miércoles, 26 de febrero de 2025

Encuesta Sobre EL AGENDAMIENTO DE CITAS, Via Telefónica | Centro De Salud De Guasca

 

LINK DE LA ENCUENTA

"Veeduria de
La Politica Publica En Salud
Del Municipio De Guasca
Así Como
La Prestación Efectiva
Del Servicio De Salud
En el
Centro De Salud
Del Municipio De Guasca"
Objeto Veeduria
 

2. El Eterno Problema En El Centro De Salud | El Agendamiento De Citas


4. Intervención GERENTE Hospital de Guatavita |Concejo 31 de Agosto/2024


ACTUALIZACIONES:

1.

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ENCUESTA DEL AÑO PASADO

El año pasado en el mes de Septiembre realizamos una Encuesta sobre la Percepción del Servicio en el centro de Salud, arrojando que un 87% lo Calificaba como malo.

LINK DE LA ENCUESTA

HOY MIERCOLES 26 DE FEBRERO

Hoy lancé otra Encuesta sobre especificamente el Procedimiento de Agendamiento de Citas Medicas, Via Telefonica. Aqui el link de la Encuesta.

Siendo las 11 y 15 de la Mañana este va siendo el Resultado.


LAS COSAS EMPEORAN CON ESTE PROCESO 

Este proceso es calificado por el 99 % de los Votantes, entre Malo y Perverso.

Capitulo I: Ambito de Aplicación, Vigencias, Documentos del Plan y Revisiones | EOT GUASCA, Titulo I: Componente General

 

LINK DEL EOT

"El Presente EOT Tiene una vigencia de 12 años.

El contenido de Corto Plazo tendrá una vigencia de 4 años,
el de Mediano Plazo de 8 años,
y el componente de largo plazo de 12 años,
respectivamente a partir de la fecha de aprobación
del presente EOT.

Cuando en el Curso de la Vigencia del EOT
llegue a su termino el periodo de sus componentes
y contenidos de corto y mediano plazo,
se podrá adelantar su Revisión.

Si al finalizar el Plazo de vigencia establecido
no se ha adoptado un nuevo EOT,
Seguirá vigente el Yá adoptado."
Articulo 4 VIGENCIA EOT


Hilos Sueltos Relacionados:


1.2 Capitulo I

2. Meta 127 | EOT GUASCA 2021- 2033


Actualizaciones:

1. 
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martes, 25 de febrero de 2025

Un Nuevo DIALOGO SOCIAL | El Control Social ( Veedurias, CTP ) y La Nueva Oficina De Control Interno de Guasca

 

"El diálogo 
es el camino
 hacia la comprensión mutua 
la construcción de 
un futuro compartido."- 
Anónimo 


HILOS SUELTOS RELACIONADOS

0. El CTP y La OFICINA DE CONTROL INTERNO


4. Ley 87 de 1993: Ejercicio del CONTROL INTERNO

ACTUALIZACIONES:

1.

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Una Iniciativa del Ingeniero Germán Montoya

Como miembros activos de la comunidad y participantes en la construcción de nuestro territorio, sabemos que el Consejo Territorial de Planeación (CTP) juega un papel crucial como órgano consultivo y de participación ciudadana en la planificación de nuestro desarrollo. El CTP es la voz de la gente en la definición de las prioridades y estrategias que guiarán el futuro de nuestro municipio.

En este espíritu de colaboración y mejora continua, quiero compartir con ustedes una noticia que considero muy positiva y que marca un hito en la gestión pública de Guasca. Por iniciativa del jefe de la Oficina de Planeación, el Ingeniero Germán Montoya, este jueves tendremos un encuentro con la Oficina de Control Interno (OCI),- recién establecida en nuestra Administración Municipal hace menos de un mes,- para colaborar en la actualización del reglamento interno del CTP. ¡Así es! La OCI, ese ente que tradicionalmente asociamos con auditorías y supervisiones, está tendiendo un puente hacia la participación ciudadana en Guasca, gracias a la visión del Ingeniero Montoya.

Nuestro reglamento interno, que data del 2012, necesita una revisión para adaptarse a los nuevos tiempos y garantizar que la participación ciudadana sea lo más efectiva posible. Este acercamiento, que celebro enormemente, me recuerda el curso que realicé el año pasado sobre "Diálogo Social para el Control Social y su articulación con el sistema de control interno institucional". En ese espacio, aprendí que el control interno no debe ser un ente aislado, sino un aliado de la ciudadanía en la vigilancia de la gestión pública.

