lunes, 14 de septiembre de 2026

El Peaje de Sopó a Juicio | El Derecho de Petición y el Camino del Control Social

 

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El Peaje de Sopó a Juicio
El Derecho de Petición  y el Camino del Control Social

Introducción


La crisis de la Perimetral de Oriente de Cundinamarca (POB) sumó un nuevo capítulo de movilización ciudadana. A través del video, el ciudadano y líder local Gustavo Sánchez hizo pública la radicación de un Derecho de Petición ante las autoridades nacionales de transporte. La acción busca respuestas claras ante la paradoja que viven los habitantes de Sopó... seguir pagando una tarifa plena de peaje por un proyecto vial de Cuarta Generación (4G) que colapsó, se liquidó anticipadamente y jamás se entregó completo.

1. ¿Qué exige el Derecho de Petición en Sopó?

El reclamo ciudadano nace de un contrato de concesión firmado en 2014 que prometía una infraestructura de alta capacidad para conectar el norte de la Sabana con la Vía al Llano. No obstante, tras el fallo del Tribunal Arbitral Internacional que ordenó la terminación anticipada del contrato y la reversión de la vía al Estado en junio de 2026, el megaproyecto se cerró con un avance físico de apenas el 43,22%, quedando las Unidades Funcionales 4 y 5 en un 0% de ejecución.

Frente a este escenario, la petición radicada por Gustavo Sánchez exige formalmente a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), al Ministerio de Transporte y al Invías:

  • Transparencia en los laudos arbitrales: Copia integral y pormenorizada del fallo del tribunal arbitral internacional del CIRD que liquidó la concesión.
  • Cuentas claras del recaudo: El informe oficial de la cifra total acumulada en la estación de peaje de Sopó desde el inicio de la concesión.
  • Estado real de las obras: La certificación técnica del avance físico frente a lo pactado originalmente en 2014.
  • Sustento jurídico del cobro: La justificación legal para que el Invías continúe cobrando la tarifa plena de referencia de $12.900 COP (Categoría I) en un peaje cuya obra justificadora fracasó.

2. Análisis del Camino | El Derecho de Petición como Herramienta de Veeduría

La vía elegida por la comunidad de Sopó no es casual ni improvisada; constituye un paso estratégico en el marco del derecho administrativo y el control social en Colombia.

A. Construcción del acervo probatorio (La base de la acción)

El Derecho de Petición (amparado en el Artículo 23 de la Constitución Política) es la puerta de entrada indispensable. Antes de instaurar demandas judiciales complejas, la comunidad necesita fijar la postura oficial del Estado y obtener documentos que hoy son reservados o de difícil acceso. Al exigir las cifras exactas de recaudo y el avance real de las obras, la veeduría ciudadana construye la evidencia documental para demostrar la desproporción entre la tarifa cobrada y el servicio vial efectivamente prestado.

B. La colisión entre dos posturas legítimas

El análisis de esta petición pone de presente una marcada tensión institucional y social:

  • La postura ciudadana: Para los habitantes y productores de Sopó, pagar un peaje de autopista 4G por una calzada convencional con deterioro en la carpeta asfáltica vulnera la equidad fiscal y representa una carga económica desproporcionada para la movilidad y los negocios locales.
  • La postura estatal: El Invías y el Ministerio de Transporte argumentan que, por norma legal, los ingresos por peajes son insustituibles para financiar el mantenimiento, la señalización y la atención de emergencias o derrumbes en los tramos operacionales. Dado que el Presupuesto General de la Nación no cuenta con fondos para subsidiar corredores revertidos, el cobro se torna obligatorio para la entidad.

C. El precedente de La Calera y el horizonte jurídico

El camino iniciado con este derecho de petición sigue los pasos del litigio que transformó el peaje de Los Patios. En ese caso, la persistencia comunitaria desencadenó una Acción Popular en la que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la vulneración de derechos colectivos, derivando en la exoneración total del peaje por un año para los residentes de La Calera mediante la Resolución 3257 de 2026 de Invías.

Para el caso de Sopó, la respuesta al derecho de petición obligará a las autoridades a tomar una de dos rutas:

  1. La concertación institucional: Acelerar la apertura de las mesas de trabajo comunitarias ordenadas por las autoridades judiciales para acordar tarifas diferenciales o esquemas de beneficio a residentes.
  2. El litigio judicial: Servir de prueba reina para interponer una Acción Popular por vulneración a los derechos colectivos al espacio público y la seguridad vial.

