domingo, 17 de diciembre de 2023

ERROR #1 Del CONCEJO MUNICIPAL 2022-2023 En el PLAN DE DESARROLLO

 

LINK DEL PLAN DE DESARROLLO 2020-2023

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Hilos Sueltos Relacionados:

1. PLAN DE DESARROLLO GUASCA RENACE.

2. Articulo 313 De La Constitución Politica de Colombia: Concejales.

3. Ley ORGANICA de PLAN DE DESARROLLO: Ley 152 de 1994

4. El Politico Mediocre ( 1 )

5. Reglamento del CONCEJO TERRITORIAL DE PLANEACION de Guasca

Actualizaciones:

1. Diciembre 18,

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El dia de hoy Domingo 17 de 2023, inicio el ESTUDIO del PLAN DE DESARROLLO DE GUASCA RENACE. Ya en dias pasados habiamos comenzado un ANALISIS, esto es un visibilizar las partes de este Plan mediante la entrada siguiente.

Hoy basandome en esa entrada inició un estudio a fondo de ese Plan.

ERROR #1 DEL CONCEJO MUNICIPAL 2020-2023

Como se nota en la portada de este hilo del pensar, subrayado en verde, leemos las siguientes palabras:
"En uso de sus facultades, en especial los numerales 1 y 4 del articulo 313"
El numeral 1 del Articulo 313 habla de: "Reglamentar las Funciones y la Eficiente Prestación de los SERVICIOS a cargo del Municipio".

Logicamente, este numeral NO TIENE NADA que ver con las FACULTADES que le Dá la Constitución Politica de Colombia al CONCEJO sobre  el PLAN DE DESARROLLO, pues, este Instrumento de Planeación no es realmente un SERVICIO del Municipio.

El numeral 4 del Articulo 313 habla de : "Votar de Conformidad con la Constitución y la Ley los Tributos y los Gastos Locales".

Logicamente, tambien,  este numeral NO TIENE NADA que ver con las FACULTADES que le Dá la Constitución Politica de Colombia al CONCEJO sobre  el PLAN DE DESARROLLO, pues, este numeral faculta a VOTAR pero los Impuestos y gastos del Muncipio, no el Plan.

SOLUCION: El numeral 2 del Articulo 313, Sí

El numeral que realmente FACULTA al CONCEJO MUNICIPAL, es el Numeral 2 que dice: "Adoptar los correspondientes Planes y Programas de Desarrollo economico y social y de obras Publicas".

Es claro que el PLAN DE DESARROLLO incluye planes y programas de desarrollo economico y social, como tambien de obras publicas. 

Asi pues, serio y va un PRIMER ERROR que encuentro en el Estudio del PLAN DE DESARROLLO GUASCA RENACE 2020-2023, Yá que es el Numeral 2 del Articulo 313 el que le dá la COMPETENCIA AL CONCEJO para actuar con respecto a este instrumento de Planeación y no es el numeral 1 y 4 como lo menciona su acuerdo.

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