jueves, 5 de febrero de 2026

¿ Cómo Posicionar Su Nombre En Guasca, Para Las Proximas Elecciones a La Alcaldia, sin infringir las normas electorales ?

 


"Tras la oportunidad perdida,
 sólo resta el recuerdo de la desidia"
Adaptación de un pensamiento de John Milton


2. Oigan y a Todas estas...| Un "Viejo" Amigo, Se Lanza a Desafiar A Sus Colegas Candidatos a la Alcaldia


7.  Hacia un FORMULARIO De PREGUNTAS Para los PreCandidatos a la Alcaldia de Guasca 2024-2027 ( 1 )







ACTUALIZACIONES:

1.

-------------------------

¿ Cómo Posicionar Su Nombre En Guasca, 

Para Las Próximas Elecciones a La Alcaldia, 

Sin infringir las normas electorales ?

Introduccion

Participar en la construcción del poder político es un derecho fundamental consagrado en la Constitución. Sin embargo, cuando un ciudadano busca proyectar su nombre hacia la Alcaldía de Guasca, debe navegar con cautela para no incurrir en propaganda electoral extemporánea, una infracción administrativa que puede acarrear multas millonarias antes siquiera de que inicie la campaña formal.

Para posicionar su perfil de manera legítima durante los años 2025 y 2026, la clave no es hacer "campaña", sino construir un liderazgo social y de opinión.

1. La Diferencia Crucial: ¿Opinión o Propaganda?

La ley colombiana define la propaganda electoral como toda publicidad realizada con el fin directo de obtener el voto de los ciudadanos. Por el contrario, la divulgación política permite difundir pensamientos, ideologías y programas de manera permanente.

Usted puede —y debe— hacer uso de su libertad de expresión para conectarse con los guasqueños, siempre que sus mensajes no se conviertan en una invitación directa a las urnas.

2. Lo que SÍ puede hacer (Fase de Liderazgo Social)

Durante esta etapa previa, su comunicación debe centrarse en aportar contenido de valor al municipio. Las fuentes jurídicas permiten las siguientes acciones:

• Analizar la gestión actual: Es legítimo emitir juicios críticos o favorables sobre la administración vigente en Guasca.

• Proponer temas de debate público: Usted puede hablar sobre soluciones a problemáticas locales de seguridad, infraestructura o medio ambiente.

• Difundir su perfil profesional: Dar a conocer su trayectoria y preparación académica es permitido, siempre que no lo vincule a una solicitud de apoyo electoral inmediata.

• Mensajes de positivismo: El uso de frases que busquen el beneficio común y alienten a la sociedad no constituye, por sí solo, proselitismo.

3. La "Línea Roja": Lo que debe evitar

El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha endurecido su postura, especialmente respecto a las redes sociales, considerándolas ahora medios de comunicación masiva sujetos a regulación. Para no ser sancionado en 2025 o 2026, evite:

• Invitaciones directas al voto: No use palabras como "vota", "elígeme" o "apóyame para la alcaldía".

• Mención de periodos electorales: Evite logotipos o eslóganes que incluyan el año de la elección (ej. "Guasca 2028").

• Publicidad pagada (Ads): No realice pautas publicitarias pagadas en Facebook o Instagram que promocionen su imagen con fines de candidatura fuera de los 60 días previos a la elección.

• Símbolos sistemáticos: No utilice emblemas que lo vinculen de manera inequívoca con un partido o grupo de ciudadanos de forma repetitiva.

4. Riesgos y Consecuencias

Ignorar estos límites no solo es un error estratégico, sino un riesgo financiero y jurídico. Las sanciones por propaganda anticipada incluyen:

• Multas económicas: Para el año 2025, las multas pueden oscilar entre $19.459.513 y $194.595.147.

• Retiro de publicaciones: El CNE puede ordenar el desmonte inmediato de cualquier pieza publicitaria física o digital.

• Nulidad de la elección: Un riesgo oculto es que los gastos realizados prematuramente en redes sociales podrían ser contabilizados en los topes de campaña. Si se exceden, esto podría causar la pérdida del cargo en el futuro mediante una acción ante el Consejo de Estado.

Conclusión

La mejor ruta hacia la Alcaldía de Guasca es la prudencia legal. Actúe hoy como un ciudadano activo y opinante que se preocupa por su comunidad. Deje que sean sus ideas y su conocimiento del municipio los que posicionen su nombre, reservando la estructura de campaña y los llamados al voto para el segundo semestre de 2027, que es cuando la ley permite el despliegue publicitario total.

¿ Que Sigue Despues De La Entrega del CONCEPTO y las Recomendaciones a la Administración Municipal ?