El objetivo de este artículo es explorar cómo esta iniciativa del Ingeniero Germán Montoya, con el apoyo de la OCI en su primera acción de apoyo al CTP, puede fortalecer el diálogo entre el control interno y el control social, mejorar la transparencia y la eficacia de la gestión pública territorial en Guasca, y empoderar a la ciudadanía en la planificación del desarrollo.

Un Reglamento Desactualizado | Obstáculos a la Participación Ciudadana

¿Por qué es importante actualizar nuestro reglamento interno? La respuesta es sencilla: porque un reglamento desactualizado puede convertirse en un obstáculo para la participación ciudadana. Procedimientos poco claros, requisitos excesivos, falta de transparencia etc. Son muchas las formas en que un reglamento obsoleto puede limitar nuestra capacidad de incidir en las decisiones que afectan nuestro futuro.

Imaginen, por ejemplo, que el reglamento actual establece procedimientos complicados para presentar propuestas o que no contempla el uso de herramientas digitales para facilitar la participación a distancia. En ese caso, estaríamos perdiendo valiosas oportunidades de escuchar las voces de todos los ciudadanos y de construir un plan de desarrollo que refleje las necesidades y aspiraciones de nuestra comunidad.

La Oficina de Control Interno al Rescate

Es por eso que valoro la iniciativa del Ingeniero de colaborar con nosotros en la actualización del reglamento interno. Este gesto demuestra que la Oficina de Planeación, con el apoyo de la OCI, a pesar de su reciente llegada a la administración municipal, está dispuesta a ir más allá de su función tradicional de supervisión y auditoría para convertirse en un aliado estratégico de la participación ciudadana y la buena gobernanza en Guasca.

La OCI puede aportar su experiencia y conocimientos técnicos para garantizar que el nuevo reglamento cumpla con los principios de legalidad, transparencia, eficiencia y eficacia. Además, puede ayudarnos a identificar las mejores prácticas en materia de participación ciudadana y a adaptar el reglamento a las necesidades específicas de nuestro CTP.

Diálogo Social en Acción: Construyendo un Reglamento con la Gente

Este proceso de actualización del reglamento interno no puede ser un ejercicio meramente técnico. Debe ser un proceso de diálogo social en el que involucremos a todos los actores relevantes: los miembros del CTP, los funcionarios de la administración pública, las organizaciones sociales y la ciudadanía en general.

El diálogo social nos permitirá identificar las necesidades y expectativas de la comunidad, generar consenso sobre los cambios que se deben realizar y garantizar que el nuevo reglamento sea legítimo y eficaz. En este sentido, las herramientas y metodologías que aprendí en el curso sobre "Diálogo Social para el Control Social" serán de gran utilidad para facilitar este proceso participativo.

Un Futuro Prometedor

¿Qué esperamos lograr con esta actualización del reglamento interno? ¡Mucho! Esperamos fortalecer la participación ciudadana, mejorar la transparencia en la toma de decisiones, aumentar la eficacia de la gestión pública y empoderar a la ciudadanía en la planificación del desarrollo.

Imaginemos un CTP con un reglamento moderno y transparente, que facilite la participación de todos los ciudadanos, que promueva el debate abierto y constructivo, y que garantice que las decisiones se tomen de manera informada y responsable. ¡Ese es el CTP que queremos construir en Guasca!

Uniendo Fuerzas por la Gobernanza Territorial

En conclusión, quiero destacar la importancia de esta iniciativa del Ingeniero Germán Montoya, con el apoyo de la Oficina de Control Interno en cabeza del Administrador Publico Daniel Rodriguez, de colaborar con el CTP en la actualización de su reglamento interno. En Guasca, este es un primer paso que puede marcar la diferencia. Es un ejemplo inspirador de cómo el control interno y el control social pueden trabajar juntos para fortalecer la gobernanza territorial, promover la transparencia y la participación ciudadana, y construir un futuro más próspero y equitativo para todos.

¡Espero sus comentarios y sugerencias!
 ¿Qué esperan ustedes de este nuevo reglamento interno del CTP en Guasca?

EOT GUASCA 2021 | Competencia Concejo Municipal

 

LINK DEL EOT

 "El Presente EOT Tiene una vigencia de 12 años.



El contenido de Corto Plazo tendrá una vigencia de 4 años,
el de Mediano Plazo de 8 años,
y el componente de largo plazo de 12 años,
respectivamente a partir de la fecha de aprobación
del presente EOT.


