lunes, 28 de septiembre de 2026

DERECHO DE PETICIÓN AL CONCEJO DE GUASCA | 17 Preguntas Sobre la Capacitación en San Andrés

 

LINK DEL DERECHO DE PETICION

«Toda persona tiene derecho 
a presentar peticiones respetuosas a 
las autoridades por motivos de interés general
 o particular y a obtener pronta resolución.»
Constitución Política de Colombia, artículo 23

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DERECHO DE PETICIÓN AL CONCEJO DE GUASCA
17 preguntas sobre la capacitación en San Andrés

Introducción

Hoy, lunes 28 de septiembre de 2026, radicaré ante el Presidente del Concejo Municipal de Guasca un derecho de petición sobre el contrato CM-CD-03 de 2026...una capacitación para concejales y Secretaría General por $48.000.000, cuyos estudios previos establecen que «uno de los lugares de capacitación será la ciudad de San Andrés Isla», con desplazamiento, alojamiento y alimentación «a todo costo».

Lo comparto con la comunidad por una razón sencilla... la información pública es de todos, y lo que el Concejo responda debe conocerlo cualquier guasqueño, no solo quien preguntó.

¿Qué pregunté?

Son 17 solicitudes, agrupadas en cinco bloques:

  1. La ejecución del contrato. Cronograma y sede de cada una de las seis jornadas; listas de asistencia; si viajaron personas distintas a concejales y secretaria; y, sobre San Andrés, fechas, agenda académica, capacitadores, la entidad con la que se hizo el «intercambio de experiencias exitosas» y las facturas de tiquetes, hotel y alimentación.
  2. La etapa precontractual. La invitación, la propuesta del contratista, los soportes de su experiencia y, sobre todo, la justificación de por qué San Andrés y por qué esos gastos se consideraron «estrictamente necesarios».
  3. La plata. La póliza que debía respaldar el anticipo de $24.000.000 y los comprobantes de los pagos hechos.
  4. Los antecedentes. Dónde se ejecutaron los contratos de capacitación de 2022, 2023 y 2024, y copia de un segundo contrato suscrito en agosto con la misma empresa.
  5. La rendición de cuentas. Si los concejales presentarán en sesión pública un informe de lo que aprendieron en San Andrés, y cuándo.

¿Qué no es este derecho de petición?

No es una acusación. Los estudios previos citan conceptos del Consejo de Estado que permiten cubrir el desplazamiento y el alojamiento de concejales en capacitación, siempre que se limite a lo estrictamente necesario. Si se cumplió ese estándar lo determinarán, si es el caso, la Procuraduría y la Contraloría.

Es una pregunta. Y en una democracia, preguntar no es un acto de hostilidad... es la forma más básica de control ciudadano.

¿Qué sigue?

  • Plazo: la Ley 1755 de 2015 da diez días hábiles para responder peticiones de documentos. Descontando el festivo del 12 de octubre, el Concejo tiene hasta el martes 13 de octubre de 2026.
  • Publicación: publicaré aquí la respuesta completa, sea cual sea.
  • Si no hay respuesta: el derecho de petición es un derecho fundamental. Si el plazo vence en silencio, acudiré a la acción de tutela, que existe precisamente para eso.

¿Cómo puede acompañar la comunidad?

  • Presentando sus propias preguntas. Cualquier ciudadano puede radicar un derecho de petición. No necesita abogado ni pagar nada. Si quiere usar este como modelo, escríbame.
  • Asistiendo o siguiendo las sesiones del Concejo y preguntando por el informe de la capacitación.
  • Compartiendo esta entrada. Un Concejo que sabe que la comunidad está atenta responde más rápido.

Conclusión

Diecisiete (17) preguntas no son un escándalo. Son el mínimo que un ciudadano puede pedir cuando $48 millones del presupuesto público incluyen una isla en el itinerario. Si todo se hizo bien, la respuesta será fácil de dar y el Concejo saldrá fortalecido. Si no, la comunidad tendrá la información para exigir lo que corresponda.

Nos vemos el 13 de octubre. Con o sin respuesta, aquí lo contaré.

domingo, 27 de septiembre de 2026

RECTIFICACIÓN | El viaje a San Andrés NO Era Privado, y La Crítica No Era Envidia Colectiva

 

«La función administrativa
 está al servicio de los intereses generales
 y se desarrolla con fundamento en los principios de:
 Igualdad, 
Moralidad,
 Eficacia, 
Economía,
 Celeridad, 
Imparcialidad
 y Publicidad…»
Constitución Política de Colombia, artículo 209
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RECTIFICACIÓN
El viaje a San Andrés No Era Privado, y La Crítica No Era Envidia Colectiva

Introducción

El 27 de agosto publiqué en este blog la entrada «El viaje a San Andrés | Entre el derecho al descanso y el látigo de la envidia colectiva». En ella defendí que los concejales —de Guasca o de cualquier municipio— podían viajar a San Andrés con sus propios recursos, y califiqué a quienes los criticaban de actuar movidos por la envidia.

Partí de un supuesto que no verifiqué... que el viaje se pagaba con los honorarios de cada concejal. Los documentos del proceso contractual del propio Concejo Municipal muestran que ese supuesto era falso. Esta entrada corrige lo que escribí.

Lo que dije y por qué estuvo mal

Mi argumento tenía dos partes. La primera —que un concejal puede gastar sus honorarios como quiera— sigue siendo cierta. La segunda —que quien criticaba el viaje lo hacía por envidia— fue un error de fondo. Atribuí malas intenciones a ciudadanos que estaban ejerciendo control social sobre el uso de recursos públicos. Eso es exactamente lo que un consejero territorial de planeación debe defender, no descalificar. A ellos les debo una disculpa pública, y aquí la dejo.

Debo corregir algo más. El 10 de septiembre publiqué una sátira sobre las capacitaciones convertidas en paseos, con la aclaración de que «no estamos hablando de los Concejales de Guasca». Esa aclaración no era exacta... la escribí cuando ya sabía que el asunto tocaba a nuestro Concejo. Prefiero decirlo ahora de forma directa.

Lo que dicen los documentos

  • Contrato: CM-CD-03 de 2026, por contratación directa, entre el Concejo Municipal de Guasca y la empresa ADCV SAS.
  • Valor: $48.000.000, con un anticipo del 50% ($24.000.000).
  • Objeto: talleres de capacitación para los concejales y la Secretaría General.
  • Vigencia: firmado el 23 de julio de 2026, con inicio el 27 de julio y terminación el 23 de noviembre de 2026.
  • Obligación del contratista: suministrar a los participantes «almuerzo, refrigerios, alojamiento, y desplazamientos».

Y en los estudios previos, numeral 6.12, punto 4, se lee textualmente:

«Las partes acuerdan como uno de los lugares de capacitación será la ciudad de San Andrés Isla. Los recursos que hacen parte del Contrato permitirán el desplazamiento, alojamiento, alimentación de los participantes y la realización de los talleres de capacitación a todo costo.»

Es decir... San Andrés estaba previsto desde la planeación del contrato, y los costos del viaje se cubren con recursos públicos del Concejo, no con los honorarios de nadie.

¿Es legal? | Una Pregunta Que No Me Corresponde Cerrar

Los estudios previos se apoyan en dos conceptos del Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil (908 de 1996 y 908A de 1997). Según lo citan esos mismos estudios, los concejales tienen derecho a capacitación, y el presupuesto puede cubrir su desplazamiento, alojamiento y manutención cuando la capacitación se realiza fuera del municipio, siempre que esos gastos se limiten a los «estrictamente necesarios».