 

LINK DEL CONCEPTO
                                                                                                                                                                                                                                                     "7. Socializar

e
Informar
la Gestión Del
Consejo Territorial De Planeación
en la Localidad o Sector Que Represente
y Canalizar
la Participación Respectiva."

HILOS SUELTOS RELACIONADOS

0. El CTP Hace Entrega Del CONCEPTO y Las Recomendaciones A La Modificación Excepcional

1. Proyecto de Acuerdo De Modificación Excepcional del EOT GUASCA

1.1 Articulo 5. Tipos de Vias Urbanas Y Perfiles Viales | Supresion Paragrafo Unico


1.2 Articulo 6: Malla Vial Arterial | ¿ Supresión De Competencias Del Concejo Municipal ?


1.3 Artículo 7:. Procesos de subdivisión urbana. | No se deberia Quitar la Restricción, solo Modificarla a "Minimo 2 Metros"


1.4 Artículo 9: Exigibilidad de Cesiones obligatorias a título gratuito | Supresión Parrafo 5

1.5 Artículo 10: Lineamientos generales aplicables a las Cesiones obligatorias. 

1.6 Artículo 11°. Compensación y/o canje de las Cesiones obligatorias.


1.7 Artículo 16: Facultades Para La Preservación del Patrimonio | ¿ Será Que Los Dueños De Sus Casas, se Aguantan esto ?

 2. Memoria Justificativa Proyecto de Acuerdo "Modificación Excepcional De Norma Urbanistica EOT GUASCA "


ACTUALIZACIONES:

1.

-------------------------

De acuerdo con la normativa y los lineamientos técnicos vigentes, la respuesta se divide en la obligación de respuesta de la administración y la publicidad del proceso ante el concejo:

1. Obligación de la Administración Municipal de dar respuesta motivada

Aunque la ley no establece explícitamente que la administración deba entregar el proyecto para una "nueva revisión" del CTP antes de pasarlo al concejo, sí existe una obligación de transparencia y motivación:

• Respuesta oficial y motivada: Si bien el concepto del CTP no es vinculante, la administración municipal está obligada por ley a motivar su decisión en caso de que decida apartarse de las recomendaciones presentadas.

• Retroalimentación recomendada: Los lineamientos del Departamento Nacional de Planeación (DNP) sugieren enfáticamente que la administración envíe una respuesta formal al CTP informando cuáles recomendaciones fueron acogidas y cuáles no, junto con las justificaciones técnicas respectivas.

• Transparencia: Es necesario que la administración emita esta respuesta para asegurar que el proceso sea transparente de cara a la ciudadanía y para que los consejeros puedan informar a sus sectores sobre la incidencia real de su trabajo.

2. Trámite hacia el Concejo Municipal

Una vez que el CTP radica su concepto (o se vence el plazo de 30 días hábiles), el proceso sigue los siguientes pasos:

• Plazo de presentación: El alcalde tiene un término de treinta (30) días hábiles para presentar el proyecto de acuerdo consolidado al Concejo Municipal, contados a partir de la radicación del concepto del CTP.

• Versión presentada: El proyecto que llega al concejo debe ser un documento consolidado que ya haya surtido la participación democrática y la concertación interinstitucional.

• Publicidad y consulta pública: El Concejo Municipal tiene la función de estudiar el proyecto con todos sus anexos y está obligado a celebrar un cabildo abierto previo al estudio y análisis, lo que garantiza que el proyecto sea de conocimiento público en esa etapa.

3. Divulgación obligatoria

Independientemente de si el documento es entregado mano a mano a los consejeros, la ley exige su divulgación pública:

• Páginas web institucionales: Todos los documentos que conforman el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) o sus revisiones deben ser divulgados a través de la página web oficial del municipio para garantizar la consulta ciudadana.

• Acceso permanente: La información técnica e histórica debe estar disponible tanto en medio físico en la oficina de planeación como en formato digital para todos los agentes implicados.

En conclusión, la administración debe brindarles una respuesta motivada sobre sus recomendaciones antes o al momento de pasar al concejo, y el proyecto final que se radica en el cabildo se convierte en un documento público de obligatorio acceso para el CTP y toda la comunidad a través de los canales de transparencia del municipio.

Entrada Destacada de los Ultimos Dias

¿ Cómo Posicionar Su Nombre En Guasca, Para Las Proximas Elecciones a La Alcaldia, sin infringir las normas electorales ?

  "Tras la oportunidad perdida,  sólo resta el recuerdo de la desidia" Adaptación de un pensamiento de John Milton HILOS SUELTOS R...

Entradas Populares Desde Siempre