiquen la recalificación de áreas de riesgo no mitigable o el establecimiento de otras restricciones.◦
Una particularidad documental de estas revisiones excepcionales es que, a diferencia de las revisiones por vencimiento de vigencia o la modificación excepcional de normas urbanísticas, no requieren el documento de seguimiento y evaluación. Sin embargo, sí deben presentar los otros documentos listados para la revisión por vencimiento de vigencias cortas/medianas o modificación excepcional de norma urbanística (insumos técnicos, memoria justificativa, proyecto de acuerdo).
Proceso General de Trámite para Revisiones y Modificaciones del POT
Independientemente del tipo, los proyectos de revisión o modificación del POT deben someterse a los mismos trámites de concertación, consulta y aprobación que se previeron para la adopción del plan original, según lo establecido en los artículos 24 y 25 de la Ley 388 de 19973. Esto incluye instancias como las autoridades ambientales, la junta metropolitana (si aplica), el Consejo Territorial de Planeación y el Concejo Municipal o Distrital.
Otros Procesos de Revisión y Modificación en el Sector
También se mencionan procesos de revisión y modificación en otras áreas reguladas por el Decreto 1077 de 2015 y la Ley 388 de 1997, como:
- Modificaciones y revalidaciones de licencias urbanísticas: Procedimientos para alterar una licencia vigente o extender su término.
- Reconocimiento de edificaciones existentes: Implica un peritaje técnico y puede requerir obras de reforzamiento estructural.
- Legalización urbanística: Proceso que incluye la evaluación técnica y jurídica de asentamientos informales y la aprobación de planos y reglamentación urbanística.
- Modificación de Macroproyectos y PIDU: Ajustes a proyectos de gran escala ya adoptados, siguiendo procedimientos específicos para las fases afectadas.
- Revisión de la estimación de plusvalía: Permite a propietarios solicitar una revisión del cálculo del efecto plusvalía.
- Verificación y revisión de información en subsidios de vivienda: Procesos para validar los datos de los postulantes y beneficiarios.
- Revisión y modificación de planes y esquemas tarifarios en servicios públicos: Ajustes a los planes de gestión, tarifas y condiciones de prestación en servicios como acueducto, alcantarillado y aseo.
En conclusión: ¿Cual Será La Revisión Que se le va a Realizar al EOT GUASCA?
En conclusión, si bien el término "Revisión Extraordinaria" no es una clasificación formal, la legislación colombiana, particularmente en lo referente al ordenamiento territorial, sí contempla la posibilidad de revisiones y modificaciones iniciadas de manera excepcional bajo circunstancias específicas, además de las revisiones periódicas programadas. Estos mecanismos buscan dar flexibilidad a la planificación territorial para responder a eventos inesperados o a la necesidad de ajustar normas puntuales con base en estudios técnicos.