Cuando en el Curso de la Vigencia del EOT
llegue a su termino el periodo de sus componentes
y contenidos de corto y mediano plazo,
se podrá adelantar su Revisión.


Si al finalizar el Plazo de vigencia establecido
no se ha adoptado un nuevo EOT,
Seguirá vigente el Yá adoptado."

Articulo 4 VIGENCIA EOT

Hilos Sueltos Relacionados:

1. 

Actualizaciones:

1. 
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Competencia:
  • Articulo 313 CP
  • Ley 388 de 1997
  • Ley 810 de 2003
  • Ley 1077 de 2015
C

Capitulo II: De La Integración del Consejo Territorial de Planeación Municipal | Reglamento CTP GUASCA

 

LINK DEL REGLAMENTO
15 de Marzo de 2012


"el Consejo Territorial de Planeación Municipal 
como parte constitutiva del 
Sistema Nacional de Planeación 
ante 
la necesidad de 
promover la participación ciudadana,
 la gestión pública eficiente 
y el logro de la paz en un ambiente de concordancia y justicia social,
 aprueba el presente reglamento que se rige por el siguiente articulado"
Preambulo Reglamento

Hilos Sueltos Relacionados:

1.3 Competencias del CTP De Guasca | Articulo 10: Reglamento CTPM

1.4 Nueve(9) DEBERES de los Consejeros Territoriales De Planeación | Articulo 41, Reglamento CTP GUASCA 

2. Mis Apreciaciones Sobre el CTP Municipal de Guasca







2.11 La Falta de Seriedad En El CTP GUASCA | ¡ Un Consejero Informa !!! a la Mesa directiva

2.12 Mis Palabras Ante el Concejo Municipal | 20 de Febrero 2025
3. El CTP y La OFICINA DE CONTROL INTERNO | Unas Miradas De Encuentro 

 Actualizaciones:

1.

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CAPITULO II: 

De la Integración del CTP Municipal

ARTICULO 6: Integración del Consejo Territorial de Planeación Municipal

El consejo Territorial de Planeación Municipal esta conformado por los miembros que establece la constitución política, la ley 152 de 1994 y la(s) que la sustituyan, modifiquen o complementen, en todo caso por representantes de los sectores de que trata el acuerdo 52 de 2010 aprobado por el concejo municipal de Guasca y con el cual se modificó el acuerdo 09 de 1998 , los que lo modifiquen o adicionen, modificados por el alcalde municipal de Guasca y quienes tendrán pleno derecho a voz y voto.

ARTICULO 7: Lugar de Sesiones.

El consejo Territorial de Planeación Municipal tiene su sede y domicilio en el municipio de Guasca, Cundinamarca o en el lugar que defina autónomamente la plenaria o en su defecto la mesa directiva.

ARTICULO 8: Instalación y clausura de Sesiones.

Las sesiones del consejo Territorial de Planeación Municipal serán instaladas y clausuradas por el presidente del mismo.

Parágrafo: al inicio de un nuevo periodo, la primera sesión del consejo Territorial, será instalada por el Consejero(a) seleccionado por el apellido en orden alfabético o por la autoridad Municipal que corresponda, quien pondrá en consideración de la plenaria el orden del día respectivo proponiendo la designación de un secretario ad-doc.

Parágrafo: Para efectos de este articulo se entiende que el periodo del consejo Territorial inicia en la fecha en la que el Alcalde expide el decreto con el que renueva cada cuatro años la mitad de los miembros del consejo.

lunes, 24 de febrero de 2025

¿Responsabilidad Social Desaparecida? | Transportadoras de Guasca le Dan la Espalda a los Jovenes Universitarios


 "El beneficio económico
 sin conciencia social
 es una forma de saqueo"
Autor Desconocido


HILOS SUELTOS RELACIONADOS:

1. Solicitudes A Los Transportadores de Guasca | Concejal Juan Manuel Rodriguez


Transportadoras de Guasca le dan la espalda a los Universitarios

En una sesión reciente del Concejo Municipal de Guasca, un debate ha encendido la indignación de la comunidad y puesto en el ojo del huracán a las empresas transportadoras que operan en el municipio. La propuesta, sencilla pero crucial: una tarifa diferencial para los estudiantes universitarios de Guasca que deben desplazarse diariamente a Bogotá, Chía y otros municipios aledaños para continuar sus estudios. La respuesta de las empresas: una negativa rotunda.

