jueves, 27 de febrero de 2025

Capitulo VII: Regimen de las Sesiones

 

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15 de Marzo de 2012


"el Consejo Territorial de Planeación Municipal 
como parte constitutiva del 
Sistema Nacional de Planeación 
ante 
la necesidad de 
promover la participación ciudadana,
 la gestión pública eficiente 
y el logro de la paz en un ambiente de concordancia y justicia social,
 aprueba el presente reglamento que se rige por el siguiente articulado"
Preambulo Reglamento

Hilos Sueltos Relacionados:

1.3 Competencias del CTP De Guasca | Articulo 10: Reglamento CTPM

1.4 Nueve(9) DEBERES de los Consejeros Territoriales De Planeación | Articulo 41, Reglamento CTP GUASCA 

2. Mis Apreciaciones Sobre el CTP Municipal de Guasca







2.11 La Falta de Seriedad En El CTP GUASCA | ¡ Un Consejero Informa !!! a la Mesa directiva

2.12 Mis Palabras Ante el Concejo Municipal | 20 de Febrero 2025
3. El CTP y La OFICINA DE CONTROL INTERNO | Unas Miradas De Encuentro 

 Actualizaciones:

1.

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Capitulo VII
 Regimen de las Sesiones

Artículo 26. Tipo de sesiones, horario y duración

Existen dos tipos de sesiones plenarias las ordinarias y las extraordinarias las sesiones ordinarias se realizarán una vez al mes en periodos fijos las sesiones extraordinarias se citaban conforme a las necesidades por convocatoria de la Mesa Directiva las sesiones, tendrán una duración determinada de 2 días previa convocatoria que incluir a la agenda tratar antes de culminar el término de la sesión por proposición aprobada el CTP se podrá declarar en sesión permanente todos los días de la semana son hábiles para las reuniones del Consejo Territorial de Planeación sean de su plenaria o de las comisiones de acuerdo con el horario que señale la Mesa Directiva.

Cuando se trata de analizar el plan de desarrollo municipal de acuerdo a la ley 152 de 1994 y las reformas al EOT el Consejo Territorial seccionar a ordinariamente cuantas veces sea necesario.

Parágrafo: las comisiones oran, sesionar conjuntamente cuando el examen de un tema si lo requiere en este caso se levantaron acta de sesión conjunta que será llevada a la plenaria.

Artículo 27. session y continuidad

La Mesa Directiva fijará el orden del día de las sesiones plenarias conforme a la agenda comunicada o en su defecto será establecido a título de propuesta por el presidente del Consejo Territorial de Planeación Municipal las comisiones fijarán su propio orden del día cuando en una sesión no se hubiera agotado el orden del día señalado para ella en la siguiente continuará el mismo orden hasta su conclusión no obstante a petición motivada se podrá alterar el orden del día.

Artículo 28. Actas 

De todas las sesiones del Consejo Territorial de Planeación Municipal sea en plenaria de comisión se levantará el acta respectiva cada acta contendrá una relación de los temas debatidos los acuerdos a que se ha llegado y las constancias específicas que se hayan dejado.

Abierta la sesión el Presidente someterá a discusión y aprobación el O actas de las sesiones anteriores puestas previamente en conocimiento a los consejeros del Consejo Territorial por parte del Secretario General.

Puesta en consideración un acta a cada consejero intervendrá una vez para hacer las observaciones o correcciones acerca de las omisiones o inexactitudes en que se hubiere incurrido al redactarla.

Artículo 29. Llamado a lista.

Llegada a la hora para la cual ha sido convocada la sesión el presidente del Consejo ordenara, el llamado alista y la verificación del quorum.
En el acta respectiva se harán constar los nombres de los asistentes y ausentes a la sesión y las razones de excusa invocadas el secretario general ara constar el ingreso de los consejeros y los consejeros que se hagan presentes a la sesión con posterioridad al llamado alista y a la verificación del quórum, las excusas por inasistencia serán entregadas por escrito al Secretario General.

Articulo 30. Iniciación de la sesión

Verificado el quórum el presidente de la Mesa Directiva declarara abierta la sesión.

Artículo 31.  Quórum y mayorias concepto y clases. 

El quórum es el número mínimo de miembros asistentes que se requieren. En la plenaria del Consejo Territorial de Planeación o las comisiones para poder deliberar o decidir.