Conclusión

El derecho de petición impulsado por Gustavo Sánchez demuestra que la veeduría ciudadana es el mecanismo idóneo para exigir cuentas cuando los modelos de infraestructura colapsan. Frente a megaproyectos inconclusos que dejan deudas multimillonarias para la Nación, la ciudadanía no solo tiene el derecho, sino el deber de exigir explicaciones sobre el destino de los peajes que paga a diario en el territorio.

LOS COLMOS DE UN VEEDOR | Para Reir En Serio

 

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LOS COLMOS DE UN VEEDOR
Veintiún maneras de explicar, riéndose, qué le pasa a una persona 
el día que decide vigilar el municipio donde tiene que seguir viviendo.

Aviso previo. Escribo a título estrictamente personal. No represento aquí a ninguna veeduría ni comprometo posición institucional alguna. No me refiero a personas determinadas ni atribuyo responsabilidades a nadie. Lo hago constar porque es exactamente uno de los deberes de los que me voy a burlar más abajo.

Uno cree que ser veedor es un asunto de valentía. 

No lo es. Es, sobre todo, un asunto de aguante social.

La Ley 850 de 2003 le dedica cuatro artículos al veedor como persona...el 18 fija sus impedimentos, el 19 sus prohibiciones, el 23 sus derechos y el 24 sus deberes. Leídos en frío parecen trámite. Leídos en un municipio de veredas, donde uno se encuentra en la plaza con todo el mundo, son otra cosa...son la descripción precisa de una vida incómoda.

Lo explico con el género literario más eficiente que ha producido este país.

PRIMERA PARTE: LOS COLMOS DE TODOS LOS DÍAS

  1. El colmo de un veedor es que lo primero que le pidan no sea coraje sino la prueba de que no es nada... ni contratista, ni proveedor, ni interventor, ni servidor público, ni pariente de ninguno de ellos. Empezar la vida pública jurando por lo que uno no es.

  2. El colmo es que en un municipio donde todos terminamos siendo primos de alguien, el impedimento más difícil de cumplir sea el del parentesco. Aquí el cuarto grado de consanguinidad no es una categoría jurídica... es la lista de invitados a un matrimonio.

  3. El colmo es que le esté prohibido recibir un peso por lo que hace, y que la pregunta que más veces le van a formular en dos años sea... «¿y a usted cuánto le están pagando por eso?».

  4. El colmo es que la ley le prohíba obtener provecho de su condición de veedor, y que el único provecho real que obtenga sea una lista lentamente creciente de personas que dejaron de saludarlo.

  5. El colmo es tener que saludar el domingo, en la plaza o en misa, al funcionario a quien el jueves le radicó un derecho de petición. Y tener que saludarlo bien. Y de primero.

  6. El colmo es no poder aceptar un almuerzo. No porque el almuerzo importe, sino porque en un pueblo el almuerzo nunca es solo un almuerzo, y eso lo sabe perfectamente quien invita.

  7. El colmo es que le lleven quejas por los perros sueltos, la basura, el hueco de la vía y el vecino de la música a todo volumen —y que su competencia sea la política pública de seguridad y convivencia. Explicar ochenta veces la palabra «competencia» y que la gente entienda «desinterés».

  8. El colmo es que tenga prohibido grabar a escondidas y entrar a zonas restringidas, es decir, exactamente las dos cosas que todo el mundo le pide que haga, y que le reclamen falta de carácter por no hacerlas.

  9. El colmo es que deba verificar antes de hablar, mientras el vecino que le trajo el chisme ya lo dio por probado, ya lo reenvió y espera que mañana salga la denuncia con nombre propio.

  10. El colmo es que no pueda llamar corrupto a nadie —no tiene competencia para calificar conductas— y que precisamente por eso lo llamen tibio los mismos que no firman nada.

  11. El colmo es que, al opinar en sus redes personales, tenga que advertir que habla a título personal... una advertencia que nadie lee, que todos citarán mal y que, aun así, hay que escribir siempre.

  12. El colmo es que en la asamblea tenga cinco minutos por intervención, máximo dos veces por punto, y dos días hábiles para dejar por escrito su salvamento de voto; mientras que para criticarlo en la tienda de la esquina no hay límite de tiempo, ni de turnos, ni de pruebas.

  13. El colmo es que su mayor riesgo no sea la administración municipal. Sea el vecino que lo busca sonriente para que la veeduría le cobre, por vía institucional, una pelea estrictamente personal.

  14. Y el colmo aparente de todos... que al cabo de dos años de reuniones, actas, peticiones, plazos y una que otra grosería en la calle, su recompensa consista en redactar él mismo el informe anual de gestión. Y publicarlo. Y que lo lean tres personas. Y que una de las tres sea la que lo va a criticar.

