miércoles, 28 de enero de 2026

Implicaciones del Decreto 1229, Para los Consejos Territoriales de Planeación, CTP de Colombia

 

LINK DEL DECRETO

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HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. Decreto 1229 de Noviembre 19 del 2025 DNP

ACTUALIZACIONES:

1.

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Introducción

La expedición del Decreto 1229 de 2025 introduce transformaciones profundas para los actuales Consejos Territoriales de Planeación (CTP) y sus consejeros en los municipios de Colombia, elevando la planeación participativa al rango de derecho humano fundamental

Para los consejeros elegidos actualmente, estas son las principales implicaciones:

1. Garantías de Apoyo Administrativo y Técnico

Una de las implicaciones más relevantes es que el decreto proporciona una herramienta jurídica para que los consejeros exijan las garantías necesarias para su ejercicio, buscando remediar la falta histórica de recursos . Las alcaldías municipales tienen ahora obligaciones administrativas, técnicas y logísticas ineludibles, que incluyen:

• Brindar el apoyo requerido para que los CTP cumplan sus funciones, incluyendo la concertación de reuniones periódicas .

• Asignar presupuesto para el funcionamiento y proveer espacios físicos adecuados .

• Las Secretarías de Planeación locales deben actuar como soporte documental y técnico permanente para los consejeros, suministrando información oportuna para el seguimiento de los planes .

2. Rol Activo en el Sistema Nacional de Planeación (SNP)

Los CTP se consolidan como actores centrales del Sistema Nacional de Planeación (SNP), el cual articula la participación ciudadana en la gestión pública . Los consejeros actuales no solo operarán en el ámbito local, sino que se integrarán en una estructura regional que busca superar las divisiones político-administrativas tradicionales . Esto implica:

• Participación en la construcción de planes de trabajo regionales (nueve en total para el país) que consideran las particularidades biogeográficas y culturales .

• La elección democrática de representantes para los comités de articulación regional, donde se propenderá por la inclusión de mujeres y comunidades étnicas .

3. Nuevas Responsabilidades Operativas

El decreto asigna tareas concretas a los consejeros en el diseño e implementación de la planeación territorial . Los CTP actuales deben ahora participar en:

• La identificación y reconocimiento de actores sociales, tanto institucionales como no institucionales (organizaciones sociales, campesinas, mujeres, LGBTIQ+, entre otras), para involucrarlos en los procesos de planeación .

• El diseño conjunto con las autoridades locales de la estrategia de participación para instrumentos como los Planes de Desarrollo y los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) .

• La retroalimentación permanente y la valoración de los procesos participativos, utilizando herramientas que el Departamento Nacional de Planeación (DNP) pondrá a su disposición .

4. Enfoques Diferenciales Obligatorios

Para los consejeros actuales, el nuevo marco normativo exige la integración obligatoria de los enfoques diferencial, de género, étnico y de ciclo de vida en todas sus deliberaciones y conceptos . Esto garantiza que los procesos de planeación reconozcan la plurietnicidad, multiculturalidad y la igualdad de condiciones para las mujeres, removiendo obstáculos como las labores de cuidado que limitan su liderazgo.

5. Formación y Fortalecimiento de Capacidades

El DNP asume el mandato de implementar estrategias pedagógicas y de formación permanente dirigidas específicamente a potenciar la labor de los CTP . Los consejeros actuales tendrán acceso a lineamientos técnicos y orientaciones para fortalecer sus capacidades democráticas y adquirir herramientas metodológicas para la formulación participativa de instrumentos de planeación .

6. Incidencia en el Presupuesto y Regalías

Dada la preocupación por el riesgo en la ejecución de recursos de regalías y la inversión social proyectada para 2026, los CTP adquieren un rol crítico en el control social y la vigilancia. Los consejeros actuales son vistos como un "antídoto institucional" contra la corrupción, debiendo emitir conceptos y realizar seguimiento a la inversión territorial para asegurar que los recursos realmente cierren brechas sociales en sus comunidades .

Decreto 1229 de Noviembre 19 del 2025 DNP

LINK DEL DECRETO

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HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. 

ACTUALIZACIONES:

1.