Por eso no afirmo que haya un delito. Pero tampoco puedo afirmar lo contrario. Si era estrictamente necesario viajar a San Andrés para recibir talleres de técnica legislativa, gestión documental o contratación estatal es precisamente lo que deben verificar la Procuraduría y la Contraloría. Los estudios previos no explican por qué ese destino, ni con qué concejo o entidad se haría el «intercambio de experiencias exitosas» que mencionan.

De paso, corrijo una afirmación de mi sátira del 10 de septiembre... dije que el municipio no puede pagar pasajes ni gastos de viaje a los concejales. Según esa doctrina del Consejo de Estado, en el marco de una capacitación sí puede, con el límite de lo estrictamente necesario.

Lo Que Sí Me Corresponde Juzgar | Los valores

Lo legal y lo correcto no siempre coinciden. El propio Reglamento Interno del Concejo de Guasca (Acuerdo 09 de 2020) fija estándares que van más allá de lo que un juez pueda sancionar:

  • Artículo 13: las actuaciones de los concejales deben sujetarse a los principios del artículo 209 de la Constitución, entre ellos la moralidad, la economía y la publicidad.
  • Artículo 44, deberes: «abstenerse de invocar su condición de concejal para la obtención de algún provecho personal indebido»; «utilizar adecuadamente los bienes y recursos asignados para el desempeño de su función»; y «ejercer sus funciones consultando permanentemente los intereses del bien común».

Con ese reglamento en la mano, las preguntas son sencillas:

  • Economía: ¿qué justifica recibir en una isla, con tiquetes y hotel, talleres que pueden dictarse en el recinto del Concejo, como de hecho se dictaron otros del mismo contrato?
  • Bien común: ¿qué recibe la comunidad de Guasca de ese componente del contrato?
  • Publicidad: ¿por qué la ciudadanía se enteró del viaje por las redes sociales y no por el propio Concejo?
  • Oportunidad: ¿era el momento, cuando el país atendía a los damnificados del sismo del 10 de agosto?

Lo que el Concejo debería responder

  1. Quiénes viajaron, en qué fechas, y si viajaron personas distintas a los concejales y la Secretaria General.
  2. Cuál fue la agenda académica en San Andrés, quiénes fueron los capacitadores y cuál la entidad con la que se hizo el «intercambio de experiencias».
  3. Cuánto costó el componente de San Andrés (tiquetes, hotel y alimentación) frente al costo de los talleres.
  4. Qué resultados concretos deja para Guasca. El reglamento exige a las comisiones accidentales que se desplazan fuera del municipio presentar a la plenaria un informe escrito de su gestión (artículo 95). Lo mínimo es que los concejales rindan un informe equivalente, en sesión pública.

Conclusión

Me equivoqué al llamar Envidia Colectiva a lo que era vigilancia ciudadana. Quien pregunta por el destino de los recursos públicos no está castigando el descanso ajeno... está haciendo lo que la Constitución espera de un ciudadano. A quienes preguntaron, gracias.

La legalidad del viaje la determinarán los entes de control. Lo que no necesita un juez es la pregunta por los valores... si un concejal que debe «consultar permanentemente los intereses del bien común» puede explicarle a su comunidad por qué su capacitación tenía que ser en San Andrés. Presentaré un derecho de petición al Concejo y remitiré los documentos a los entes de control. Las respuestas las publicaré aquí.

El «siempre se ha hecho así»

 solo se rompe cuando alguien pregunta.

sábado, 26 de septiembre de 2026

¿Qué es y cómo funciona el Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica? | La voz ciudadana en tus servicios públicos

 


¿Qué es y cómo funciona el Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica? 
La voz ciudadana en tus servicios públicos

Introducción

Cuando recibimos la factura de agua, luz o gas, solemos fijarnos en el valor total a pagar y en el número de estrato que aparece en la esquina del recibo. Sin embargo, muy pocas personas conocen el órgano local encargado de vigilar que esa clasificación sea justa y objetiva: el Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica (CPE).

En este artículo te explicamos de manera sencilla qué es este comité, cómo se conforma y por qué es una herramienta fundamental para defender los derechos de los usuarios de servicios públicos.


1. ¿Qué es el Comité Permanente de Estratificación?

El Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica es un órgano municipal de carácter asesor, consultivo, de veeduría y apoyo técnico a la alcaldía. Fue institucionalizado en Colombia por la Ley 142 de 1994 y reglamentado por leyes posteriores como la Ley 732 de 2002.

Su propósito central es velar por la correcta aplicación de las metodologías nacionales que definen la clasificación socioeconómica de las viviendas residenciales, garantizando que el cobro de tarifas diferenciales, contribuciones y subsidios se realice con transparencia y equidad.


2. ¿Quiénes integran el Comité? Un esquema plural y participativo

Para asegurar un equilibrio transparente entre las instituciones, las empresas prestadoras de servicios y la ciudadanía, el Comité cuenta con una estructura tripartita:

  • Representantes de la comunidad: Usuarios residenciales elegidos mediante convocatoria pública realizada por la Personería Municipal para vocería de las zonas urbana y rural.
  • Representantes de las empresas prestadoras: Delegados de las empresas comercializadoras de servicios públicos domiciliarios que operan en el municipio (acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas).
  • Participantes de control y acompañamiento (voz sin voto): El Personero Municipal (o su delegado) velando por el debido proceso, un Vocal de Control en representación de los comités de desarrollo y control social, y la Secretaría Técnica ejercida por la Secretaría de Planeación Municipal.

3. Funciones clave: ¿De qué se encarga el Comité?

Entre las principales tareas que realiza esta instancia destacan:

  1. Veeduría metodológica: Asegurar que la alcaldía aplique correctamente las metodologías oficiales expedidas por el DANE.
  2. Concepto previo: Analizar y emitir un concepto técnico sobre los estudios de estratificación antes de que el alcalde los adopte oficialmente por decreto.
  3. Segunda instancia en reclamos: Resolver los recursos de apelación de los ciudadanos que consideran que su vivienda fue ubicada en un estrato equivocado.
  4. Seguimiento tarifario: Observar que las empresas prestadoras apliquen exactamente en sus facturas los estratos oficiales aprobados por el municipio.

4. ¿Cómo te protege como usuario? El recurso de apelación

Si consideras que el estrato asignado a tu vivienda no corresponde con las características físicas del inmueble o su entorno, puedes solicitar una revisión ante la Alcaldía (Oficina de Planeación) en primera instancia.

Si la respuesta de la Alcaldía no es favorable y te mantiene el estrato con el que no estás de acuerdo, puedes interponer el Recurso de Apelación. Allí es donde entra el Comité Permanente de Estratificación como segunda y definitiva instancia administrativa. El Comité analiza el caso, realiza visitas técnicas de campo e inspecciones a la vivienda y dispone de un plazo legal de dos (2) meses para tomar una decisión final. Si el fallo favorece al usuario, las empresas están obligadas a ajustar la tarifa y reajustar los cobros aplicados.


