miércoles, 17 de enero de 2024

PLAN DE GESTION AMBIENTAL REGIONAL - PGAR | Decreto 1076 De 2015

 

LINK DECRETO 1076 De 2015

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Hilos Sueltos Relacionados:

0. NORMATIVAS

0.1 DECRETO 1076 de 2025: Decreto Unico Reglamentario Sector Ambiente

0.1 PGAR

0.2 PAC 

0.2 LEY ORGANICA De Planes de Desarrollo: Ley 152 de 1994

0.3 La IMPORTANCIA del Seguimiento a los Planes de Desarrollo  

1. CORPOGUAVIO 2024-2027

1.1 PGAR 2024-2035 CORPOGUAVIO( Seis Documentos)

1.1.1 Plan de Gestion Ambiental Regional 2024-2035

1.1.2 Evaluación PGAR 2024-2035

1.1.3 Diagnostico Ambiental

1.1.4 Vision Regional

1.1.5 Lineas Estrategicas

1.1.6 Instrumentos de Evaluación y Seguimiento 

2. GOBERNACION DE CUNDINAMARCA 2024-2027

2.1 Mesas Territoriales | Plan de Desarrollo Departamental 

2.3 FAN PAGE: CorpoGuavio 

3. ALCALDIA GUASCA 2024-2027

3.2 PAGINA WEB Alcaldia Guasca

3.3 FAN PAGE  Alcaldia Guasca 

3.4 ¿Qué Dice el Programa de Wilfrido Cotes sobre las RUTAS ESCOLARES?

 3.4.1 ¿Iniciarán las RUTAS ESCOLARES que dia Que Ingresen los Estudiantes?

4. CONCEJO MUNICIPAL DE GUASCA 2024-2027

4.1 REGLAMENTO INTERNO

4.2  PAGINA WEB Concejo Municipal.

4.3 FAN PAGE Concejo Muncipal  

4.4 SESION INAUGURAL 

4.5 CARTA ABIERTA al Presidente del Concejo Municipal 

4.5.1 El PRINCIPIO de Neutralidad Religiosa del Estado Colombiano.

4.6 JUNTA DIRECTIVA 2024 


Actualizaciones:

1. Enero 18, 

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Libro 1: Estructura.

Libro 2: Reglamentario Sector Ambiente.

Parte 2: Reglamentaciones
 
Titulo 8: Gestión Institucional

 

Capitulo 6: Instrumentos dePlanificación ambiental Corporaciones Autonomas

Seccion 1: Disposiciones Generales

Seccion 2: De la Planificacion Ambiental

Seccion 3: Plan De Gestion Ambiental - PGAR 

Sección 4: Plan De Acción Cuatrienal - PAC

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ARTÍCULO 2.2.8.6.3.1. Plan de Gestión Ambiental Regional, PGAR. 

El Plan de Gestión Ambiental Regional es el instrumento de planificación estratégico de largo plazo de las Corporaciones Autónomas Regionales para el área de su jurisdicción, que permite orientar su gestión e integrar las acciones de todos los actores regionales con el fin de que el proceso de desarrollo avance hacia la sostenibilidad de las regiones.

El Plan de Gestión Ambiental Regional tendrá una vigencia de mínimo 10 años.

Las Corporaciones Autónomas Regionales tienen la responsabilidad de la formulación del PGAR en coordinación con las entidades territoriales de su jurisdicción y los representantes de los diferentes sectores sociales y económicos de la región. El PGAR deberá ser aprobado por el Consejo Directivo de la respectiva Corporación.

PARÁGRAFO . Las entidades territoriales considerarán las líneas estratégicas definidas en el Plan de Gestión Ambiental Regional en la formulación y/o ajuste de los Planes de Ordenamiento Territorial de que trata la Ley 388 de 1997, así como en sus Planes de Desarrollo.

(Decreto 1200 de 2004, art.4)

ARTÍCULO 2.2.8.6.3.2. Componentes del plan de gestión ambiental regional.

El Plan de Gestión Ambiental Regional deberá contemplar como mínimo cuatro componentes:

1. Diagnóstico ambiental.

2. Visión regional.

3. Líneas estratégicas.

4. Instrumentos de seguimiento y evaluación.

1. Diagnóstico Ambiental del Plan de Gestión Ambiental Regional.

 El Diagnóstico Ambiental corresponde al análisis integral de los componentes sociales, económicos, culturales y biofísicos que determinan el estado de los recursos naturales renovables y del ambiente. En su formulación se deben considerar las relaciones urbano-rurales y regionales, así como las dinámicas entre la oferta y la demanda de bienes y servicios ambientales. Este deberá incluir indicadores de gestión, ambientales y de impacto. El sistema de indicadores será la base para el seguimiento y evaluación de que trata la Sección V de este decreto.

El diagnóstico debe ir acompañado de cartografía relacionada con la problemática ambiental regional a una escala adecuada, y apoyarse en la información disponible que deberá ser suministrada por las entidades científicas vinculadas y adscritas al Ministerio y demás entidades generadoras de información básica.

2. Visión ambiental para el Desarrollo Regional.

 Partiendo del diagnóstico se identificará, con la participación de los diferentes actores, el escenario de sostenibilidad ambiental para garantizar el proceso de desarrollo regional del área de jurisdicción de la respectiva Corporación y se determinarán los retos y objetivos del PGAR.

3. Líneas Estratégicas del Plan de Gestión Ambiental Regional.

 Se determinarán las líneas estratégicas prioritarias de gestión ambiental con sus respectivas metas, para alcanzar el escenario identificado en la visión ambiental para el Desarrollo Regional. Estas líneas estratégicas de gestión se constituyen en el marco de referencia para identificar las responsabilidades y compromisos de los diferentes actores de acuerdo con sus competencias, en torno a la solución de los problemas identificados y el desarrollo de las potencialidades ambientales en el área de jurisdicción de la Corporación.

En la definición de las líneas estratégicas se determinarán los requerimientos de financiación, las posibles fuentes y los mecanismos de articulación entre ellas.

Los contenidos del Plan de Gestión Ambiental Regional deben constituirse en la base para la actualización de las determinantes ambientales para los Planes de Ordenamiento Territorial, lo cual debe ser ampliamente socializado con los municipios de la Jurisdicción de la Corporación.

4. Instrumento de Seguimiento y Evaluación del Plan de Gestión Ambiental Regional. 

La Corporación Autónoma Regional deberá implementar, en coordinación con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, un sistema de seguimiento y evaluación del Plan de Gestión Ambiental Regional y de la variación del estado de los recursos naturales y el ambiente y su impacto sobre la calidad de vida de la población y las condiciones de desarrollo regional. Este sistema deberá seguir los lineamientos establecidos en la Sección V de este decreto.

(Decreto 1200 de 2004, art. 5)

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