La solicitud, liderada por varios concejales, buscaba aliviar la carga económica que enfrentan decenas de familias guasqueñas, quienes ven en la educación superior la llave para un futuro mejor para sus hijos. El argumento era claro: las empresas de transporte, que durante años se han beneficiado de operar en Guasca, deben demostrar un compromiso real con la comunidad, contribuyendo a facilitar el acceso a la educación superior para los jóvenes.

Sin embargo, la respuesta de las empresas transportadoras fue decepcionante. Argumentaron que no pueden asumir el rol de "subsidiar" a los estudiantes, trasladando la responsabilidad únicamente a la administración municipal. Un argumento que, para muchos, revela una miopía preocupante y una falta de comprensión de lo que realmente significa la Responsabilidad Social Empresarial (RSE).

¿Dónde quedó la RSE?

La Responsabilidad Social Empresarial va mucho más allá de cumplir con la ley. Implica un compromiso genuino con el bienestar de la comunidad en la que se opera, reconociendo que el éxito empresarial no puede estar desligado del progreso social. En el caso de las empresas de transporte de Guasca, esta responsabilidad se hace aún más evidente. Sus operaciones dependen directamente de la infraestructura y la gente del municipio. Durante años, han generado ingresos gracias a la movilización de los guasqueños, pero ¿qué están devolviendo a la comunidad?

Negar una tarifa diferencial a los estudiantes universitarios no solo es un golpe al bolsillo de las familias, sino también una oportunidad perdida para invertir en el futuro de Guasca. Estos jóvenes, que se esfuerzan por obtener una educación superior, son el futuro de nuestro municipio. Son los que regresarán con nuevas ideas, conocimientos y la capacidad de contribuir al desarrollo local.

Un Acto de Miopía

La negativa de las empresas transportadoras a apoyar a los estudiantes universitarios de Guasca es un acto de miopía empresarial. Es un claro ejemplo de cómo algunas empresas priorizan las ganancias a corto plazo sobre la inversión a largo plazo en el capital humano y el desarrollo social.

Es hora de que las empresas transportadoras de Guasca reflexionen sobre su papel en la comunidad. Es hora de que demuestren un compromiso real con la Responsabilidad Social Empresarial. Una tarifa diferencial para los estudiantes universitarios no es un "subsidio", es una inversión en el futuro de Guasca.

¿Qué sigue?

La comunidad de Guasca no puede quedarse de brazos cruzados. Es necesario que los ciudadanos, las organizaciones sociales y la administración municipal unan fuerzas para exigir a las empresas transportadoras que reconsideren su posición. Es hora de que demuestren que son empresas socialmente responsables y que están comprometidas con el futuro de Guasca.

¡Guasca merece empresas comprometidas con su futuro!!!

No podemos permitir que la Responsabilidad Social Empresarial se quede solo en un discurso vacío.

¡ No A La Tarifa Diferencial A Los Estudiantes Univertarios !!! | Respuesta Empresas Transportadoras

 

LINK DE LA SESION COMPLETA

"El beneficio económico
 sin conciencia social
 es una forma de saqueo"
Autor Desconocido

HILOS SUELTOS RELACIONADOS:

1. Solicitudes A Los Transportadores de Guasca | Concejal Juan Manuel Rodriguez

Respuesta Del Sector Transporte A La SUBIDA del 10% En El Pasaje | Gerente Transguasca

 

LINK DE LA SESION COMPLETA

""
HILOS SUELTOS RELACIONADOS:

0. Solicitudes A Los Transportadores de Guasca | Concejal Juan Manuel Rodriguez

1. CONCEJALES: Ley 136 de 1994

2. EL REGLAMENTO INTERNO Del Concejo Municipal de Guasca

ACTUALIZACIONES:

1.

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VIDEO DE RESPUESTAS SOBRE TARIFAS