5. Un espacio clave para la participación ciudadana

En conclusión, el Comité Permanente de Estratificación es un contrapeso democrático que evita que la clasificación tarifaria quede al arbitrio exclusivo del gobierno local o de las empresas privadas. Representa una garantía gratuita y directa para que los ciudadanos velen por la equidad en el cobro de sus servicios públicos domiciliarios.

viernes, 25 de septiembre de 2026

Sumercé, la Tabla la Mandó Usted | O de Cómo una división se volvió Técnicamente imprecisa el día en que dejó de Convenir.

 

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Sumercé, la tabla la mandó usted
O de cómo una división se volvió técnicamente imprecisa el día en que dejó de convenir.

Introducción

Esta es la tercera ronda de una conversación que empezó con el Secretario de Gobierno diciendo que Guasca, con sus 43 empleados de planta, está en desventaja frente a municipios similares que operarían con entre 100 y 150. Revisé las cifras en El milagro matemático de Guasca. Un amigo que conoce bien la Alcaldía por dentro me respondió, y le contesté en Réplica a un amigo. Luego el mismo amigo me envió una tabla, y la analicé en La tabla que prueba demasiado.

Hoy llegó su respuesta a esa última entrada. La reproduzco completa:

«En primera instancia, el título del artículo busca enfocar el debate en una comparación entre municipios. Sin embargo, la discusión de fondo sobre La Administración de Guasca no depende de cómo reporten Chocontá, Simijaca o las demás entidades, sino de la realidad técnica, legal e institucional de nuestro propio municipio... El análisis expuesto deja de lado el principio de competencia administrativa y especialidad funcional: Proponer que 3.360 PQRSD se dividan aritméticamente entre los 41 funcionarios es técnicamente impreciso. Es fundamental aclarar que las funciones legales no son intercambiables: una Comisaria(o) de Familia no puede tramitar licencias de construcción, ni un profesional de la Secretaría de Hacienda está facultado para dictar medidas de protección a menores de edad. Por lo anterior, cada dependencia responde de manera exclusiva por las solicitudes de su área de competencia legal, asumiendo la responsabilidad disciplinaria, fiscal y penal que exige cada acto administrativo.»

Confieso | Yo Dividí

Lo admito sin rodeos. Tomé la tabla que me enviaron y le agregué una columna... PQRSD por servidor. En Guasca, 3.360 entre 41 da unas 82. Culpable.

Ahora, para que la historia quede completa, repasemos qué traía la tabla antes de que yo le pusiera la mano. Traía siete municipios... Chocontá, Simijaca, Suesca, Villapinzón, Puerto Salgar, Guachetá y Guasca. Traía, para cada uno, el número de servidores. Y traía, para cada uno, el número de PQRSD del semestre. Venía acompañada de la idea de que la discusión no es cuántos empleados hay, sino cuánta carga de trabajo asumen.

Es decir... me enviaron un numerador, un denominador y la instrucción de pensar en carga de trabajo. Yo hice la división. Es como si alguien me pasara la cuenta del restaurante con el número de comensales y luego se indignara porque calculé cuánto le toca a cada uno.

Chocontá y Simijaca llegaron solos

La respuesta objeta que el título de mi entrada «busca enfocar el debate en una comparación entre municipios», y aclara que la realidad de Guasca «no depende de cómo reporten Chocontá, Simijaca o las demás entidades».

Totalmente de acuerdo. Por eso me sorprendió que esos municipios aparecieran en la tabla que me mandaron. Yo no los invité. Llegaron en el adjunto.

Y no es la primera vez. Repasemos la secuencia completa de la posición de mi amigo sobre las comparaciones entre municipios:

Hace unos días: comparar a Guasca con otros municipios de sexta categoría «no es técnicamente adecuado», porque Guasca es más compleja.

Después: aquí tiene una tabla comparando a Guasca con otros seis municipios.

Hoy: la discusión de fondo no depende de cómo reporten los otros municipios.

La regla parece ser la siguiente... comparar está mal cuando los datos de otros municipios dicen que Guasca tiene suficientes funcionarios, está bien cuando sirven para decir que tiene demasiado trabajo, y vuelve a estar mal cuando alguien les hace una división. Es una metodología flexible. Mucho.

Bienvenido al Club

Aquí viene lo mejor. Mi amigo sostiene que dividir 3.360 entre 41 es técnicamente impreciso, porque las funciones no son intercambiables y cada dependencia atiende lo suyo.

¿Y qué concluí yo en La tabla que prueba demasiado? Que la tabla no mide carga de trabajo, sino costumbres de registro. Que 23 peticiones en un semestre en Chocontá frente a 3.360 en Guasca no hablan de municipios con trabajo radicalmente distinto, sino de municipios que cuentan cosas distintas bajo la misma sigla. Que la columna que agregué no demostraba la necesidad de más planta...demostraba que la tabla no servía para demostrarla.

O sea que mi amigo, después de refutarme, llegó exactamente a mi conclusión. Le doy la bienvenida. Solo le pido que asuma la consecuencia completa, porque no se puede tener las dos cosas...si la división no mide carga, la tabla tampoco. Y si la tabla no mide carga, no sirve como argumento para ampliar la planta. Lo que es impreciso para mi columna es igual de impreciso para su tabla. La aritmética no cambia de valor según quién la haga.

Y ya que estamos, una curiosidad. Si alguien sí se tomara la división en serio, 82 PQRSD por funcionario en un semestre dan menos de una por día hábil. No lo digo para concluir nada, porque ya acordamos que la tabla no mide carga. Lo digo porque la tabla era suya.

La competencia funcional llega a mi conclusión

El argumento de la especialidad funcional es correcto. La Comisaría de Familia no expide licencias de construcción. Hacienda no dicta medidas de protección a menores. Nadie lo discute.

Pero fíjese adónde lleva. Si cada dependencia responde en exclusiva por las solicitudes de su competencia, entonces la única forma seria de saber si falta personal es medir la carga dependencia por dependencia... cuántas solicitudes recibe cada una, qué tan complejas son, cuánto tardan en resolverse y cuántos funcionarios las atienden. Eso tiene un nombre y aparece en los lineamientos de la Función Pública...estudio técnico de cargas de trabajo.

Es lo mismo que pedí en la conclusión de mi entrada anterior. Mi amigo, con la Comisaría de Familia de ejemplo, acaba de explicar muy bien por qué ese estudio es indispensable. Solo falta que alguien lo publique.

La responsabilidad penal no responde peticiones

El cierre de la respuesta recuerda que cada funcionario asume responsabilidad disciplinaria, fiscal y penal por sus actos. Cierto, y sin relación con la pregunta. Esa responsabilidad existe con tres peticiones o con tres mil. Da solemnidad al texto, pero no dice cuántas solicitudes recibe cada dependencia ni si las responde a tiempo.

Y sobre la competencia exclusiva como garantía de eficiencia, tengo un ejemplo fresco. La reparación del ascensor del Palacio Municipal era competencia de una sola dependencia. Nadie más podía hacerla. Aun así, entre la respuesta que me dieron en mayo diciendo que las gestiones se adelantaban y el primer documento del trámite pasaron sesenta y ocho ( 68 ) días, y el ascensor tardó ocho meses en volver a funcionar. La especialidad funcional dice quién debe responder. No garantiza que responda.

Tres preguntas sobre nuestra propia realidad

Como mi amigo insiste, con razón, en que lo importante es la realidad técnica, legal e institucional de Guasca, propongo tres preguntas sobre esa realidad. Ninguna requiere mirar a Chocontá:

¿Cuántas de las 3.360 PQRSD del semestre recibió cada dependencia? Si cada una responde por lo suyo, el dato existe.

