lunes, 2 de noviembre de 2026

Resolución 0247 de 2022 | Las Reglas Ambientales del Guavio que Todavía No Podemos Ver Completas

 

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Resolución 0247 de 2022

Las Reglas Ambientales del Guavio que todavía no Podemos Ver Completas

Introducción

Cuando alguien pregunta si en su finca se puede construir, si una parcelación campestre es legal o si un nacimiento de agua está protegido, la respuesta no depende solo del Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio. Depende también de unas reglas de mayor jerarquía que fija la autoridad ambiental. En los ocho municipios de la jurisdicción de CORPOGUAVIO, esas reglas están en la Resolución 0247 del 2 de marzo de 2022. Vale la pena conocerla, y vale la pena saber qué parte de ella todavía no está a la vista.

Qué es una determinante ambiental

La Ley 388 de 1997, en su artículo 10, establece que los municipios deben respetar unas "determinantes" al hacer o revisar su plan de ordenamiento. Son normas de superior jerarquía: el EOT no puede contradecirlas. Las ambientales incluyen las áreas protegidas, las reservas forestales, las rondas de los ríos, los planes de manejo de cuencas y las zonas de amenaza y riesgo, entre otras.

Cada corporación autónoma regional define cuáles aplican en su territorio. En el caso de CORPOGUAVIO, que es la autoridad ambiental de Fómeque, Gachalá, Gachetá, Gama, Guasca, Junín, Medina y Ubalá, lo hizo con la Resolución 0247 de 2022.

Qué hace la Resolución 0247

La resolución, firmada por el director general Marcos Manuel Urquijo Collazos, hace cuatro cosas:

Primero, adopta las determinantes ambientales que los ocho municipios deben tener en cuenta al formular, revisar o ajustar sus EOT.

Segundo, deroga la Resolución 686 de 2008, que era la norma anterior. Todo lo que se concertó con CORPOGUAVIO antes de marzo de 2022 se hizo con esas reglas viejas.

Tercero, agrupa las determinantes en cuatro ejes, siguiendo la tipología del Ministerio de Ambiente...elementos naturales del territorio; medio transformado y calidad de vida; gestión del riesgo y cambio climático; y densidades máximas de ocupación.

Cuarto, reconoce como determinantes los planes de ordenación de las cuencas de los ríos Bogotá, Guavio, Guayuriba y Humea, adoptados entre 2015 y 2019, así como las declaratorias de reservas forestales, áreas protegidas, reservas naturales de la sociedad civil y rondas hídricas que la corporación ha expedido.

Por qué le importa a un vecino de Guasca

El eje de densidades máximas de ocupación es el que más toca la vida diaria del municipio. La Ley 99 de 1993 le da a las corporaciones la facultad de fijar cuántas viviendas caben por hectárea en áreas suburbanas, cerros y montañas, y exige que no menos del 70 por ciento del área de esos proyectos se destine a conservar la vegetación nativa. En un municipio con la presión de condominios y parcelaciones campestres que tiene Guasca, esa regla define qué se puede construir y qué no.

El eje de riesgo también importa. Sin estudios de amenaza aprobados, ningún municipio puede actualizar su EOT. Y el eje de elementos naturales es el que protege el páramo, los bosques y las fuentes de agua que abastecen los acueductos veredales.

Lo que falta: la resolución no está completa en la web

Aquí aparece el problema. La Resolución 0247 es un acto administrativo de nueve páginas, y la mayor parte son considerandos con citas de leyes y decretos. Lo sustantivo, es decir, qué determinante aplica en qué vereda, está en tres anexos:

  • Un Documento Técnico General de Determinantes y Asuntos Ambientales, que la resolución declara parte integral del acto.
  • Una ficha de determinantes ambientales para cada uno de los ocho municipios.
  • La cartografía oficial a escala 1:25.000, elaborada con las especificaciones del IGAC.

La propia resolución ordena publicar el documento técnico y la cartografía en la página web de la corporación, "para facilitar su consulta". Al 2 de noviembre de 2026, la sección de determinantes ambientales de esa página solo ofrece el PDF de la resolución, publicado en mayo de 2023, más de un año después de su expedición. El documento técnico, las fichas y los mapas no aparecen.

Eso significa que un ciudadano, un concejal o un consejero territorial que quiera saber qué restricciones ambientales pesan sobre un predio no tiene dónde consultarlo. La regla existe, pero no se puede leer completa.

La resolución también ordena comunicar las fichas y su cartografía a cada alcaldía. Por tanto, la Oficina de Planeación de Guasca debería tener la ficha del municipio. Es otra puerta para pedirla.

Las preguntas que deja abiertas

La resolución rige desde su expedición y no trae un régimen de transición. No dice qué pasa con los procesos de revisión de EOT que ya tenían concertación con la Resolución 686 de 2008, como los de Ubalá (2020) y Gachalá (2021).

Además, un año después de expedida, el artículo 32 de la Ley 2294 de 2023, el Plan Nacional de Desarrollo, reordenó la jerarquía de las determinantes del ordenamiento y puso la protección del agua en el primer nivel. La Resolución 0247 es anterior a ese cambio. ¿La corporación la ha ajustado? No hay, en su página, ningún acto posterior que lo indique.

Lo que hice

El 2 de noviembre de 2026 radiqué un derecho de petición ante CORPOGUAVIO. Pedí copia del documento técnico, de la ficha de Guasca y de la cartografía en formato digital geográfico; la dirección donde están publicados o la fecha prevista para publicarlos; información sobre actos posteriores que actualicen la resolución; y las resoluciones de concertación del EOT de Guasca. Por ley, la corporación tiene diez días hábiles para responder. Contaré aquí lo que entreguen.

Conclusión

La Resolución 0247 de 2022 es una buena noticia a medias. Actualizó unas reglas ambientales que llevaban catorce años sin cambios y las organizó de forma clara. Pero una norma que se aplica sobre mapas que nadie puede ver no cumple su función pública. Las determinantes ambientales no son un asunto técnico para especialistas... definen dónde se puede vivir, dónde se debe conservar y dónde hay riesgo. Mientras sus anexos no estén publicados, la participación ciudadana en el ordenamiento del Guavio se hace a ciegas. 

Fuentes

CORPOGUAVIO. Resolución 0247 del 2 de marzo de 2022, "por medio de la cual se actualizan y adoptan las determinantes ambientales para la formulación, revisión y ajuste de los esquemas de ordenamiento territorial e instrumentos de planificación intermedia de los municipios de la jurisdicción". Radicado 20227100247.

CORPOGUAVIO. Página de determinantes ambientales, www.corpoguavio.gov.co/determinantes-ambientales, consultada el 2 de noviembre de 2026.
Ley 388 de 1997, artículo 10. Ley 99 de 1993, artículo 31. Ley 2294 de 2023, artículo 32.

Por Carlos A. Galarza, Consejero Territorial de Planeación de Guasca.
El consejero que se forma, transforma su territorio.

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