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DOCUMENTO DE 18 PAGINAS

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CONSIDERANDOS

DECRETA


martes, 27 de enero de 2026

El CTP Hace Entrega Del CONCEPTO y Las Recomendaciones A La Modificación Excepcional

LINK DEL CONCEPTO
                                                                                                                             "7. Socializar

e
Informar
la Gestión Del
Consejo Territorial De Planeación
en la Localidad o Sector Que Represente
y Canalizar
la Participación Respectiva."

HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. Proyecto de Acuerdo De Modificación Excepcional del EOT GUASCA

1.1 Articulo 5. Tipos de Vias Urbanas Y Perfiles Viales | Supresion Paragrafo Unico


1.2 Articulo 6: Malla Vial Arterial | ¿ Supresión De Competencias Del Concejo Municipal ?


1.3 Artículo 7:. Procesos de subdivisión urbana. | No se deberia Quitar la Restricción, solo Modificarla a "Minimo 2 Metros"


1.4 Artículo 9: Exigibilidad de Cesiones obligatorias a título gratuito | Supresión Parrafo 5

1.5 Artículo 10: Lineamientos generales aplicables a las Cesiones obligatorias. 

1.6 Artículo 11°. Compensación y/o canje de las Cesiones obligatorias.


1.7 Artículo 16: Facultades Para La Preservación del Patrimonio | ¿ Será Que Los Dueños De Sus Casas, se Aguantan esto ?

 2. Memoria Justificativa Proyecto de Acuerdo "Modificación Excepcional De Norma Urbanistica EOT GUASCA "


ACTUALIZACIONES:

1.

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El CTP Hace Entrega Del CONCEPTO 
y Las Recomendaciones
 A La Modificación Excepcional 

El pasado lunes 26 de enero, en un encuentro organizado por la administración municipal en el restaurante "Ruana y Sazón", el Consejo Territorial de Planeación (CTP) de Guasca entregó formalmente al alcalde Wilfrido Rafael Cotes Prada el Concepto y las recomendaciones al Proyecto de Acuerdo de Modificación Excepcional de Norma Urbanística (MEPOT). Este acto marca un hito en el proceso que busca ajustar el esquema implementado en mayo de 2021, habiéndose completado ya las etapas de concertación con Corpoguavio y el CTP.


Más que un Trámite | Un Ejercicio de Validación Social


Para los consejeros del CTP, la entrega de este documento no representa un simple cumplimiento administrativo, sino un ejercicio profundo de validación social y técnica destinado a garantizar la equidad en el desarrollo urbano y el interés general. El concepto se caracteriza por ser técnico y objetivo, fundamentado en datos del Expediente Municipal, y con un estilo pedagógico para que toda la ciudadanía comprenda los retos de su comunidad.

¿Qué contiene el Concepto entregado?

El documento sigue una estructura técnica rigurosa que incluye una ruta metodológica sobre los mecanismos de participación utilizados, como mesas de trabajo y consultas a expertos. Dado que el MEPOT se centra exclusivamente en el componente urbano, el análisis se enfocó en la revisión de áreas de actividad, usos del suelo y sectores normativos.

Temas Clave y Recomendaciones Urgentes

El CTP se pronunció obligatoriamente sobre las ocho motivaciones urgentes identificadas para Guasca. Entre estas destacan el ajuste de normas para VIS en el predio "Las Margaritas", la reglamentación de equipamientos de culto, la mitigación de ruido bajo la Ley 2450 de 2025 y la protección del patrimonio arquitectónico.

Es importante recordar que, aunque las recomendaciones del CTP no son vinculantes, la administración municipal está obligada por ley a motivar su decisión en caso de apartarse de ellas. Para la elaboración de este informe, el consejo contó con un término de treinta días hábiles que se cumplen el dia 28 de Enero.

¿Qué sigue ahora?

Tras esta entrega, el proceso entra en su fase final. La administración municipal debe emitir una respuesta oficial al concepto y a las recomendaciones presentadas por el CTP. Una vez surtido este paso, el proyecto de acuerdo se trasladará al Concejo Municipal de Guasca, donde iniciarán los debates definitivos el próximo 2 de febrero.

lunes, 26 de enero de 2026

Artículo 11°. Compensación y/o canje de las Cesiones obligatorias.