¿Cuántas se respondieron dentro de los quince días hábiles que fija la Ley 1755 de 2015? Por dependencia, no en total.

¿Existe el estudio técnico de cargas de trabajo que justificaría ampliar la planta, y dónde se puede consultar? Si existe, basta con el enlace.

Con esas tres respuestas dejo de dividir. Prometido.

Conclusión

La respuesta de mi amigo es jurídicamente correcta y argumentalmente suicida. Objeta una comparación entre municipios que trajo él mismo. Objeta una división cuyos dos términos venían en su propia tabla. Y para demostrar que mi columna no mide carga de trabajo, termina demostrando que su tabla tampoco, que era exactamente lo que yo había escrito.

Al final, todos los caminos de esta conversación llevan al mismo lugar... no hay forma de saber si Guasca necesita más funcionarios sin un estudio técnico de cargas, dependencia por dependencia, publicado para que cualquiera lo revise. Mientras ese estudio no aparezca, cada tabla que se envíe de noche con saludo de sumercé incluido va a terminar igual que esta... probando demasiado.

Agradezco sinceramente la conversación. Pocas veces alguien de adentro se toma el trabajo de discutir con datos. Pero los datos tienen esa costumbre incómoda... una vez que se envían, cualquiera puede dividirlos.

jueves, 24 de septiembre de 2026

La tabla que prueba demasiado O de cómo 23 peticiones en Chocontá se volvieron argumento para CONTRATAR PLANTA en Guasca

 


La tabla que prueba demasiado
O de cómo 23 peticiones en Chocontá se volvieron argumento para contratar en Guasca

Introducción

La entrada anterior, El milagro matemático de Guasca, tuvo réplica. Llegó de noche, con saludo de "sumercé" incluido, de un amigo que conoce bien la Alcaldía por dentro. Y hay que empezar por reconocerle lo que tiene de razón:

"La discusión no es cuántos empleados hay frente a otros municipios, sino cuánta carga de trabajo asumen realmente."

De acuerdo. Tan de acuerdo, que la entrada anterior terminaba pidiendo exactamente eso: un estudio de cargas. El problema no es la tesis. El problema es la prueba que la acompaña: una tabla de PQRSD (peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias) que, como veremos, prueba demasiado.

1. Chocontá, el paraíso sin quejas

Esta es la tabla que nos enviaron, con una columna que agregamos nosotros:

Municipio Población Servidores PQRSD semestre PQRSD por servidor
Chocontá 21.836 45 23 0,5
Simijaca 14.289 43 145 3,4
Suesca 19.171 36 172 (2025) 4,8
Villapinzón 18.129 43 182 4,2
Puerto Salgar 19.067* 86 766 8,9
Guachetá 14.716 42 1.628 38,8
Guasca 17.529 41 3.360 82,0

PQRSD y periodos: tabla enviada por el lector, sin fuente. Tausa: no reporta información. *La población de Puerto Salgar según el DNP es 15.771.

Detengámonos en Chocontá. Un municipio de 21.836 habitantes, más grande que Guasca, que en seis meses recibió 23 PQRSD. Una cada cinco días hábiles. Ni una queja por un hueco, ni un reclamo por el agua, ni un derecho de petición de un vecino bravo. O Chocontá es la Suiza del altiplano, o allá se cuenta distinto.

Guasca, en cambio, recibió 3.360. Es decir, 146 veces más que un municipio de su mismo tamaño y de su misma tipología en el DNP. Si la tabla fuera comparable, habría que concluir que los guasqueños somos los ciudadanos más quejumbrosos de Colombia, o que en Guasca pasa algo muy grave. Ninguna de las dos cosas parece cierta.

La explicación más probable es más aburrida: cada alcaldía cuenta cosas distintas. Una registra como PQRSD todo lo que entra por ventanilla (correspondencia, trámites, solicitudes de rutina). Otra solo cuenta los derechos de petición formales. Otra, sencillamente, no registra. A eso se suma que los periodos no coinciden (Suesca reporta 2025, Simijaca no dice el año), que Tausa no reporta nada y que ninguna cifra trae fuente.

La tabla no mide carga de trabajo. Mide costumbres de registro.

2. Supongamos que todo es cierto

Seamos generosos y aceptemos las 3.360 PQRSD de Guasca sin discutir. Entre enero y junio hay unos 119 días hábiles. Eso da 28 PQRSD por día. Repartidas entre 41 servidores, son menos de una por servidor al día.

Claro, no todos los funcionarios atienden PQRSD; se concentran en algunas dependencias. Pero entonces el argumento es para reorganizar esas dependencias o automatizar la atención, no para triplicar toda la planta. Nadie contrata un contador, un ingeniero y un comisario de familia porque haya mucha correspondencia en la ventanilla.

Y aquí hay que ser honestos: si las cifras fueran comparables, el argumento de nuestro amigo tendría fuerza. Guasca tendría 82 PQRSD por servidor en el semestre, frente a 9 de Puerto Salgar. Eso sí sería un indicador serio de sobrecarga. Por eso no vale la pena descartar la idea. Vale la pena medirla bien.

3. Una queja no es trabajo: es síntoma

Hay otro detalle que la tabla omite. La "Q" y la "R" de PQRSD son quejas y reclamos. Si una buena parte de esas 3.360 son ciudadanos inconformes con el servicio, el número no demuestra que falte gente: demuestra que algo no está funcionando.

Presentar las quejas como prueba de que se necesitan más funcionarios es como si un restaurante dijera: "Nos llegaron tantos reclamos por la comida fría que necesitamos más meseros para recibir los reclamos". Tal vez convenga, primero, revisar la cocina.

Sin el desglose por tipo (peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias), el total no dice casi nada.

4. Lo que el DNP no dijo

La réplica cerraba con una afirmación ambiciosa: que el propio DNP, a través de la Medición de Desempeño Municipal, "está diagnosticando" que la planta de Guasca se quedó corta.

El DNP no dijo eso. La Medición de Desempeño Municipal evalúa la gestión (cuánto recurso propio moviliza el municipio, cuánto ejecuta de la inversión, cómo ordena el territorio, qué tan abierto y transparente es) y los resultados (educación, salud, servicios públicos, seguridad). Hasta donde conocemos la metodología, no incluye el número de funcionarios ni el volumen de PQRSD.

Que Guasca tenga un desempeño de 69,5, por debajo de varios de sus pares, es cierto y es mejorable. Pero el indicador no dice por qué. Atribuirlo a la falta de personal es una interpretación, no un diagnóstico del DNP. Y los datos de sus pares la contradicen: entre los 341 municipios comparables, el tamaño de la planta y el desempeño no tienen relación (correlación de 0,07). Tausa, con 22 servidores, obtuvo 75,7.

5. Si hay algo que la máquina hace bien, son las PQRSD

La ironía más fina está en el propio mensaje: recuerda, con toda razón, que el estudio de cargas debe "incorporar automatización". Pues bien: pocas tareas de una alcaldía se prestan tanto para automatizar como las PQRSD. Radicar, clasificar, asignar a la dependencia correcta, vigilar los plazos y redactar las respuestas de rutina es exactamente el tipo de trabajo que hoy hacen bien los sistemas digitales y la inteligencia artificial.

Si Guasca de verdad recibe 3.360 PQRSD por semestre, esa no es la mejor razón para contratar más gente. Es la mejor razón para invertir en tecnología.