PUNTOS IMPORTANTES DE LA RESPUESTA

  1. Dos Escenarios:
    1. Transporte Intermunicipal
      1. Regula: Ministerio de Transporte y La Superintendencia de Puertos.
    2. Transporte Municipal.
      1. Regula: Alcaldia y Secretaria de Gobierno.
  2. El Regimen Tarifario
    1. Se basa en Una Estructura de Costos
      1. Insumos de la Canasta del Transporte.
        1. Costos Fijos, Costos Variables y Costos de Capital.
      2. Se tiene en cuenta no solo el IPC, sino los aumentos a la canasta del transporte.
      3. Desde donde se calcula la Tarifa
        1. Radicada ante la Superintendencia de Puertos.
    2. Regulado en la Resolución 3600 de 9 de Mayo del 2001 del Ministerio de Transporte.
    3. En el Escenario de "La Libertad Tarifaria"
  3. La Mesa Tecnica del año Pasado.
    1. Solicitud de los Concejales de revisar la Tarifa.
    2. No podemos caer en la competencia desleal
    3. Cada empresa tiene una Estructura de costos distinta.
    4. Se reunieron las diferentes Empresas de Transporte.
    5. ¿Porque no se aplicó el mismo porcentaje el IPC y el Salario Minimo?
    6. Los Costos de la Canasta subieron por el orden el 14%
    7. La Mesa de Transportadores NO consideron prudente...
    8. Tabla de precios en cada Vehiculo.
¡NO SE TOMÓ EN CUENTA LA REVISION!!!

Palabras más, palabras menos, NO se tomó en cuenta la revisión solicitad en la Mesa Tecnica con los Honorable Concejales, y se estableció un Incremento del 10% en el pasaje Guasca a Bogota.

Solicitudes A Los Transportadores de Guasca | Concejal Juan Manuel Rodriguez

 

LINK DE LA SESION TOTAL

""
HILOS SUELTOS RELACIONADOS:

1. CONCEJALES: Ley 136 de 1994

2. EL REGLAMENTO INTERNO Del Concejo Municipal de Guasca

ACTUALIZACIONES:

1.

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VIDEO DE SOLICITUDES CONCEJAL JUAN MANUEL

SOLICITUDES REALIZADAS

  1. ¿Como se realizó el aumento del transporte?
  2. El pequeñisimo descuento a los Estudiantes Universitarios
  3. Renovación de la Flota de Autobuses de Transguasca
  4. Ruta Sopo, Tocancipa, ¿Terminal Norte?
COMO PADRES DE FAMILIA AGRADECEMOS

Como Padres de Familia, Agradecemos al Joven Concejal Juan Manuel Rodriguez este gesto de Preocupación por los Jovenes Universitarios y a los estudiantes de Primaria y Secundaria que se desplazan a sus instituciones educativos dentro del Municipio. Muchas Gracias!!!

En una Proxima Entrada estaremos Analizando las RESPUESTAS del Gerente de Transguasca a las solicitudes respetuosas del Honorable Concejal Rodriguez.

¿"Más de DOS(2) años de Puesta en Vigencia"? | No Señores Veeduria, DOS(2) Años No es un Parámetro, Son 4, 8 y 12 Años

 

"Desea Conocer(La Veeduria Ambiental)
Cual es el Avance
o
La Propuesta que(:)
La Oficina Asesora de Planeación ( Existe),
La Oficina de Cultura, Ambiente y Agricultura (NO existe),
y el Concejo Municipal
Han Realizado
o
Realizarán sobre
La Modificación,
Revisión
y
Ajuste del
Esquema De OrdenamientoTerritorial Vigente (EOT 2021) En el Municipio
El Acuerdo 027 de 2021
Al Cumplirse
Más de dos años de su puesta en Vigencia(????)"

1. Comentarios A La Revisión "Extraordinaria" Solicitada Por La Veeduria Ambiental

1.0 Texto del Derecho de Petición de la Veeduria Ambiental

1.2 Derecho de Petición Veeduria Ambiental | Video de Lectura en el Concejo Municipal, viernes 7 de Febrero 2025

1.3 Solicito A la Veeduria Ambiental | Como Consejero Territorial De Planeación

1.5 ¿Solicitud de "REVISION EXTRAORDINARIA" del EOT?, ¡No Existe !!! | Petición de la Veeduria Ambiental de Guasca.



3.1 Articulo 28: Vigencia y Revisión Del Plan De Ordenamiento | Ley 318 de 1997

7. El CTP y La OFICINA DE CONTROL INTERNO | Unas Miradas De Encuentro

8. Mis Palabras Ante el Concejo Municipal | Una Autocritica al CTP GUASCA

8.2 Segunda Parte

ACTUALIZACIONES:

1.

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YA VIMOS QUE NO EXISTE LA TAL "EXTRAORDINARIA"

En una entrada anterior, vimos que no existe la tal Revisión "Extraordinaria" del EOT que solicita en su Derecho de Petición la Veeduria Ambiental, Lo que si Existe es la Revisión Excepcional, dada como su nombre lo indica por RAZONES EXCEPCIONALES.

