miércoles, 15 de julio de 2026

Modernización Administrativa en Guasca | Hacia una Gestión de Convivencia y Paz, Proyecto de Acuerdo 012 de 2026

 

"La organización

es lo que permite que el talento

se convierta en resultados."

PETER DRUCKER

HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. Fué Eliminada FIDUCIA y Cargo Para Acueductos Veredales | Proyecto de Acuerdo 011 de 2026






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Modernización Administrativa en Guasca

 Hacia una Gestión de Convivencia y Paz

Introducción y Noticia Principal

En un avance decisivo para el fortalecimiento institucional del municipio, el Concejo Municipal de Guasca ha aprobado por unanimidad el Proyecto de Acuerdo 012 de 2026. Con una votación contundente de 10 votos a favor en la plenaria, esta iniciativa marca el inicio de un proceso de saneamiento administrativo indispensable para la gobernanza local.

El propósito central de este acuerdo es actualizar la estructura orgánica de la administración central, resolviendo las inconsistencias y vacíos técnicos identificados en los acuerdos anteriores (064 de 2023 y 002 de 2024). Esta intervención era necesaria bajo el principio de legalidad, dado que la estructura orgánica previa no estaba definida con el nivel de detalle por oficinas requerido, lo que impedía que el Alcalde Municipal realizara estos ajustes mediante un simple decreto administrativo, exigiendo así la intervención directa de la corporación edilicia.

Objetivos de la Modernización Administrativa

La actualización de la estructura no responde únicamente a una necesidad organizativa, sino a un imperativo de armonización con el marco legal nacional. Los pilares de este proceso de depuración técnica son:

  • Actualización del Organigrama: Reorganización jerárquica para eliminar duplicidades y optimizar el flujo de trámites ciudadanos.
  • Corrección de Inconsistencias: Solución definitiva a los vacíos legales detectados en actos administrativos previos que generaban inseguridad jurídica en la operación de las dependencias.
  • Cumplimiento Normativo: Alineación estricta con la Constitución Política, la Ley 136 de 1994 y la reciente Ley 2492 de 2025.

La Transformación de las Inspecciones: De Policía a "Convivencia y Paz"

El cambio de mayor calado técnico introducido por este acuerdo es la transformación de las Inspecciones de Policía. Fundamentado en la Ley 2492 de 2025, este ajuste responde a la modificación del Artículo 18 del Decreto Ley 785 de 2005, el cual exige la profesionalización del cargo de Inspector para elevar la calidad de la justicia local.

Este proceso respeta los periodos de transición establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP). En este sentido, se ha garantizado que el funcionario actual haya podido manifestar su voluntad de acogerse al cambio antes del 31 de enero, asegurando la continuidad de su carrera administrativa bajo las nuevas exigencias profesionales.

Característica

Estructura Anterior

Nueva Estructura (Acuerdo 012)

Denominación

Inspector de Policía

Inspector de Convivencia y Paz

Nivel del Cargo

Técnico (Código 303)

Profesional

Sustento Legal

Régimen Policivo General

Ley 2492 de 2025 / Dec. Ley 785 de 2005

Enfoque Principal

Justicia Policiva Tradicional

Convivencia, Paz y Solución Pacífica de Conflictos

Fortalecimiento de la Secretaría General y Oficinas Especializadas

La modernización redefine la dependencia líder bajo el nombre de "Secretaría General y de Gobierno". Este cambio es fundamental para clarificar que el Secretario actúa como un gerente del Talento Humano administrativo, responsable de la gestión y desarrollo estratégico de los servidores públicos, y no como ejecutor directo de todas las tareas técnicas.

Bajo este nuevo esquema, se formaliza la independencia técnica de tres oficinas críticas que, aunque permanecen adscritas a la Secretaría de Gobierno para fines de coordinación administrativa, operan con autonomía en sus funciones específicas:

  • Oficina Jurídica y de Contratación: Especializada en el blindaje legal de los actos del municipio.
  • Comisaría de Familia: Con autonomía técnica para la protección de derechos ciudadanos.
  • Oficina de Control Interno: Como garante de la transparencia y el seguimiento a la gestión.