6. Donde sí estamos de acuerdo

La réplica termina donde debería empezar toda la discusión: la metodología oficial exige un Estudio Técnico de Cargas de Trabajo, bajo los lineamientos de la Función Pública, que identifique las necesidades reales, incorpore la automatización y respete la Ley 617. Suscribimos cada palabra.

Por eso la pregunta es sencilla: ¿ese estudio existe?

  • Si existe, que se publique, con el desglose de PQRSD por tipo y por dependencia, los tiempos de respuesta, las cargas por cargo y el costo proyectado frente al indicador de la Ley 617.
  • Si no existe, entonces la cifra de 100 a 150 cargos que se ha mencionado no tiene soporte técnico, y ninguna tabla de WhatsApp lo reemplaza.

Conclusión

A nuestro amigo hay que agradecerle dos cosas: el tono y la tesis. Tiene razón en que lo que importa es la carga de trabajo y no el número de empleados. Pero una tabla en la que Chocontá recibe 23 peticiones en seis meses y Guasca 3.360 no mide la carga de nadie: mide cómo cuenta cada alcaldía. Aun tomándola al pie de la letra, da menos de una PQRSD por servidor al día, y buena parte de lo que muestra se resolvería mejor con tecnología que con nómina.

La discusión, entonces, tiene una salida en la que todos podemos estar de acuerdo...que se haga y se publique el estudio técnico de cargas. Si demuestra que Guasca necesita más gente, lo diremos aquí mismo. Mientras tanto, la carga de la prueba la tiene quien propone crecer.

miércoles, 23 de septiembre de 2026

Cómo se repara un ascensor en Guasca | Un derecho de petición, una TUTELA y una impugnación

 

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Cómo se Repara Un Ascensor en Guasca
Un derecho de petición, una tutela y una impugnación

El ascensor del Palacio Municipal volvió a funcionar el 23 de septiembre de 2026. Estuvo parado desde febrero. Esta es la crónica de lo que costó.

2:50 de la tarde

Pasé por la Alcaldía y vi el ascensor prendido. Mi primera reacción fue de fe ciudadana: «vé, ya cumplieron». La segunda fue de veedor: «no creo tanta belleza, voy a ensayarlo».

Oprimí el botón de subir. El tablero mostraba el ascensor en el tercer piso, quieto. Esperé cinco minutos. Nada. Subí por las escaleras a ver qué pasaba allá arriba y ahí estaba la respuesta...la puerta del tercer piso había quedado abierta, y con esa puerta abierta el ascensor no funciona en ningún piso.

Llamé al encargado de los equipos mecánicos. Su respuesta fue entusiasta: «el ascensor ya está bien, acaba de irse el técnico». Le dije que no, que había quedado mal. No me creyó. Le propuse algo revolucionario en materia de control de calidad... que bajara al segundo piso y tratara de subir. Lo hizo. Me dio la razón.

Llamaron otra vez al técnico. Regresó, revisó, comprobó que en efecto no servía, destapó el equipo, hizo lo que tenía que hacer, y el ascensor funcionó. Me quedé probándolo varias veces, porque la fe es linda pero la verificación es mejor. Ahora sí sube.

La pregunta que me quedó dando vueltas no es «qué bueno que ya sirve». Es esta: ¿y si no paso yo a las 2:50? El técnico ya se había ido. El encargado ya lo daba por entregado. El ascensor habría quedado registrado como reparado y averiado al mismo tiempo, que es una proeza administrativa difícil de igualar.

La cronología, que es el verdadero chiste

Para entender por qué un ciudadano termina haciendo las pruebas de recibo de un contrato municipal, hay que mirar las fechas. Todas salen de documentos oficiales, casi todos aportados por la propia Alcaldía ante un juez.

Febrero de 2026. El ascensor se daña. Sin aviso, sin cartel, sin plan.

En este lapso de tiempo fuí varias veces a preguntarle al Secretario de Gobierno: "¿Que pasa con el ascensor?". "Estamos en las gestiones para su arreglo, Usted entiende todos los tramites que hay que hacer, pero eso ya esta en la Secretaria de Infraestructura". Iba a Infraestructura, "Aqui no han traido los documentos necesarios para dar inicio". Y asi fueron varias veces de aqui para allá y de allá para aca. Le estaban tomando el pelo al adulto mayor discapacitado que se habia tomado prestada la voz de los discapacitados de Guasca. Ante esto...

19 de mayo. Radico un derecho de petición verbal ante la Personería. Tres preguntas: qué pasó, cuándo lo arreglan, qué hacen mientras tanto.

28 de mayo. La Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia Ciudadana responde que «actualmente se adelantan las gestiones administrativas contractuales necesarias» y que el cronograma se definirá «una vez se cuente la adjudicación contractual».

Se supone que el tramite se estaba adelantando los meses de mayo, junio y julio, pero NO.

4, 5 y 6 de agosto. Aparecen los primeros papeles del trámite: la solicitud de disponibilidad presupuestal, la certificación del almacén y el certificado de disponibilidad presupuestal. Tres documentos en tres días.

Deténgase aquí conmigo. Las gestiones que «actualmente se adelantaban» el 28 de mayo dejaron su primera huella documental el 4 de agosto. Sesenta y ocho días después. No voy a decir que me tomaron del pelo. Voy a poner las dos fechas una al lado de la otra y me retiro lentamente.

24 de agosto. Presento acción de tutela.

25 de agosto. Me niegan la medida provisional.

26 de agosto. El Concejo me cita como veedor de salud, al recinto del segundo piso. Subo las escaleras a pulso y coloco la problematica ante el Concejo Municipal.

8 de septiembre. El fallo de primera instancia niega el amparo, entre otras razones porque la Alcaldía sostuvo que existía una alternativa de atención en el primer piso. Alternativa que  que no tiene aviso, ni ventanilla, ni funcionario asignado, ni acto administrativo que la cree.

10 de septiembre. Impugno. Es trasladado el proceso a Gacheta.

23 de septiembre. El ascensor funciona.

No afirmo que una cosa causó la otra. Solo observo que el trámite que llevaba seis meses inmóvil se puso en marcha en agosto, y que el equipo quedó funcionando trece días después de radicada la impugnación. Es una coincidencia con un sentido del tiempo notable.

El nuevo manual de gestión pública

De todo esto se desprende un procedimiento que ofrezco gratis a cualquier vecino que necesite mover un trámite en el municipio.

Insumos requeridos para ejecutar un contrato de $2.885.750... un derecho de petición, una acción de tutela, una impugnación de fallo, ocho meses de espera y un ciudadano dispuesto a oprimir el botón y discutir con el encargado.

Tiempo real de trabajo de la administración, una vez decidió actuar... tres días de papeleo en agosto y una visita técnica en septiembre.

Resulta difícil sostener que el problema era la complejidad del proceso contractual. Un trámite que se surte en tres días no tarda seis meses por razones técnicas. Tarda seis meses porque nadie lo empuja. Y cuando el ciudadano es el único empujando, lo que falla no es el ascensor... es el sistema de prioridades de la administración.

Lo que sigue sin arreglarse

Celebro que el ascensor funcione. No celebro cómo llegamos hasta aquí, y hay tres cosas que siguen exactamente igual que en febrero.