1. Quorum deliberatorio. Para deliberar en plenaria sobre cualquier asunto se requiere la presencia de por lo menos la tercera parte de las consejeras y los consejeros activos.
2. Quorum Decisorio. Para decidir sobre cualquier asunto se requiere de la asistencia de por lo menos la mitad más uno de los miembros de la plenaria, las decisiones se tomarán por mayoría simple de los votos de los miembros asistentes que contribuyeron al Quorum decisorio.

Artículo 32. Procedimiento en caso de elección

En las elecciones que se efectuó en el Consejo se adelantará el siguiente procedimiento:
1. postulados los candidatos se abrirá la votación el presidente abrirá un período de postulación el secretario general llamará alista y cada uno de los consejeros y las consejeras manifestará, públicamente el nombre de los candidatos al cargo por proveer
2. el secretario general contara e informar al resultado de la votación que se incluirá en el acta.
3. entregado el resultado la presidencia preguntara al consejo si se declara la elección para el cargo o dignidad de que se trate y en el período correspondiente al candidato que ha obtenido la mayoría de votos.
4. declarado electo el candidato será invitado por el presidente para tomar asiento en la mesa directiva.
5. el Consejo Territorial de Planeación resuelve en cada momento sobre La formalidad de la votación.

Artículo 33. Votos en blanco

Se considera como voto en blanco en las decisiones la manifestación expresa que en este sentido se haga.

Artículo34. De la abstención

La consejera o consejero tendrá derecho a la abstención en cuyo caso solicitar autorización de la Presidencia previamente al proceso de las votaciones.

Artículo 35. Convocatorias a session

La convocatoria para la toma de decisiones será comunicada a las consejeras por la mesa directiva a través del secretario general como mínimo con tres días de anticipación al comunicarse la citación deberá señalarse el objeto de la votación y la hora y el lugar .

Capitulo VI: Composición, Funcionamiento y Funciones de las Comisiones | Reglamento CTP GUASCA

 

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15 de Marzo de 2012


"el Consejo Territorial de Planeación Municipal 
como parte constitutiva del 
Sistema Nacional de Planeación 
ante 
la necesidad de 
promover la participación ciudadana,
 la gestión pública eficiente 
y el logro de la paz en un ambiente de concordancia y justicia social,
 aprueba el presente reglamento que se rige por el siguiente articulado"
Preambulo Reglamento

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2. Mis Apreciaciones Sobre el CTP Municipal de Guasca







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 Actualizaciones:

1.

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Capitulo V
 Composición, Funcionamiento y Funciones de las Comisiones

Articulo 23. Funcionamiento de las comisiones:
Funcionamiento:
Para el funcionamiento de sus funciones cada comisión podra organizarse, en tanto no contradiga los lineamientos generales expuestos en el presente reglamento. En el evento que los miembros de las comisiones no logren ponerse de acuerdo en la forma de funcionamiento se sujetarán a lo dispuesto en el Reglamento para las sesiones plenarias del Consejo.

FUNCIONES GENERALES DE LAS COMISIONES:

En lo relacionado con la formulación análisis modificación ejecución control seguimiento y evaluación del plan de desarrollo del Plan de Ordenamiento Territorial y en general en el cumplimiento de las funciones que sean de su competencia el Consejo Territorial de Planeación Municipal a través de sus comisiones ejercerá las siguientes funciones:

1. celebrar audiencias especiales en las que los ciudadanos representantes de organizaciones sociales, cívicas y populares de gremios y demás puedan. Exponer los temas de interés para la sociedad.
2. darle trámite en la plenaria a las proposiciones e informes que hayan recibido el voto favorable de la Comisión.
3. presentar a la plenaria del Consejo Territorial cuando la Comisión lo considere conducente las inquietudes de los distintos sectores sociales para que sus posiciones sean tenidas en cuenta.
4. hacer seguimiento en el Consejo Municipal al proceso de discusión y aprobación del plan de desarrollo municipal y del Plan de Ordenamiento Territorial y sus modificaciones.
5. informar a la plenaria del Consejo Territorial de Planeación la evolución de las tareas que le fueron encomendadas.
6. promover mecanismos de participación y realización del control. evaluación y seguimiento de la presupuestación planeación Plan de Desarrollo planes de ordenamiento territorial y demás procesos y actividades de política pública pertinentes.

COMPOSICION:
se integran tres comisiones del CTP de acuerdo a los sectores que representa cada consejero así:

Comisión 1:  los consejeros que representan los sectores económicos, cooperativo y laboral.
Comisión 2:  los consejeros que representan los sectores social y educativo.
Comisión 3:  los consejeros que representan los sectores transporte, medio ambiente y comunitario.