SEGUNDA PARTE: EL COLMO QUE NO ESTABA EN EL MANUAL

Hasta ahí, el chiste es cómodo. Todos los colmos anteriores apuntan hacia afuera... la administración, el vecino, el chisme, la ley. Hay otro que apunta hacia adentro, y es el que de verdad enseña algo.

  1. El colmo de un veedor es descubrir que el primer caso no estaba en la Alcaldía. Estaba sentado al lado de uno.

  2. El colmo es tener que explicar que una rampa de acceso no es un parqueadero, y que el contraargumento más contundente del otro lado sea: «es solo un momentico».

  3. El colmo es que «un momentico» sea exactamente el tiempo que necesita una persona en silla de ruedas para no poder pasar.

  4. El colmo es advertir una vez. Advertir dos. Advertir tres. En privado, sin acta, sin foto, sin público, ofreciendo todas las salidas decentes que existen.

  5. El colmo es que cuando uno hace por fin lo único que le queda —poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, sin calificar conductas ni pedir castigos— la conversación deje de ser sobre la rampa y pase a ser sobre uno.

  6. El colmo es que le digan que «se está metiendo con el trabajo de la gente», como si el control social consistiera en vigilar únicamente a quienes a uno le caen mal.

  7. Y el colmo de los colmos... entender que quien hace la vista gorda adentro pierde el derecho a preguntar afuera. Una veeduría que solo mira hacia arriba no es una veeduría... es una barra.

LO QUE EL CHISTE NO DICE

Todos esos colmos son ciertos. Pero el chiste tiene trampa, y conviene desarmarla antes de que alguien la use.

Cada uno de esos deberes incómodos existe porque alguien, en algún municipio de este país, hizo lo contrario. El veedor que cobró. El que usó el cargo para conseguirle un contrato al hijo. El que acusó sin pruebas y le arruinó el nombre a un funcionario honesto. El que se dejó prestar la veeduría para una pelea electoral. El que grabó a escondidas y perdió el caso porque la prueba era ilícita.

Los impedimentos y las prohibiciones no son una desconfianza contra el ciudadano. Son la memoria de los abusos que ya ocurrieron. Y son, sobre todo, la única protección real que tiene el veedor honesto... cuando lo acusen —y lo van a acusar— su defensa no va a ser su buena intención, va a ser que no aceptó nada, no cobró nada, no grabó nada y no afirmó nada que no pudiera probar.

Un veedor no tiene poder. Tiene reputación. Es su único capital y es un capital de un solo uso... se gasta entero la primera vez que afirma algo que resulta falso. Por eso la disciplina personal no es un accesorio del control social; es el control social. Lo demás —el acta, el radicado, el informe— es la forma que toma esa disciplina en el papel.

Y hay un costo del que casi nadie habla, porque no cabe en ningún artículo... la soledad de sostener una pregunta en un municipio pequeño. Preguntar cuesta amigos. Cuesta invitaciones. Cuesta que en algún momento a uno le digan, con la mejor intención del mundo, «déjese de eso, usted para qué se mete». Ese es el verdadero examen, y no lo toma la Personería.

EL MÉTODO, QUE SE APRENDE A LAS MALAS

La parte difícil del control social no es enfrentarse a la administración. La administración es un edificio... no le duele. La parte difícil es el día en que la falta la comete alguien del propio lado, y usted entiende que tiene dos opciones y que las dos cuestan.

Si calla, la organización entera queda contaminada... cualquier funcionario podrá responderle, con toda la razón del mundo, «arreglen primero lo suyo».

Si habla, le va a costar la relación, y va a aparecer el argumento de siempre... que usted tiene algo personal.

No hay tercera opción. Lo que sí hay es un método que reduce el daño y protege a todo el mundo, incluido aquel a quien se le advierte:

Primero: advertir en privado. Una, dos, las veces que hagan falta. Sin testigos, sin fotos, sin público. El objetivo es que la conducta cambie, no que alguien quede mal.

Segundo: si no cambia, escalar por escrito a quien tenga la competencia. Describiendo hechos y nunca personas. Sin pedir sanciones, sin calificar conductas, sin adjetivos.

Tercero: no responder por redes, no responder en la tienda, no responder al chisme. El radicado ya habla. Uno no.

Cuarto, y es el más difícil... aceptar que la coherencia no es una virtud decorativa del veedor. Es su único activo. El día que se gasta, ya no sirve para nada lo demás.