No hay verificación. Lo de hoy lo demuestra... la intervención se dio por terminada sin que nadie probara el equipo. Un acta de recibo a satisfacción debería exigir prueba funcional documentada. Aquí la hizo un ciudadano de 66 años, por su cuenta, y tuvo que insistir dos veces para que le creyeran.

No hay plan para la próxima vez. Los ascensores se vuelven a dañar. No existe protocolo de contingencia, ni mantenimiento preventivo contratado con cronograma, ni un responsable identificado de reportar la falla el mismo día.

No existe la atención alternativa. La Alcaldía le dijo a un juez que hay atención accesible en el primer piso. En el primer piso no hay aviso, ni punto habilitado, ni funcionario asignado. Y aunque lo hubiera, sigue sin resolver el punto más obvio... el Concejo Municipal sesiona en el segundo piso, con once(11) concejales y su secretaría, y ningún ciudadano puede pedirles que bajen al segundo piso para ejercer su derecho a intervenir.

Por eso la impugnación sigue en pie. Que el ascensor suba hoy no significa que el derecho esté garantizado mañana.

Conclusión

Durante ocho meses, las personas con discapacidad, los adultos mayores y quien llegara en silla de ruedas al Palacio Municipal de Guasca no tuvieron cómo llegar al Despacho del Alcalde, a la Personería, a la Inspección de Policía, a la Oficina de Contratación ni al recinto del Concejo. Hoy ya pueden. Eso es una buena noticia y hay que decirlo.

Pero que un ciudadano haya tenido que presentar tres escritos ante tres instancias, subir una escalera a pulso y quedarse oprimiendo el botón para comprobar el trabajo de un técnico, no es participación ciudadana. Es suplencia. Es el ciudadano haciendo el control de calidad que la administración no hizo.

Doy gracias a DIOS, por ser tan intenso. Pero un municipio no puede depender de que a alguien le dé por ser intenso.

Sembrando el Futuro | La Hoja de Ruta para la Transformación Rural y Agroindustrial de Guasca por Jorge Eduardo Rodriguez

 


Sembrando el Futuro
 La Hoja de Ruta para la Transformación Rural y Agroindustrial de Guasca

Por un campo productivo, sostenible y con oportunidades reales para las nuevas generaciones.

El campo colombiano se encuentra en un momento de definición crucial. A solo 55 kilómetros de Bogotá, el municipio de Guasca (Cundinamarca) —con una extensión de 346 km² donde más del 95% es territorio rural— alberga una de las reservas hídricas y ambientales más valiosas de la región, así como una profunda tradición agropecuaria. Sin embargo, el territorio enfrenta desafíos estructurales que amenazan la sostenibilidad de su economía familiar y comunitaria.

Para responder a este panorama, se estructuró la Política Pública de Desarrollo Rural Sostenible y Competitividad Territorial (2024–2027 con proyección a 2040). Más que un documento institucional, este plan constituye un compromiso estratégico entre la administración local, los gremios y las comunidades campesinas para revitalizar el campo.


Diagnóstico | Los 6 cuellos de botella del territorio

Un desarrollo efectivo requiere comprender la realidad del suelo y de sus habitantes. El diagnóstico participativo de esta política identificó seis(6) problemáticas centrales que urgían intervención:

  1. Ventas sin transformación local: Productos insignia como la leche, la papa y las fresas salen del municipio como materia prima sin procesar, dejando el valor agregado en manos de externos.
  2. Éxodo y envejecimiento rural: Entre 60 y 80 jóvenes migran cada año a la ciudad. Con una edad promedio de los productores que supera los 52 años, el relevo generacional es una urgencia prioritaria.
  3. Brechas de infraestructura y tecnología: Únicamente el 8% del área cultivada cuenta con riego tecnificado y un 69% de los hogares rurales no dispone de acceso a internet, limitando la adopción de tecnologías modernas.
  4. Intermediación en la comercialización: La falta de circuitos directos de venta provoca que el productor reciba solo entre el 30% y el 35% del precio final de sus productos.
  5. Débil asociatividad: El trabajo individual predomina sobre la organización gremial, restando capacidad de negociación y escala.
  6. Presión sobre el agua y el páramo: Un 23,7% del territorio presenta conflicto de uso del suelo, lo que pone en riesgo fuentes hídricas estratégicas y ecosistemas de páramo.

La Estrategia | Seis( 6 ) Lineamientos para el Cambio

Para transformar estas vulnerabilidades en oportunidades de crecimiento, la política pública articula seis ejes de acción interconectados:

  • 1. Competitividad Productiva y Agroindustria: Impulsa la creación de una Zona Agroindustrial Rural en el corredor vial para acopio y procesamiento local (quesos madurados, derivados lácteos y certificación de arándanos/berries para mercados de exportación en EE. UU. y Europa).
  • 2. Sostenibilidad del Agua y el Páramo: Guasca abastece más del 70% del sistema hídrico de Bogotá. Se promueve la ganadería silvopastoril y el esquema de Pago por Servicios Ambientales (PSA), garantizando incentivos económicos directos a las familias que conservan áreas de bosque y páramo.
  • 3. Infraestructura y Conectividad Digital: Mantenimiento de vías terciarias, instalación de sistemas de riego por goteo o aspersión, cuartos fríos para la conservación de cosechas y conectividad a internet en las 22 veredas del municipio.
  • 4. Asociatividad y Circuitos Cortos de Comercialización: Implementación de la plataforma digital Guavio Origin, mercados campesinos permanentes y el cumplimiento de la Ley de Compras Públicas Locales para abastecer a colegios y programas sociales con producción local.
  • 5. Innovación, Educación y Relevo Generacional: Creación de la Academia Rural del Guavio y el programa "Jóvenes Guardabosques Productores", capacitando a la juventud en agronegocios, manejo de drones y técnicas de producción limpia con ingresos sostenibles.
  • 6. Ordenamiento Territorial Sostenible: Actualización de la zonificación ambiental y productiva para delimitar la protección estricta en las zonas altas de páramo, la ganadería sostenible en laderas y la agricultura intensiva tecnificada en los valles.

Escenarios al 2035 | El impacto de actuar hoy

Las proyecciones hacia la próxima década demuestran la efectividad de una intervención planificada:

  • Más productores vinculados: Se estima pasar de 1.800 a más de 2.550 productores activos (+38%).
  • Reducción de la migración juvenil: Alternativas de emprendimiento tecnológico que reducen a la mitad la partida de jóvenes.
  • Crecimiento exportador: Proyección de superar los 10 millones de dólares anuales en exportación de frutos rojos.
  • Conservación activa: Más de 100 predios con esquema de Pago por Servicios Ambientales activos y protegidos.

Conclusión

La Política Pública de Desarrollo Rural de Guasca demuestra que la conservación ambiental y el desarrollo económico no son objetivos opuestos, sino complementarios. Transformar la materia prima en origen, dotar al campo de infraestructura moderna y ofrecer un proyecto de vida rentable a los jóvenes son los cimientos para construir un territorio equitativo, competitivo y sostenible.

martes, 22 de septiembre de 2026

El Milagro Matemático de Guasca - Segunda Versión | Cuando 43 empleos de Planta se sienten como "tan solo"

 

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El milagro matemático de Guasca | Segunda Versión
Cuando 43 empleos de planta se sienten como "tan solo"

Introducción

Si a usted la plata no le alcanza a fin de mes, consuélese... no está solo. En la Alcaldía de Guasca comparten su dolor. O al menos eso sugiere el Secretario de Gobierno, autor de una frase que merece marco dorado en la sección de ficción administrativa:

"Guasca cuenta actualmente con tan solo 43 empleados de planta, una cifra significativamente menor frente a otros municipios de categorías similares que operan con entre 100 y 150 funcionarios."