Articulo 24.
24.1 Otras Comisiones,convenios y recursos
a) promover la realización de convenios de integración y cooperación a objeto de obtener recursos económicos y logísticos para el adecuado funcionamiento del Consejo Territorial.
b) llevar el inventario de recursos económicos y logísticos disponibles y de sus fuentes.
c) hacer seguimiento a la ejecución de los presupuestos públicos asignados al Consejo Territorial de Planeación Municipal.

24.2 education e investigación
a) promover y diseñar estrategias planes y programas educativos para la actualización de conocimientos de los miembros del Consejo Territorial de Planeación Municipal.

Articulo 25. Comisiones accidentales y transitorias

Se establecen las comisiones de carácter accidental o transitorias que se requieran para el buen desempeño de las funciones del Consejo Territorial de Planeación Municipal.
En los casos en los cuales el Consejo determine que se requiere un tratamiento especial investigación consulta cuantificación y/o evaluación no susceptible de realizarse en la sesión la Mesa Directiva designará una comisión accidental o transitoria o delegada a una de las comisiones existentes.

Capitulo V: Presentacion de documentos e iniciativas al Consejo Territorial de Planeacion Municipal | Reglamento CTP GUASCA

 

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15 de Marzo de 2012


"el Consejo Territorial de Planeación Municipal 
como parte constitutiva del 
Sistema Nacional de Planeación 
ante 
la necesidad de 
promover la participación ciudadana,
 la gestión pública eficiente 
y el logro de la paz en un ambiente de concordancia y justicia social,
 aprueba el presente reglamento que se rige por el siguiente articulado"
Preambulo Reglamento

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1.3 Competencias del CTP De Guasca | Articulo 10: Reglamento CTPM

1.4 Nueve(9) DEBERES de los Consejeros Territoriales De Planeación | Articulo 41, Reglamento CTP GUASCA 

2. Mis Apreciaciones Sobre el CTP Municipal de Guasca







2.11 La Falta de Seriedad En El CTP GUASCA | ¡ Un Consejero Informa !!! a la Mesa directiva

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1.

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Capitulo V
Presentacion de documentos e iniciativas al Consejo Territorial de Planeacion Municipal

Artículo 20. presentación de ponencias y documentos. 

Todo documento que presenta el gobierno municipal, las entidades públicas, los particulares o consejeras o consejeros para información o discusión de la plenaria del Consejo de sus comisiones. Deberá ser radicado previamente en la secretaria general.

Los documentos y ponencias podrán ser retirados o anulados por su autor siempre y cuando no hayan sido discutidos aún en las comisiones.

Artículo 21. publicación y reparto oficial.

Todos los documentos o las ponencias recibidas estarán para la consulta pública de los miembros del Consejo Territorial de Planeación Municipal en el archivo dispuesto por la Secretaria General.

Artículo 22. Requisitos de las ponencias y los documentos aprobados por el Consejo Territorial de Planeación Municipal:
Ningun documento o ponencia será oficial del Consejo Territorial de Planeación sin el cumplimiento de los requisitos o condiciones siguientes:

1. Haber sido repartido oficial y previamente a todas las consejeras y todos los consejeros.
2. Haber sido discutido o aprobado en plenaria te gustaría que leyera otra parte del documento.

Capitulo IV: De La Mesa Directiva

 

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15 de Marzo de 2012


"el Consejo Territorial de Planeación Municipal 
como parte constitutiva del 
Sistema Nacional de Planeación 
ante 
la necesidad de 
promover la participación ciudadana,
 la gestión pública eficiente 
y el logro de la paz en un ambiente de concordancia y justicia social,
 aprueba el presente reglamento que se rige por el siguiente articulado"
Preambulo Reglamento

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1.3 Competencias del CTP De Guasca | Articulo 10: Reglamento CTPM

1.4 Nueve(9) DEBERES de los Consejeros Territoriales De Planeación | Articulo 41, Reglamento CTP GUASCA 

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1.

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Capitulo IV
De La Mesa Directiva

Articulo 11. Composición y Periodo.

El Consejo Territorial de Planeación tendrá una Mesa Directiva compuesta por un Presidente un Vicepresidente un Secretario General y organizar a las comisiones de evaluación y seguimiento al plan de desarrollo municipal.