El Proceso de Aprobación y Consenso en el Concejo

El debate en el Concejo Municipal, liderado por la ponencia positiva del concejal Enrique Giovanni Cortés, resaltó la importancia de pasar del nivel técnico al profesional en áreas críticas del servicio civil. Durante la sustentación, el Secretario de Gobierno, Diego Cubillos, precisó que la profesionalización de las Inspecciones conlleva un ajuste salarial que situará estas remuneraciones en un nivel similar al de la Comisaría de Familia.

La viabilidad financiera de este proyecto está plenamente respaldada. Existe una disponibilidad de recursos garantizada desde noviembre del año anterior, tras una planeación presupuestaria rigurosa para la vigencia 2026. Con la aprobación de este acuerdo, se derogan formalmente los acuerdos 064 de 2023 y 002 de 2024, unificando la normativa municipal en una estructura única, coherente y técnica.

Conclusión y Beneficios para la Comunidad

La actualización administrativa de Guasca es un paso hacia una justicia local más técnica y humana. La transición hacia una gestión de "Convivencia y Paz" asegura que los conflictos ciudadanos sean atendidos por profesionales capacitados bajo un enfoque de mediación y armonía social.

Este proceso de modernización no solo optimiza el uso de los recursos públicos, sino que proyecta a Guasca como un municipio comprometido con la excelencia administrativa. El documento pasa ahora a sanción del Alcalde Municipal, marcando un hito en la transparencia y la eficiencia institucional para el beneficio de todos los guasqueños.

Fué Eliminada FIDUCIA y Cargo Para Acueductos Veredales | Proyecto de Acuerdo 011 de 2026

 


"No era justo que se le fuera a gravar
a estas asociaciones que han sido constituidas
con recursos de la comunidad."
Delfín Octavio Ramírez, Concejal de Guasca


HILOS SUELTOS RELACIONADOS







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Crónica de un Consenso por Guasca 
Los Detalles del Proyecto de Acuerdo sobre Alumbrado Público


1. Introducción | Un Giro Necesario para el Municipio

En el marco de las sesiones extraordinarias del Concejo Municipal de Guasca en este 2026, la política local ha dado un paso firme hacia la justicia tributaria y la eficiencia administrativa. Lo que parecía un debate técnico sobre el Acuerdo 055 de 2022 se transformó en un ejercicio de "buena fe" para corregir lo que muchos consideraban una norma "confiscatoria".

El Proyecto de Acuerdo 011 no es solo un ajuste de papeles; es la respuesta institucional a una problemática que asfixiaba a los acueductos veredales y desperdiciaba recursos públicos en trámites innecesarios. Bajo una tesis de ahorro y protección social, esta reforma busca que el dinero del impuesto de alumbrado público se quede en las calles y no en los bancos, protegiendo al mismo tiempo el esfuerzo histórico de las comunidades rurales.

2. Eficiencia Financiera | El Adiós a la Fiducia Obligatoria

Uno de los pilares de esta reforma es la eliminación del numeral 7 del artículo primero del Acuerdo 055. Hasta ahora, la normativa obligaba al municipio a contratar una fiducia para administrar los recursos del alumbrado, una figura que, lejos de aportar agilidad, generaba una carga financiera injustificada.

El costo de la burocracia: Durante el debate se reveló que la contratación de esta fiducia le costaba al municipio aproximadamente 69 millones de pesos anuales. La administración calificó este gasto como innecesario, puesto que la ley de contratación estatal no obliga a los municipios a utilizar este esquema, permitiendo que el manejo se haga directamente a través de cuentas exclusivas.

Con la aprobación de esta modificación, el municipio recupera su autonomía financiera. Estos 69 millones de pesos ahorrados no irán a gastos generales, sino que serán redirigidos a la expansión del servicio y al alumbrado navideño y ornamental, permitiendo que el recaudo se traduzca en beneficios visibles para la comunidad sin intermediarios costosos.

3. La Defensa de lo Comunitario | Los Acueductos Veredales como Protagonistas

El punto más álgido y celebrado del debate fue la modificación del Literal G, referente a los sujetos especiales del impuesto. Gracias a la asesoría técnica del Dr. Uriel, se estableció una distinción legal estratégica para proteger a los acueductos comunitarios.