Guarde los pañuelos y saque la calculadora. Esa frase no resiste el contacto con los datos públicos. No es una exageración ni una imprecisión... es FALSA. Y se puede demostrar municipio por municipio.

1. Los Pares de Guasca | Ni Uno Solo con 100 funcionarios

Para comparar a Guasca con "municipios similares" no hace falta adivinar cuáles son. El Departamento Nacional de Planeación ya los identificó. Sus tipologías de entidades territoriales para 2026 agrupan a los municipios según su capacidad fiscal, su capacidad institucional, las distancias y la densidad de población. Guasca quedó en la Tipología 3. Si a eso le sumamos la misma categoría fiscal, la sexta, Guasca tiene 341 pares en todo el país con datos de planta disponibles.

Contamos los servidores de cada una de esas alcaldías en el SIGEP II de la Función Pública , con corte a junio de 2026. Este es el resultado:

  • Entre los 120 pares con una población parecida a la de Guasca (de 12.000 a 25.000 habitantes), ninguno tiene 100 funcionarios. Ni uno. El más grande, Puerto Salgar, tiene 86.
  • Entre los 341 pares, solo dos pasan de 100: Nilo, con 107 servidores y 11.030 habitantes, y Sahagún, con 131 servidores y 118.572 habitantes, casi siete veces la población de Guasca.
  • La mediana de los 341 pares es de 19 servidores. Solo 21 de ellos tienen 50 o más.

Y en la vecindad, donde cualquier guasqueño puede verificarlo con una llamada, estos son los compañeros de Guasca en la Tipología 3 de Cundinamarca con población similar:

Municipio Población 2024 Servidores alcaldía
Chocontá 21.836 45
Simijaca 14.289 43
Villapinzón 18.129 43
Guachetá 14.716 42
Guasca 17.529 41
Suesca 19.171 36

Guasca no está por debajo de sus pares. Está en el promedio exacto de sus vecinos. Los "municipios similares con 100 a 150 funcionarios" no existen. No en Cundinamarca, no en el grupo de tamaño de Guasca, y en todo el país apenas son dos casos atípicos que no se parecen a Guasca.

2. ¿"Tan solo" 43? Bienvenido al 10% superior

El SIGEP registra 41 servidores en la Alcaldía de Guasca. La diferencia con los 43 que menciona el Secretario corresponde, presumiblemente, a cargos creados que no están ocupados. Con 41 o con 43, la conclusión es la misma. Así se reparten las 887 alcaldías de sexta categoría del país según su número de servidores:

  • Hasta 10 servidores: 20,2%
  • De 11 a 20: 38,3%
  • De 21 a 30: 19,3%
  • De 31 a 40: 11,5%
  • De 41 a 50: 5,2% (aquí está Guasca)
  • De 51 a 90: 5,2%
  • 91 o más: 0,3%

Casi seis de cada diez funcionan con 20 servidores o menos. Solo el 10,7% tiene 41 o más. Guasca no está en la cola de la fila... está en el décimo superior. En Boyacá, Sativasur funciona con 9 servidores y Busbanzá con 7. Al lado de ellos, la Alcaldía de Guasca parece un ministerio.

3. "Pero es que Guasca es distinta"

Ya lo escuchamos venir... la extensión del territorio, la complejidad del recaudo, la dinámica socioeconómica. Justamente eso es lo que mide la tipología del DNP, y por eso los pares de Guasca son los que son. La complejidad ya está en la cuenta.

Hay un dato más que debería interesarle a quien crea que más nómina es mejor gobierno. Entre los 341 pares, la relación entre el tamaño de la planta y la Medición de Desempeño Municipal del DNP es prácticamente nula (correlación de 0,07). Puerto Salgar tiene 86 servidores y un desempeño de 83,9. Tausa tiene 22 servidores y un desempeño de 75,7. Guasca, con 41, obtuvo 69,5. El tamaño no es el secreto.

4. A contramano de la era de la inteligencia artificial

Mientras en Guasca se discute cómo triplicar la nómina, el país va en la dirección opuesta. El 18 de septiembre, el presidente Abelardo De La Espriella anunció que David Vélez, fundador de Nubank, será su principal asesor ad honorem , es decir, sin sueldo, para liderar la adopción de la inteligencia artificial en el Estado. Según el anuncio , la propuesta persigue cuatro objetivos:

  • Un Estado más pequeño y ágil, que reduzca costos de operación y elimine burocracia innecesaria.
  • Una educación transformada con herramientas tecnológicas avanzadas.
  • Políticas sociales precisas, usando datos para que los subsidios lleguen a quien los necesita.
  • Un país nativo en IA: el primero de América Latina con la inteligencia artificial como eje de su administración pública.

El proyecto todavía debe formularse y presentarse, y habrá que ver qué tanto se cumple. Pero la dirección es clara, y no es solo colombiana... en todo el mundo, la pregunta que se hacen los gobiernos ya no es cuántas personas más necesitan, sino qué tareas pueden automatizar para que las personas que ya tienen hagan lo que ninguna máquina hace.

Buena parte del trabajo de una alcaldía pequeña es exactamente el que mejor se presta para eso... radicar y responder solicitudes, liquidar impuestos, expedir certificados, consolidar informes para los entes de control, contestar peticiones repetitivas. Un municipio que hoy invirtiera en digitalizar esos procesos podría atender más y mejor con la planta que ya tiene.

En Barranquilla hablan de un Estado nativo en inteligencia artificial. En Guasca, la propuesta parece ser un Estado nativo en nómina.

5. La calculadora | No es quiebra, es algo más sutil

La Ley 617 de 2000 fija que un municipio de sexta categoría no puede gastar en funcionamiento más del 80% de sus ingresos corrientes de libre destinación (ICLD). Según las cifras certificadas por la Contraloría y usadas por la Contaduría General para la categorización de 2025, Guasca tuvo ICLD por $9.392 millones y gastos de funcionamiento por $3.131 millones... un indicador del 33%. Hay que ser justos... con la nómina actual, la Administración cumple la ley holgadamente.

Pero hagamos el ejercicio que propone el Secretario. El salario promedio en la Alcaldía es de $1,72 millones mensuales; con prestaciones y aportes, cada cargo cuesta del orden de $35 millones al año. Pasar de 43 a 150 cargos son 107 empleos nuevos... alrededor de $3.750 millones anuales.

  • El indicador de la Ley 617 pasaría de 33% a cerca de 73%, a siete puntos del tope legal.
  • Cerca de 4 de cada 10 pesos de libre destinación que hoy pueden ir a vías, acueductos rurales o programas sociales pasarían a pagar nómina, todos los años.
  • Y eso con el salario promedio actual. Si los nuevos cargos fueran profesionales, la cuenta se acercaría al tope o lo superaría.

La Ley 617 no prohíbe crecer. Lo que no permite es hacer como si crecer fuera gratis.

Conclusión

 ¡ La afirmación del Secretario de Gobierno es falsa !. Los municipios similares a Guasca no tienen entre 100 y 150 funcionarios. Entre los 120 pares de su tamaño no hay ninguno que llegue a 100; sus vecinos de condiciones parecidas tienen entre 36 y 45, igual que Guasca; y la mediana de sus pares en el país es de 19. Guasca no sufre escasez burocrática... tiene una planta más grande que nueve de cada diez municipios de su categoría.