La Mesa Directiva será elegida por mayoría de votos. Su periodo será de un año y prorrogable por un período igual a decisión de la plenaria del Consejo Territorial de Planeación Municipal

Articulo 12. Atribuciones

Como órgano de dirección orientación y coordinación del Consejo Territorial de Planeación Municipal la Mesa Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

1. facilitar la ejecución de las políticas definidas por la plenaria del Consejo Territorial

2. presentar el proyecto de plan estratégico que será aprobado por la plenaria del Consejo Territorial de Planeación el cual guiara su accionar así como proponer las modificaciones y ajustes necesarios.

3. Proponer a la plenaria del Consejo la realización de audiencias, públicas, locales, sectoriales y temáticas requeridas dentro del proceso planeación ejecución control social seguimiento evaluación consulta y debate para la definición de conceptos y recomendaciones de los proyectos de plan de desarrollo municipal Plan de Ordenamiento Territorial tetori, desarrollos.

4. proponer la agenda de trabajo y planes de acción para su aprobación en la plenaria del Consejo Territorial.

5. adoptar el plan de acción y operativo que conlleve a la ejecución del Plan Estratégico del Consejo Territorial de Planeación Municipal

6. adoptar las decisiones y medidas necesarias y procedentes para una mejor organización interna estructura administrativa en orden a un eficiente labor.

7. coordinar las actividades de las comisiones.

8. solicitar a la administración municipal los apoyos de carácter logístico y Administrativo que se requiera para el correcto funcionamiento del Consejo.

9. promover la composición de las comisiones en que se estructura el Consejo Territorial de Planeación.

10. apoyar y vigilar el funcionamiento de las Comisiones transitorias y permanentes y velar por la oportuna realización de las actividades encomendadas.

11. autorizar la sesión de las comisiones fuera de la sede del Consejo Territorial de Planeación.

12. autorizar el cambio o traslado de miembros entre las comisiones de acuerdo con la solicitud de los respectivos integrantes.

13. ejercer las demás funciones de orden y de gestión interna del Consejo que no estén adscritas a un órgano específico y las demás que establezca el reglamento.

14. promover la participación de los diversos sectores en las audiencias que se programen para que sean escuchados por las comisiones y plenarias y fijar las condiciones dentro de las cuáles se llevarán a cabo dichas audiencias.

15.Resolver y decidir sobre los vacios y conflictos de interpretacion del presente reglamento.

16. Someter a la Plenaria del consejo territorial de planeacion la agenda de trabajo y garantizar su cumplimiento.

Artículo 13. reuniones.

La Mesa Directiva se reunirá en cualquier tiempo cuando se ha convocada por el Presidente del Consejo Territorial o en su defecto por la mitad más uno de sus miembros.

Las comisiones se reunirán por convocatoria del respectivo coordinador o en su defecto por la mitad más uno de sus miembros respectivos.

Articulo 14. Secretaria de Planeación Municipal

El Consejo Territorial de Planeación contará con los servicios de la Secretaria de Planeación Municipal que será la encargada de prestarle el apoyo logístico técnico y operativo.

Articulo 15. funciones del presidente

Son funciones del presidente:

1. convocar presidir y dirigir las sesiones del Consejo Territorial y la Mesa Directiva.

2. instalar abrir cerrar y clausurar las sesiones del Consejo.

3. cumplir y hacer cumplir el reglamento y mantener el orden interno. 

4. observar el reparto de los documentos que se presenten para el trabajo del Consejo y de sus comisiones .

5. suscribir con el secretario general las actas documentos convocatorias y citaciones que se aprueben en la plenaria así como las comunicaciones del Consejo Territorial de Planeación Municipal.

6. llevar o delegar la representación del Consejo Territorial ante los organismos y las ramas del poder político y ante la sociedad civil.

7. designar las comisiones accidentales que demanda el trabajo del Consejo buscando un adecuado equilibrio intersectorial.

8. supervisar el funcionamiento de la Secretaría de Planeación para el correcto funcionamiento del Consejo.

9. coordinar el trabajo y las buenas relaciones entre las consejeras y los consejeros estableciendo los vínculos de comunicaciones necesarios para una eficaz trabajo.

10. convocar a sesiones extraordinarias cuando fuere necesario.

11. Desempeñar las demas funciones que hacen parte de la naturaleza de su cargo.

Articulo 16. funciones del vicepresidente el vicepresidente

El vicepresidente sustituye al presidente ejerciendo sus funciones en el caso de vacancia, ausencia o imposibilidad de este desempeñara además otras funciones que le encomiende el Presidente o la Mesa Directiva.

