HILOS SUELTOS RELACIONADOS:
El Mundo Al Revés
Relación SAC y
La Veeduria En Salud "Guasca Saludable"
"¿Quién vigilará a los propios vigilantes?"
Juvenal, Sátiras
Introducción
Hay preguntas que la humanidad lleva veinte siglos sin resolver, y hay dependencias municipales que las resuelven en un mensaje de WhatsApp. La pregunta de Juvenal —quién vigila al vigilante— encontró por fin respuesta en el sector salud... el vigilado, por supuesto.
Basta con que el vigilado le pida al vigilante sus actas, sus reuniones y un reporte periódico de avances, preferiblemente en mesa de trabajo con lista de asistencia.
Expliquemos el hallazgo, que merece divulgación científica.
BREVE MANUAL PARA DOMESTICAR UNA VEEDURÍA
Paso 1. Invoque la palabra mágica: "acompañar".
Es una palabra tibia, afectuosa, imposible de rechazar. Nadie desconfía de quien acompaña. El truco está en que, bien administrada, "acompañar" se conjuga progresivamente... primero significa saludar, luego ver avances, después definir estrategias juntos y finalmente hacer seguimiento a sus actas. Cuando la veeduría se da cuenta, ya tiene un supervisor.
Paso 2. Aplique el reglamento equivocado con toda seguridad.
El Decreto 1757 de 1994 y la Resolución 2063 de 2017 le dan a la administración funciones sobre los COPACOS, las asociaciones de usuarios y los comités de ética hospitalaria. La técnica consiste en tratar a la veeduría ciudadana como si fuera una de esas instancias, con la esperanza de que nadie haya leído la Ley 850 de 2003. Es un cálculo razonable... casi nadie la ha leído. El inconveniente surge cuando la veeduría sí.
Paso 3. Administre la doble naturaleza del veedor.
Esta es la joya del manual. En los espacios institucionales, el veedor es apenas un invitado sin voz ni voto...que escuche, que aprenda, que no interrumpa. Pero a la hora de pedir actas, el mismo veedor asciende milagrosamente a instancia coordinada con deber de reporte. Un ciudadano cuántico... sin voz cuando opina, subordinado cuando trabaja. La física todavía estudia el fenómeno.
Paso 4. Si algo falla, convoque una mesa de trabajo.
La mesa de trabajo es al control ciudadano lo que el somnífero al insomnio... no resuelve la causa, pero produce actas. Y las actas, ya se sabe, son la unidad de medida de la gestión.
LO QUE DICE LA LEY (ESA AGUAFIESTAS)
La Ley 850 de 2003 tuvo la descortesía de dejar todo escrito. Las veedurías ciudadanas son autónomas frente a las entidades que vigilan (arts. 1, 15 y 16); se registran ante la Personería —único órgano con competencia sobre su existencia formal—; y tienen derecho a pedirle información a la administración, que está obligada a entregarla (art. 17). En ninguno de sus artículos aparece el deber de la veeduría de reportarle actas a la dependencia vigilada, por la sencilla razón de que eso convertiría el control social en un informe de gestión dirigido al controlado.
Y aquí el detalle que suele olvidarse... una veeduría cuyo objeto registrado es la vigilancia de la política pública en salud del municipio y de la prestación efectiva del servicio en el Centro de Salud tiene, dentro de su ámbito de vigilancia, a la propia Administración de Salud y a todas sus dependencias. Incluida —el lector ya lo adivinó— la oficina que pide las actas.
LA RELACIÓN CORRECTA, SIN MISTERIO
La veeduría al SAC...le solicita información, le hace seguimiento, le formula observaciones.
El SAC a la veeduría... le entrega información oportuna, completa y de buena fe.
La Personería... registra la veeduría y verifica su objeto.
Nadie... le hace "seguimiento de actas" a la veeduría.
Eso no excluye la colaboración... una veeduría seria dialoga, comparte sus informes cuando son públicos y celebra que la administración se interese por la participación social. Lo que no puede hacer —sin traicionar su razón de ser— es dejarse convertir en una dependencia más del organigrama, con la diferencia de que trabaja gratis.
CONCLUSIÓN
El seguimiento entre el SAC y la veeduría en salud existe, debe existir y ojalá sea frecuente. Solo hay que respetarle la dirección... va de la ciudadanía hacia la administración, como lo dispuso la Ley 850 de 2003 y como lo sugiere el sentido común.
Cuando una dependencia vigilada le pide las actas a su vigilante, no está promoviendo la participación social... está haciendo un simulacro de auditoría invertida. Y a Juvenal, veinte siglos después, todavía le debemos la respuesta seria... al vigilante lo vigila la ciudadanía organizada — no la oficina a la que vigila.
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