 

LINK DEL PROYECTO DE ACUERDO
                                                                                                                           "7. Socializar

e
Informar
la Gestión Del
Consejo Territorial De Planeación
en la Localidad o Sector Que Represente
y Canalizar
la Participación Respectiva."

HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. Proyecto de Acuerdo De Modificacion Excepcional del EOT GUASCA

1.1 Articulo 5. Tipos de Vias Urbanas Y Perfiles Viales | Supresion Paragrafo Unico


1.2 Articulo 6: Malla Vial Arterial | ¿ Supresión De Competencias Del Concejo Municipal ?


1.3 Artículo 7:. Procesos de subdivisión urbana. | No se deberia Quitar la Restricción, solo Modificarla a "Minimo 2 Metros"


 1.4 Artículo 16: Facultades Para La Preservación del Patrimonio | ¿ Será Que Los Dueños De Sus Casas, se Aguantan esto ?

 2. Memoria Justificativa Proyecto de Acuerdo "Modificación Excepcional De Norma Urbanistica EOT GUASCA "


ACTUALIZACIONES:

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ARTICULO 149 EN EOT ACTUAL

ARTICULO 149 MODIFICADO


JUSTIFICACION MEMORIA JUSTIFICATIVA

Artículo 10°. Lineamientos generales aplicables a las Cesiones obligatorias.

 

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                                                                                                                           "7. Socializar

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HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. Proyecto de Acuerdo De Modificacion Excepcional del EOT GUASCA

1.1 Articulo 5. Tipos de Vias Urbanas Y Perfiles Viales | Supresion Paragrafo Unico


1.2 Articulo 6: Malla Vial Arterial | ¿ Supresión De Competencias Del Concejo Municipal ?


1.3 Artículo 7:. Procesos de subdivisión urbana. | No se deberia Quitar la Restricción, solo Modificarla a "Minimo 2 Metros"


 1.4 Artículo 16: Facultades Para La Preservación del Patrimonio | ¿ Será Que Los Dueños De Sus Casas, se Aguantan esto ?

 2. Memoria Justificativa Proyecto de Acuerdo "Modificación Excepcional De Norma Urbanistica EOT GUASCA "


ACTUALIZACIONES:

1.

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ARTICULO 147 EN EOT ACTUAL


MODIFICACIONES PARAGRAFO 5 Y 6

En el Parágrafo 5, se Quitó, "Secretaria de Planeación" por "Secretaria de Infraestructura", tambien se quitó "...de Caracter Local" por "...el sistema vial establecido en el mapa FU_07 SISTEMA VIAL PROPUESTO."

En el Parágrafo 6, solo se quitó la palabra " ...Principal", quedando "Sistema Vial", solo.

JUSTIFICACION EN LA MEMORIA JUSTIFICATIVA



Artículo 9°. Exigibilidad de Cesiones obligatorias a título gratuito | Supresión Parrafo 5

 

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HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. Proyecto de Acuerdo De Modificacion Excepcional del EOT GUASCA

1.1 Articulo 5. Tipos de Vias Urbanas Y Perfiles Viales | Supresion Paragrafo Unico


1.2 Articulo 6: Malla Vial Arterial | ¿ Supresión De Competencias Del Concejo Municipal ?


1.3 Artículo 7:. Procesos de subdivisión urbana. | No se deberia Quitar la Restricción, solo Modificarla a "Minimo 2 Metros"


 1.4 Artículo 16: Facultades Para La Preservación del Patrimonio | ¿ Será Que Los Dueños De Sus Casas, se Aguantan esto ?

 2. Memoria Justificativa Proyecto de Acuerdo "Modificación Excepcional De Norma Urbanistica EOT GUASCA "


ACTUALIZACIONES:

1.