Artículo 17. funciones del secretario general. 

Son funciones del secretario general:
1. asistir a todas las sesiones en su defecto del Consejo Territorial designará una doc para la sesión en la cual falta el titular 
2 . llevar y suscribir con el presidente las actas de las sesiones del Consejo Territorial de Planeación Municipal tres dar lectura a las proposiciones y demás documentos y mensajes que deban ser conocidos leídos en sesión plenaria 
4. informar sobre los resultados de las clases de votaciones que se cumplan en el Consejo 
5. dar curso fuera de la sesión a las comunicaciones y demás documentos o mensajes recibidos.
6. informar regularmente al Presidente de todos los mensajes y documentos dirigidos al Consejo Territorial de Planeación y acusar oportunamente su recibo 
7. citar a los consejeros a las sesiones, previamente y con la debida antelación y especificando la fecha hora y el bar con el apoyo de la administración, 
8. mantener organizado y actualizado un registro de entrega y devolución en de los documentos y formar a los consejeros de los documentos relacionados con la gestión y del Consejo y comisiones.
9. entregar a sus sucesor con riguroso inventario todos los documentos enseres y demás elementos a su cargo.
10. expedir la certificaciones e informes que soliciten las autoridades o los particulares.
11. Mantener debidamente vigilados y custodiados los documentos y las actas del Consejo.
12. llamar a lista con el fin de verificar el quórum y verificar que los miembros del Consejo concurran puntualmente a las sesiones. Recurriendo con apremio. Si fuera el caso la presencia de sus ausentes que no estén debidamente excusados.
13. tramitar la correspondencia ordenada por el Consejo Territorial de Planeación Municipal o su mesa directiva.
14. las demás funciones que señale el Consejo la Mesa Directiva y las inherentes a la naturaleza de su cargo.
15. Establecer una estrategia de comunicacion interna del Consejo Territorial consejeros barras de los documentos relacionados con la gestión del Consejo y comisiones.
16. hacer entrega para los consejeros de las actas para su aprobación en sesión plenaria.

Articulo 18. Vacancias

Las faltas absolutas de los miembros de la mesa directiva se suplen con una nueva elección, dentro de los siguientes reinta(30) dias habiles a la declaratoria.

La falta absoluta del Presidente se suple con una nueva elección para el resto del periodo institucional en la falta temporal de una o varias sesiones asume las funciones en la vicepresidente y en su defecto el miembro del Consejo según el orden alfabético.

Artículo 19. Participación.

Los Miembros del Consejo Territorial de Planeación promoverán la conformación de equipos o mesas de trabajo en la perspectiva de estructurar y desarrollar el Sistema Municipal de Planeación y las estrategias de participación.

Capitulo III: De Las Atribuciones, Funciones y Competencias del Consejo | Reglamento CTP GUASCA

 

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15 de Marzo de 2012


"el Consejo Territorial de Planeación Municipal 
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1.4 Nueve(9) DEBERES de los Consejeros Territoriales De Planeación | Articulo 41, Reglamento CTP GUASCA 

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2.11 La Falta de Seriedad En El CTP GUASCA | ¡ Un Consejero Informa !!! a la Mesa directiva

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1.

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CAPITULO III
De las Atribuciones Funciones y Competencias del Consejo

Articulo 9: Atribuciones y funciones del Consejo Territorial de Planeación Municipal.

Las funciones y atribuciones del Consejo Territorial de Planeación Municipal son las estipuladas en la Constitución Política la ley 152 de 1994, el acuerdo en línea el nueve y las normas que lo modifiquen y demás leyes.

Con respecto al Plan Municipal de Desarrollo:

1. Analizar y discutir el proyecto del Plan de Desarrollo Municipal.

2. Organizar y coordinar una amplia discusión sobre el proyecto de plan de desarrollo mediante la organización de reuniones en cada zona del municipio en las cuales intervengan los consejeros y representantes de los sectores económicos sociales ecológicos comunitarios educativos y culturales con el fin de garantizar eficazmente la participación ciudadana de acuerdo con el artículo 34 de la Constitución Política.

3. Absorber las consultas que De la Administración o las demás autoridades de planeación durante la discusión del proyecto del Plan.

4. Formular recomendaciones a las demás autoridades y organismos de planeación sobre el contenido y la forma del plan.

5. Conceptuar sobre el proyecto del Plan de Desarrollo elaborado por la Administración Municipal.

6. Verificar la correspondencia del Plan de Desarrollo con el programa de gobierno registrado por el alcalde al momento de la inscripción como candidato.

