viernes, 12 de enero de 2024

CARTA ABIERTA Al PRESIDENTE Del CONCEJO MUNICIPAL DE GUASCA 2024

 




Guasca, Cundinamarca, Enero 12 del 2024

Señor

DELFIN OCTAVIO RAMIREZ

Presidente Concejo Municipal

Guasca, Cundinamarca.


Respetuoso Saludo Concejal.

La Vida me ha enseñado que los titulos no hacen la Persona, menos a un servidor publico.

Yo no tengo titulos, pero me considero una persona que investigo y hablo con Fundamentos, cuando me dirijo a personas tan ocupadas como Usted, para no hacerles perder su tiempo.

Desde el dia de la SESION INAUGURAL del Concejo Munipal de Guasca el dia 2 de Enero a las 4 de la tarde, noté UNOS HECHOS que me llamaron la atención:

a. El Orden del día que leyó el Presidente Provisional de la SESION INAUGURAL, NO fué sometido a DISCUSION, como tengo costumbre ver cuando observo detenidamente las sesiones del Concejo.

b. En este Orden del dia en el Punto 4, vi que estaba "Palabras del Delegado de la Iglesia Vicaria".

c. Cuando le toca el turno al "Delegado de la Iglesia Vicaria", el Presidente Provisional lo introduce con las siguientes palabras: "...y le pedimos que dirija una ORACION...".Minuto 45:40 grabación de la sesion en Fan Page del Concejo Municipal en Facebook.

d. "El Delegado de la Iglesia Vicaria" efectivamente realiza UNA ORACION ante la solicitud del Presidente Provisional como una EXPRESION DE FE RELIGIOSA, MUY RESPETABLE FE, del minuto 45:50 al minuto 48:52, es decir por espacio de 3 minutos aproximadamente.

e. La Señora Justin Alexa Hernandez es CONCEJAL actualmente de Guasca, elegida popularmente el dia 29 de Octubre, por primera vez. Ella llega en representación de una COMUNIDAD RELIGIOSA minoritaria, pero igualmente RESPETABLE en Guasca.

Estos HECHOS, - dije Yo, en mis adentros-, voy a manifestarselos al Presidente elegido con el ánimo de que me ILUSTRE sobre la materia Ya que NO soy Abogado y para que analicen en reuniones internas del Concejo, si no se estaria violando SUPUESTAMENTE la ley y la jurisprudencia sobre cuestiones de: Laicidad del Estado Colombia, Libertad e Igualdad de Cultos y sobre todo EL PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD RELIGIOSA DEL ESTADO COLOMBIANO en Sentencia de la Corte Constitucional C-088/22 que le referencio por intermedio de un link a un escrito en mi blog.

El dia de ayer, vi la oportunidad de DIALOGAR RESPETUOSAMENTE con Usted sobre el asunto, con el ánimo, vuelvo y REITERO de poner a pensar a todo el Concejo en Pleno sobre estos asuntos, llevados por Usted a ellos, como un conducto INFORMAL. Pero, me dí cuenta que su ACTITUD hacia el dialogo no es la mejor. Pues cuando Usted me dió sus "argumentos", Yo contraargumenté con los mios, ...y pues noté que Usted se exaltó bastante y preferí partir de su presencia con estas palabras:

"Voy a Ilustrarlo sobre el tema".

Esta CARTA ABIERTA es con el ánimo, de pronto no de Ilustrarlo, porque Usted es una persona Ilustre, Yá. Lo que pretendo es mostrarle los HECHOS sin el apasionamiento de la cara a cara con el enfasis de sentirse ganador en un litigio, con un simple ciudadano de a pie sin titulos de derecho.

Este Ciudadano de a pie, desconocedor del Derecho, que llegó a Usted con el ánimo de ser Ilustrado sobre esta tematica, hace unos años se vió en litigios de indole ESTADO-RELIGION y pues, tengo leves indicios de como deben ser las relaciones el Estado con las diferentes Iglesias de Colombia. 

Dejo pues esta carta abierta en la Oficina de la Secretaria del Concejo para que sea discutida y por favor me regale UN CONCEPTO sobre los Hechos relacionados y me permitan salirme de mi OSCURIDAD en las leyes, respecto al considerar que SUPUESTAMENTE el Concejo violó, vuelvo y repito SUPUESTAMENTE, cierta jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Muchas Gracias por atender esta SOLICITUD.

Atentamente,

CARLOS ALBERTO GALARZA VASQUEZ

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