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ARTICULO 146 EN EOT ACTUAL


JUSTIFICACION MEMORIA JUSTIFICATIVA

Artículo 8°. Procesos de subdivisión urbana | Ampliación Articulo 145

 

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HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. Proyecto de Acuerdo De Modificacion Excepcional del EOT GUASCA

1.1 Articulo 5. Tipos de Vias Urbanas Y Perfiles Viales | Supresion Paragrafo Unico


1.2 Articulo 6: Malla Vial Arterial | ¿ Supresión De Competencias Del Concejo Municipal ?


1.3 Artículo 7:. Procesos de subdivisión urbana. | No se deberia Quitar la Restricción, solo Modificarla a "Minimo 2 Metros"


 1.4 Artículo 16: Facultades Para La Preservación del Patrimonio | ¿ Será Que Los Dueños De Sus Casas, se Aguantan esto ?

 2. Memoria Justificativa Proyecto de Acuerdo "Modificación Excepcional De Norma Urbanistica EOT GUASCA "


ACTUALIZACIONES:

1.

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Artículo 7°. Procesos de subdivisión urbana. | No se deberia Quitar la Restricción, solo Modificarla a "Minimo 2 Metros"

 

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HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. Proyecto de Acuerdo De Modificacion Excepcional del EOT GUASCA

1.1 Articulo 5. Tipos de Vias Urbanas Y Perfiles Viales | Supresion Paragrafo Unico


1.2 Articulo 6: Malla Vial Arterial | ¿ Supresión De Competencias Del Concejo Municipal ?


1.2 Artículo 16: Facultades Para La Preservación del Patrimonio | ¿ Será Que Los Dueños De Sus Casas, se Aguantan esto ?

 2. Memoria Justificativa Proyecto de Acuerdo "Modificación Excepcional De Norma Urbanistica EOT GUASCA "


ACTUALIZACIONES:

1.

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MIREMOS EL ARTICULO 145 EN EL EOT ACTUAL

COMO SE PROPONE QUEDAR

¿ QUÉ CAMBIÓ ?

Se retiró el parrafo:

"Los Aislamientos de los Proyectos de los desarrollos por Urbanización en area urbana respecto a los predios colindantes serán de minimo 3 metros"

JUSTIFICACION EN MEMORIA JUSTIFICATIVA


ENTONCES, NO SE DEBERIA QUITAR

No se deberia quitar el parrafo, solo decir "minimo 2 metros", ya que en el EOT actual varia entre 2 y 3 metros, creeria Yo, Ya que entonces las Urbanizaciones no tendrian distancia de separación alguna con predios colindantes.

Articulo 6: Malla Vial Arterial | ¿ Supresión De Competencias Del Concejo Municipal ?

 

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1.1 Articulo 5. Tipos de Vias Urbanas Y Perfiles Viales | Supresion Paragrafo Unico


1.2 Artículo 16°: Facultades Para La Preservación del Patrimonio | ¿ Será Que Los Dueños De Sus Casas, se Aguantan esto ?

 2. Memoria Justificativa Proyecto de Acuerdo "Modificación Excepcional De Norma Urbanistica EOT GUASCA "


ACTUALIZACIONES:

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MIREMOS EL ARTICULO 122 EOT ACTUAL


JUSTIFICACION EN MEMORIA JUSTIFICATIVA

¿ SE LE SUPRIMEN COMPENTENCIAS AL CONCEJO?

No veo que la justificación dada, soporte quitarle al Concejo Municipal el dar previa validación y aprobación para vias secundarias nuevas.


domingo, 25 de enero de 2026

Artículo 16°: Facultades Para La Preservación del Patrimonio | ¿ Será Que Los Dueños De Sus Casas, se Aguantan esto ?

 

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HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. Proyecto de Acuerdo De Modificacion Excepcional del EOT GUASCA

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ACTUALIZACIONES:

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JUSTIFICACION 
¿QUE TIENE QUE VER "TAMSA" CON LA PLANEACION?

Hasta donde sé, TAMSA no tenia que hacer en el Estudio que Hizo la Consultoria que Se contrató. Los debidos implicados con competencia para aconsejar y sugerir, deberian ser el Señor Alcalde, la Oficina de Planeación, el Consejo de Gobierno, el Concejo Municipal y hasta nosotros como Consejeros Territoriales de Planeación, ¿ Pero TAMSA ? 

Como Consejero Territorial de Planeación me parece un desproposito que TAMSA se acoja como representante de la Comunidad Guasqueña en estos temas de Planeación, donde el CTP es la que aconsejaria en esos momentos a una Consultoria, que no llama a los que deben ser los implicados.






¿ SERA QUE LA GENTE SE AGUANTA ESTO ?


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