7. Monitorear el cumplimiento de los compromisos plasmados en el Plan de Desarrollo y presentar a la administración municipal, las observaciones y sugerencias que consideren pertinentes para lograr los objetivos y las metas propuestas.

8. Evaluar el plan de desarrollo anterior para establecer cuáles proyectos merecen continuidad de acuerdo con su impacto social.

9. Las demás que establezca su reglamento interno que correspondan con su naturaleza y que no estén en contra de la Constitución y la ley.

Parágrafo: La Secretaría de Planeación Municipal prestará al Consejo de PM el apoyo administrativo y logístico que sea indispensable para su funcionamiento.

Con respecto al esquema de ordenamiento territorial

Cumplirá las funciones que le correspondan de acuerdo a las normas generales sobre ordenamiento territorial, sus reglamentaciones y actos administrativos pertinentes.

Artículo 10. Son Competencias del Consejo Territorial De Planeación Municipal

1. Elegir y remover a la mesa directiva.

2. Dictarse su reglamento y modificarlo cuando lo considere pertinente.

3. Aprobar las actas.

4. Definir las Comisiones Permanentes y transitorias y la estructura administrativa conforme a los requerimientos del Consejo Territorial.

5. Aprobar proposiciones documentos y declaraciones que surjan de las discusiones de la plenaria y de las comisiones.

6. Solicitar a la administración municipal organismos de control órganos administrativos locales los informes que necesite para el cumplimiento de las funciones del CP.

7. Autorizar la suscripción de convenios.

8. Determinar la celebración de sesiones.

9. Gestionar ante el gobierno municipal en cabeza del alcalde y apoyo de la Secretaria de Planeación Municipal el apoyo de la administración pública para el mejor desempeño de sus atribuciones y funciones, conforme al mandato legal.

miércoles, 26 de febrero de 2025

Encuesta Sobre EL AGENDAMIENTO DE CITAS, Via Telefónica | Centro De Salud De Guasca

 

LINK DE LA ENCUENTA

"Veeduria de
La Politica Publica En Salud
Del Municipio De Guasca
Así Como
La Prestación Efectiva
Del Servicio De Salud
En el
Centro De Salud
Del Municipio De Guasca"
Objeto Veeduria
 

2. El Eterno Problema En El Centro De Salud | El Agendamiento De Citas


4. Intervención GERENTE Hospital de Guatavita |Concejo 31 de Agosto/2024


ACTUALIZACIONES:

1.

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ENCUESTA DEL AÑO PASADO

El año pasado en el mes de Septiembre realizamos una Encuesta sobre la Percepción del Servicio en el centro de Salud, arrojando que un 87% lo Calificaba como malo.

LINK DE LA ENCUESTA

HOY MIERCOLES 26 DE FEBRERO

Hoy lancé otra Encuesta sobre especificamente el Procedimiento de Agendamiento de Citas Medicas, Via Telefonica. Aqui el link de la Encuesta.

Siendo las 11 y 15 de la Mañana este va siendo el Resultado.


LAS COSAS EMPEORAN CON ESTE PROCESO 

Este proceso es calificado por el 99 % de los Votantes, entre Malo y Perverso.

Capitulo I: Ambito de Aplicación, Vigencias, Documentos del Plan y Revisiones | EOT GUASCA, Titulo I: Componente General

 

LINK DEL EOT

"El Presente EOT Tiene una vigencia de 12 años.

El contenido de Corto Plazo tendrá una vigencia de 4 años,
el de Mediano Plazo de 8 años,
y el componente de largo plazo de 12 años,
respectivamente a partir de la fecha de aprobación
del presente EOT.

Cuando en el Curso de la Vigencia del EOT
llegue a su termino el periodo de sus componentes
y contenidos de corto y mediano plazo,
se podrá adelantar su Revisión.

Si al finalizar el Plazo de vigencia establecido
no se ha adoptado un nuevo EOT,
Seguirá vigente el Yá adoptado."
Articulo 4 VIGENCIA EOT


Hilos Sueltos Relacionados:


1.2 Capitulo I

2. Meta 127 | EOT GUASCA 2021- 2033


Actualizaciones:

1. 
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Entrada Destacada de los Ultimos Dias

¿Bajo qué circunstancia se puede iniciar la revisión de los planes de ordenamiento territorial?

LINK DEL CONCEPTO                                                                        "E l Consejo Territorial de Planeación Municip...

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