La discusión que vale la pena no es cuántas personas faltan, sino qué producen las que ya están, cuáles tareas podrían hacerse mejor con tecnología y cuánto le costaría a Guasca, en obras e inversión que dejarían de hacerse, cada cargo nuevo. El país empezó a hablar de un Estado más pequeño e inteligente. Guasca no debería quedarse discutiendo cómo hacerlo más grande.

Instrucciones Para Subir Al Segundo Piso De La Alcaldía de Guasca | Si Usted No Puede Subir Escaleras

 


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Instrucciones Para Subir Al Segundo Piso De La Alcaldía 
 Si Usted No Puede Subir Escaleras

 Introducción

Bienvenido. Si usted es persona con discapacidad, adulto mayor, o llega en silla de ruedas al Palacio Municipal de Guasca, este manual es para usted. Allá arriba, en el segundo piso, lo esperan el Despacho del Alcalde, la Personería, la Inspección de Policía, la Oficina de Contratación y el recinto del Concejo Municipal. Todo lo que importa, pues. Abajo lo espera una escalera. Y un ascensor que, desde febrero de 2026, cumple funciones estrictamente decorativas.

Siga los pasos. Yo ya los recorrí todos. Le ahorro el trabajo.

1. Espere a Que el Ascensor se Dañe

Este paso ya está cumplido. Ocurrió hacia febrero. No hubo aviso, ni plan, ni cartel. El edificio siguió funcionando con normalidad para quienes suben escaleras, que es la forma elegante de decir que para los demás dejó de funcionar.

2. Pregunte Con Respeto

El 19 de mayo radiqué un derecho de petición verbal ante la Personería Municipal. Pregunté tres cosas sencillas... por qué se dañó, cuándo lo arreglan y qué van a hacer mientras tanto. Un detalle que no quiero que se pierda... la Personería, la oficina a la que uno acude cuando le vulneran sus derechos, funciona en el segundo piso. La puerta para quejarse de la barrera está detrás de la barrera.

3. Reciba la respuesta y tradúzcala

El 28 de mayo la Secretaría de Gobierno contestó. Que el ascensor «presentó fallas técnicas». Que «actualmente se adelantan las gestiones administrativas contractuales necesarias». Que una vez hubiera adjudicación contractual «se establecerá el cronograma de intervención».

Traducción al español de Guasca... no sabemos qué tiene, no sabemos cuándo, y cuando sepamos, le contamos cuándo vamos a saber.

4. Espere Sesenta y Ocho( 68 ) días a que empiecen las gestiones que ya se estaban adelantando

Aquí viene lo bonito. Los documentos que la propia Alcaldía presentó después ante un juez muestran que el primer papel del trámite, la solicitud de disponibilidad presupuestal, se firmó el 4 de agosto. El 5 salió la certificación de almacén. El 6, el certificado de disponibilidad presupuestal.

Tres días. Cuando la administración decide moverse, se mueve en tres días. Lo que tardó fueron los meses anteriores, que es justamente cuando, según la respuesta de mayo, las gestiones «se adelantaban».

5. Lea el objeto del contrato con lupa

El certificado es por $2.885.750 y su objeto es el «mantenimiento rutinario y preventivo del ascensor». Preventivo. De un ascensor que llevaba seis ( 6 ) meses parado. Es como cambiarle el aceite al carro que tiene el motor fundido.

Puede que el nombre esté mal puesto y el contrato sí incluya la reparación. Puede que no. Nadie lo ha aclarado por escrito, y esa es precisamente la pregunta.

6. Acuda al juez

El 24 de agosto presenté una acción de tutela. Pedí, entre otras cosas, una medida provisional... que mientras se decidía, se habilitara la atención en el primer piso. Fue negada al día siguiente.

7. Acepte la invitación del Concejo

El Concejo Municipal publica con esmero su calendario de sesiones. Al pie dice: «¡TU VOZ CUENTA! Tu participación es fundamental». Y justo al lado: «Recinto del Concejo Municipal, Calle 4 No. 3-48, Segundo Piso».

Entre mayo y agosto quise asistir a nueve sesiones sobre planeación, contratación, alumbrado público, juntas comunales y salud. No pude asistir a ninguna. El 26 de agosto me citaron formalmente como veedor de salud. Esa vez subí. Con esfuerzo y con riesgo, pero subí.

Su voz cuenta, dice el afiche. Llegar hasta donde la escuchan ya corre por su cuenta.

8. Descubra que usted tenía una alternativa y no lo sabía

En su defensa ante el juez, la Alcaldía afirmó que existe una alternativa...los funcionarios bajan a atender en el primer piso a quien lo necesite. El 8 de septiembre el fallo de primera instancia negó la tutela apoyándose en esa alternativa.

Yo no la he visto. No hay aviso, no hay ventanilla, no hay funcionario asignado, no hay acto administrativo que la cree. Existe, eso sí, en el expediente. Y aun si existiera en el edificio... pídale usted al Concejo en pleno, con sus once ( 11 ) concejales y su secretaría, que baje a sesionar a la portería para escuchar a un ciudadano.

9. Impugne y siga

El 10 de septiembre impugné el fallo. El asunto está ahora en manos del juez de segunda instancia, a quien le corresponde decidir, y respetaré lo que decida. Lo que no voy a hacer es subir cada escalón en silencio.

Lo que este manual demuestra

Nada de lo anterior es una tragedia personal. Es una radiografía de cómo están funcionando los procesos en la administración municipal.

Las respuestas describen gestiones que todavía no habían empezado. Según los propios documentos oficiales, cuando se le dijo al ciudadano que el trámite avanzaba, el trámite no existía. Una respuesta así no informa; tranquiliza, que es otra cosa.

Un trámite pequeño se quedó quieto medio año. Menos de tres millones de pesos, resueltos en tres días cuando alguien los empujó. El problema no es el procedimiento; es que durante seis meses nadie lo empujó.

Las medidas provisionales existen en los oficios, no en el primer piso. Una medida que el ciudadano no puede ver, pedir ni exigir no es una medida. Es un párrafo.

Nadie mide el costo del lado de quien no puede subir. Cada semana de demora es una diligencia que no se hizo, una queja que no se radicó, una sesión del Concejo sin la voz de quien más la necesita.

Y no, esto no es solo mío. En Guasca hay personas en silla de ruedas, adultos mayores, personas con movilidad reducida, madres con coche de bebé, que necesitan llegar a esas mismas oficinas. Un ascensor no se repara para una sola persona... cuando funciona, funciona para todos. Por eso lo peleo.

Conclusión

El ascensor del Palacio Municipal lleva siete ( 7 ) meses sin subir a nadie. En ese tiempo la administración ha producido un oficio de respuesta, tres documentos presupuestales, un escrito de defensa y una medida provisional de papel. Lo único que no ha producido es un ascensor funcionando.

Cuando un ciudadano tiene que radicar una petición, una tutela y una impugnación, y subir a pulso una escalera, para que el Estado haga lo que la ley ya le ordena, el que está fallando no es el ascensor. Es el proceso.

Mientras tanto, si usted necesita algo del segundo piso... lleve paciencia, lleve copia de sus derechos y, si puede, lleve a alguien que lo ayude a subir. La Alcaldía, por lo visto, no va a bajar.

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