domingo, 18 de enero de 2026

¿ Qué Es el CONCEPTO Que El CTP GUASCA Debe Elaborar Sobre La Modificación Excepcional Del EOT ?

 

DRIVE DEL EOT ACTUAL 2021

                                                                                                                             "7. Socializar

e
Informar
la Gestión Del
Consejo Territorial De Planeación
en la Localidad o Sector Que Represente
y Canalizar
la Participación Respectiva."

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1.1 MODIFICACION 1 EOT GUASCA, Parte 1 | Articulo 136, Sectores Normativos y Usos.


1.2 MODIFICACION 1 EOT GUASCA, Parte 2 | Articulo 136, Sectores Normativos y Usos.

2. Proyecto de Acuerdo De Modificacion Excepcional del EOT GUASCA

2.1 Considerandos | Proyecto de Acuerdo Modificación Excepcional EOT GUASCA

3. El CTP GUASCA, Recibió Los Documentos de la MODIFICACION EXCEPCIONAL del EOT

4. Documentos MODIFICACION EXCEPCIONAL del EOT de Guasca

6. DTS Formulación Modificación Excepcional EOT GUASCA

7. El EOT De GUASCA : Acuerdo 027 de 10 de Mayo del 2021

ACTUALIZACIONES:

1.

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Introducción

El concepto del Consejo Territorial de Planeación (CTP) para la Modificación Excepcional del EOT de Guasca no debe ser un simple trámite administrativo, sino un ejercicio de validación social y técnica que garantice el interés general y la equidad en el desarrollo urbano.

A continuación, se detalla cómo debe estructurarse este documento en cuanto a su estilo, formato y contenido técnico:

1. Estilo y Enfoque del Documento

El concepto debe caracterizarse por los siguientes atributos:

Técnico y Objetivo: Debe basarse en argumentos sólidos, datos e indicadores, idealmente provenientes del Expediente Municipal.

Asertivo y Constructivo: Debe redactarse de forma que destaque tanto los aciertos de la administración como los puntos de desacuerdo fundamentados en el bienestar general.

Pedagógico: El lenguaje debe ser claro para que la ciudadanía comprenda los objetivos y los problemas que enfrenta su comunidad.

Representativo: Debe reflejar los resultados de un proceso participativo con los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales.

2. Estructura Sugerida

Un concepto bien fundamentado debe contener, como mínimo, los siguientes puntos:

2.1 Identificación y Fundamentos: Nombre del municipio, período de gobierno, identificación de los consejeros y relación pormenorizada de los documentos recibidos para el análisis.

2.2 Introducción: Breve descripción del proceso interno seguido por el CTP para formular el concepto.

2.3 Ruta Metodológica: Descripción de los mecanismos de participación utilizados (mesas de trabajo, audiencias públicas o consultas a expertos).

2.4 Análisis del Diagnóstico y Visión: Valoración de la solidez del diagnóstico territorial y su coherencia con la "Visión de Territorio" a largo plazo.

2.5 Evaluación del Componente Urbano : Dado que la modificación en Guasca es exclusivamente urbana, el CTP debe centrarse en la revisión de las áreas de actividad, usos del suelo, tratamientos urbanísticos y sectores normativos.

2.6 Programa de Ejecución y Viabilidad Financiera: Análisis de la capacidad del municipio para financiar las obras propuestas y su armonización con el Plan de Inversiones.

2.7 Recomendaciones (La parte más importante): Sugerencias específicas de ajuste, adición o eliminación de artículos del proyecto de acuerdo.

2.8 Anexos y Firmas: Soportes del trabajo realizado y firmas de los consejeros.

3. Contenido Técnico Crítico 

Para un análisis de excelencia, el CTP debe evaluar las tensiones en cuatro dimensiones fundamentales:

• Poblacional (P): Verificar si las proyecciones de población son coherentes con las estadísticas oficiales para evitar una expansión injustificada del suelo urbano.

• Ambiental (A): Garantizar el respeto a la Estructura Ecológica Principal y asegurar que no se urbanicen zonas de riesgo no mitigable.

• Social (S): Evaluar si la propuesta reduce el déficit de Vivienda de Interés Social (VIS/VIP) y mejora el acceso al espacio público y equipamientos.

• Económico (E): Revisar si la zonificación facilita la reactivación económica sin generar conflictos de uso (como ruido o tráfico) en barrios residenciales.

4. Temas Específicos para Guasca

El concepto del CTP debe pronunciarse obligatoriamente sobre las motivaciones urgentes de la modificación, tales como el ajuste de normas para VIS en el predio "Las Margaritas", la reglamentación de equipamientos de culto, la mitigación de ruido (Ley 2450 de 2025) y la preservación del potencial patrimonio arquitectónico.

Finalmente, aunque este concepto no es vinculante, la administración municipal está obligada a solicitarlo y, si decide apartarse de sus recomendaciones, debe motivar su decisión. El CTP cuenta con un término perentorio de treinta (30) días hábiles para rendir este informe, este Plazo se cumple el 28 de Enero.

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