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| LINK DEL DERECHO DE PETICION |
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Introducción
Hoy, lunes 28 de septiembre de 2026, radicaré ante el Presidente del Concejo Municipal de Guasca un derecho de petición sobre el contrato CM-CD-03 de 2026...una capacitación para concejales y Secretaría General por $48.000.000, cuyos estudios previos establecen que «uno de los lugares de capacitación será la ciudad de San Andrés Isla», con desplazamiento, alojamiento y alimentación «a todo costo».
Lo comparto con la comunidad por una razón sencilla... la información pública es de todos, y lo que el Concejo responda debe conocerlo cualquier guasqueño, no solo quien preguntó.
¿Qué pregunté?
Son 17 solicitudes, agrupadas en cinco bloques:
- La ejecución del contrato. Cronograma y sede de cada una de las seis jornadas; listas de asistencia; si viajaron personas distintas a concejales y secretaria; y, sobre San Andrés, fechas, agenda académica, capacitadores, la entidad con la que se hizo el «intercambio de experiencias exitosas» y las facturas de tiquetes, hotel y alimentación.
- La etapa precontractual. La invitación, la propuesta del contratista, los soportes de su experiencia y, sobre todo, la justificación de por qué San Andrés y por qué esos gastos se consideraron «estrictamente necesarios».
- La plata. La póliza que debía respaldar el anticipo de $24.000.000 y los comprobantes de los pagos hechos.
- Los antecedentes. Dónde se ejecutaron los contratos de capacitación de 2022, 2023 y 2024, y copia de un segundo contrato suscrito en agosto con la misma empresa.
- La rendición de cuentas. Si los concejales presentarán en sesión pública un informe de lo que aprendieron en San Andrés, y cuándo.
¿Qué no es este derecho de petición?
No es una acusación. Los estudios previos citan conceptos del Consejo de Estado que permiten cubrir el desplazamiento y el alojamiento de concejales en capacitación, siempre que se limite a lo estrictamente necesario. Si se cumplió ese estándar lo determinarán, si es el caso, la Procuraduría y la Contraloría.
Es una pregunta. Y en una democracia, preguntar no es un acto de hostilidad... es la forma más básica de control ciudadano.
¿Qué sigue?
- Plazo: la Ley 1755 de 2015 da diez días hábiles para responder peticiones de documentos. Descontando el festivo del 12 de octubre, el Concejo tiene hasta el martes 13 de octubre de 2026.
- Publicación: publicaré aquí la respuesta completa, sea cual sea.
- Si no hay respuesta: el derecho de petición es un derecho fundamental. Si el plazo vence en silencio, acudiré a la acción de tutela, que existe precisamente para eso.
¿Cómo puede acompañar la comunidad?
- Presentando sus propias preguntas. Cualquier ciudadano puede radicar un derecho de petición. No necesita abogado ni pagar nada. Si quiere usar este como modelo, escríbame.
- Asistiendo o siguiendo las sesiones del Concejo y preguntando por el informe de la capacitación.
- Compartiendo esta entrada. Un Concejo que sabe que la comunidad está atenta responde más rápido.
Conclusión
Diecisiete (17) preguntas no son un escándalo. Son el mínimo que un ciudadano puede pedir cuando $48 millones del presupuesto público incluyen una isla en el itinerario. Si todo se hizo bien, la respuesta será fácil de dar y el Concejo saldrá fortalecido. Si no, la comunidad tendrá la información para exigir lo que corresponda.
Nos vemos el 13 de octubre. Con o sin respuesta, aquí lo contaré.