Sujeto Exento: Aquel que es responsable del impuesto pero se le perdona el pago temporalmente.

Sujeto Excluido (No Sujeto Pasivo): Aquel que, por su naturaleza, no debe ser gravado.
Esta fue la figura elegida para proteger a los acueductos locales.

La estrategia del "Aclarar" vs. "Modificar"

Un detalle jurídico fundamental en este consenso fue la decisión de "Aclarar" el contenido del acuerdo en lugar de simplemente "Modificarlo". Según explicó el Dr. Uriel, una modificación solo tendría efectos hacia el futuro. Al optar por aclarar el sentido original de la norma, se produce un "decaimiento del acto administrativo". Esto significa que se reconoce que los acueductos comunitarios nunca debieron ser sujetos pasivos, lo que permite frenar y anular los procesos de cobro coactivo por deudas pasadas que amenazaban la estabilidad de asociaciones como San Jois o Mariano Ospina.

La distinción técnica | El lucro y la jurisdicción

El Concejo fue enfático en diferenciar entre el agua como derecho comunitario y el agua como negocio. Los acueductos veredales quedan excluidos porque su carácter es puramente comunitario, basado en aportes de los usuarios para mantenimiento, sin comercialización para el lucro. En contraste, entidades como Progresar o Ecosiecha seguirán siendo sujetos pasivos del impuesto, ya que cumplen con el trío de actividades industriales: Tratamiento, Distribución y Comercialización, operando en algunos casos fuera de la jurisdicción de Guasca (como el caso de Progresar en Sopó y La Calera).

4. Voces del Concejo | Un Debate Basado en la Realidad Rural

El ambiente en el recinto fue de transparencia y rigor. Concejales como Wilmer Beltrán (ponente), Carlos Acosta y Delfín Ramírez recordaron que la legislación debe reconocer la realidad de un municipio cuya infraestructura hídrica rural fue levantada "a pulso".

Justicia Social: Se denunció la "doble y hasta triple tributación" que sufrían los campesinos: pagaban el impuesto en su recibo domiciliario, lo pagaban a través de la factura de energía del acueducto y, además, la asociación era gravada como empresa.

Esfuerzo "Pico y Pala": Se resaltó que los acueductos construidos comunitariamente por los habitantes de Guasca no pueden ser tratados bajo la misma lupa fiscal que las grandes empresas comercializadoras.

Consenso Institucional: La Secretaría de Hacienda y el Concejo trabajaron de la mano para garantizar que la norma no fuera una trampa recaudatoria, sino una herramienta de fomento para la ruralidad.

5. El Resultado Final | Unanimidad por el Bien Común

Llegado el momento de la votación nominal, el respaldo fue absoluto. El Proyecto de Acuerdo 011 fue aprobado por unanimidad con 10 votos a favor.

Es importante destacar que el Concejo votó con un "quórum total" de sus miembros disponibles, registrándose únicamente la ausencia de la concejala Ana Elodia León, quien se encontraba bajo incapacidad médica debidamente justificada. Este respaldo unánime envía un mensaje de solidez jurídica y política a la administración municipal, que ahora procederá con la sanción del Alcalde para que la reforma entre en vigencia.

6. El Cierre | ¿Qué Cambia para el Ciudadano de Guasca?

Para el habitante de Guasca, la aprobación de este proyecto se traduce en tres realidades inmediatas.

Ahorro y Mejora del Servicio: Al eliminar el gasto de 69 millones de pesos en la fiducia, el municipio dispone de más recursos para modernizar luminarias y financiar el alumbrado navideño.

Blindaje a los Acueductos Rurales: Las asociaciones comunitarias ya no serán perseguidas por deudas de alumbrado público, protegiendo el bolsillo de los asociados y la autonomía de los acueductos.

Transparencia en el Recaudo: Se garantiza que el dinero del impuesto se maneje en cuentas bancarias exclusivas y se invierta únicamente en los componentes técnicos del servicio (operación, mantenimiento y expansión), evitando desvíos a otras metas presupuestales.

Guasca cierra este debate con la tranquilidad de haber corregido el rumbo, demostrando que la eficiencia técnica y la defensa de lo social pueden caminar de la mano en el servicio público.

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