CONCLUSIÓN

El colmo de un veedor es que la ley le exija ser impecable para ejercer un oficio que no le paga, no le da autoridad y no le garantiza que le respondan. Visto así, es un mal negocio.

Y el colmo más incómodo es el otro... que esa exigencia de ser impecable no se suspende cuando la falta la comete alguien conocido, cercano o apreciado. Ahí es donde se sabe si una veeduría es un mecanismo de control social o simplemente un grupo de amigos con papelería.

Pero también es cierto lo que casi nunca se dice... en un municipio, la persona que pregunta bien, que anota con fecha, que no acepta nada, que advierte primero en privado y que no exagera nunca, termina teniendo una autoridad que ningún cargo otorga. No es poder. Es algo mucho más difícil de conseguir y mucho más difícil de quitar.

Si usted está pensando en ser veedor, 

sepa muy bien en qué se está metiendo. 

Y métase !!!

Nace la Veeduría Ciudadana de Seguridad y Convivencia de Guasca | Un Paso Adelante para el Control Social y la Comunidad

 


Nace la Veeduría Ciudadana de Seguridad y Convivencia
 Un Paso Adelante para el Control Social y la Comunidad

Introducción

Guasca da un paso firme hacia el fortalecimiento de la democracia local, la transparencia y el trabajo comunitario. Con la constitución de la Veeduría Ciudadana para el Seguimiento y Control Social de la Política Pública de Seguridad y Convivencia Ciudadana, el municipio cuenta hoy con un espacio cívico dedicado a velar por la tranquilidad, el bienestar y la correcta inversión de los recursos públicos en materia de seguridad.


¿Qué es y de qué se trata esta Veeduría?

La Veeduría es un mecanismo democrático de representación ciudadana, de carácter cívico, autónomo, independiente y sin ánimo de lucro. No pertenece a la Alcaldía ni a ningún partido político o entidad gubernamental... es una iniciativa impulsada directamente por los habitantes del municipio para ejercer control social de forma preventiva, respetuosa y rigurosa.

Su propósito central es realizar seguimiento continuo a la formulación, ejecución, contratación y evaluación de las políticas públicas de seguridad y convivencia en todo el territorio de Guasca, abarcando tanto la zona urbana como las veredas y centros poblados.


¿Cuáles serán sus principales áreas de trabajo?

La gestión de la veeduría enfocará sus esfuerzos en supervisar y acompañar diversos frentes clave:

  • Plan Integral de Seguridad y Convivencia (PISCC): Verificación del cumplimiento de metas, estrategias e indicadores orientados a la prevención del delito.
  • Recursos Públicos y Fondo Territorial (FONSET): Seguimiento transparente a la destinación, contratación y ejecución del presupuesto asignado a la seguridad municipal.
  • Equipamiento y Tecnología: Vigilancia sobre la adquisición, instalación y correcto funcionamiento de cámaras de videovigilancia, alarmas comunitarias, iluminación pública y herramientas de apoyo a la fuerza pública.
  • Prevención de Violencias y Derechos Humanos: Acompañamiento a programas de prevención social, protección de niños, jóvenes, mujeres y adultos mayores, garantizando siempre el respeto por los derechos humanos.
  • Participación y Diálogo Ciudadano: Promoción de la cultura de paz, la resolución pacífica de conflictos vecinales y la veeduría directa junto a las Juntas de Acción Comunal y sectores rurales.

Principios y Límites de Acción

Es importante destacar que la veeduría actúa bajo los principios de imparcialidad, objetividad, veracidad y neutralidad política. Su labor es de observación, petición, recomendación y alerta temprana ante las autoridades competentes.

No reemplaza las funciones de la Policía Nacional, las inspecciones ni la Alcaldía, ni impone sanciones; su rol es ser un puente transparente entre la ciudadanía y las instituciones para asegurar que los compromisos se cumplan.


¿Quiénes integran la Mesa Directiva?

La representación y coordinación de los trabajos de la veeduría está a cargo de un equipo directivo elegido de manera democrática:

  • Presidencia: María Esperanza Peña Martínez
  • Vicepresidencia: Ana Cristina Sánchez Cárdenas
  • Secretaría: Carlos Alberto Galarza Vásquez
  • Vocalías: Félix Carlos Rodríguez Suárez y Clara Lilia Rodríguez Díaz

Una invitación a toda la comunidad de Guasca

La seguridad y la convivencia no son solo asunto de las autoridades: se construyen entre todos. Con la puesta en marcha de esta veeduría, Guasca cuenta con una herramienta abierta para que la voz de los vecinos sea escuchada, las inversiones sean transparentes y la convivencia en cada vereda y barrio se fortalezca día a día.

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