SIMPLES MATEMATICAS ELEMENTALES SEÑORES VEEDURIA

Señores Veeduria Ambiental, son solo Simples Matematicas Elementales. Acaban de Citar el Decreto de Aprobación del EOT, que reza que fué emitido en el 2021 y estamos en el 2025, restamos y Esa operacion elemental nos dá CUATRO(4) años y NO dos(2) años, claro, claro, Ustedes dicen "más de dos años", pero es que los Parametros en años que maneja la Ley 388 de 1997 son 4 (Corto Plazo), 8 (Mediano Plazo), 12 (Largo Plazo), en ningún momento menciona los "dos años".

PARA SER EXACTOS !!!

Pero para ser Exactos, el Decreto salió el 10 de Mayo del 2021, a la fecha de su Derecho de Petición, 4 de Febrero de 2025, nos dá TRES AÑOS(3) y NUEVE(9) MESES, contando que el 10 de Febrero. Es decir faltan tan solo TRES(3) MESES para cumplirse el Periodo Constitucional anterior de 4 años.

ES DECIR LO QUE NOS TOCA UNA REVISION ORDINARIA DE CORTO PLAZO

Es decir, lo que La Administración Municipal debe estar haciendo es Preparando la PROPUESTA de Revisión Ordinaria de Corto Plazo, 4 años, para presentarla al Concejo Municipal, despues del 10 de Mayo del 2025, fecha en la cual se cumplen los 4 años de la Vigencia del EOT 2021.

Articulo 28: Vigencia y Revision Del Plan De Ordenamiento | Ley 318 de 1997

 

LINK LEY 318 DE 1997

"3.
Los Contenidos Urbanos
Rurales
de Corto Plazo
y
Los Programas de Ejecución
Regirán durante un 
Periodo Constitucional Completo de la Administracipon Municipal
y Distrital
Completo,
Habida Cuenta de
Las Excepciones que resulten Logicas
En Razón 
De la Propia Naturaleza de las Actuaciones Contempladas
o
De sus Propios Efectos"


HILOS SUELTOS RELACIONADOS

1. Comentarios A La Revisión "Extraordinaria" Solicitada Por La Veeduria Ambiental

1.0 Texto del Derecho de Petición de la Veeduria Ambiental

1.2 Derecho de Petición Veeduria Ambiental | Video de Lectura en el Concejo Municipal, viernes 7 de Febrero 2025

1.3 Solicito A la Veeduria Ambiental | Como Consejero Territorial De Planeación

1.5 ¿Solicitud de "REVISION EXTRAORDINARIA" del EOT?, ¡No Existe !!! | Petición de la Veeduria Ambiental de Guasca.




7. El CTP y La OFICINA DE CONTROL INTERNO | Unas Miradas De Encuentro

8. Mis Palabras Ante el Concejo Municipal | Una Autocritica al CTP GUASCA

8.2 Segunda Parte

ACTUALIZACIONES:

1.

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LOS PARAMETROS

A. EL CONTENIDO ESTRUCTURAL - Largo Plazo 12 años

1. El contenido estructural del plan tendrá una vigencia de largo plazo, que para este efecto se entenderá como el correspondiente a tres períodos constitucionales de las administraciones municipales y distritales.

B. LOS CONTENIDOS DE LOS COMPONENTES URBANO Y RURALES - 8 años.

2. Los contenidos de los componentes urbanos y rurales de mediano plazo tendrán una vigencia correspondiente al término de dos períodos constitucionales de las administraciones municipales.

C. LOS CONTENIDOS URBANOS Y RURALES Y PROGRAMAS - 4 años

3. Los contenidos urbanos y rurales de corto plazo y los programas de ejecución regirán durante un período constitucional completo de la administración municipal y distrital completo, habida cuenta de las excepciones que resulten lógicas en razón de la propia naturaleza de las actuaciones contempladas o de sus propios efectos.


D. MISMO PROCEDIMIENTO APROBACION

D.1 Parametros e Indicadores de Seguimiento:
  1. Cambios Significativos Población Urbana
  2. Cambios Significativos Usos del Suelo
  3. Cambios Significativos Transporte Masivo
  4. Cambios Significativos Infraestructura
  5. Cambios Significativos Servicios Publicos
  6. Cambios Significativos Renovación Urbana
  7. Cambios Significativos Macro Proyectos de Infraestructura
  8.  Cambios Significativos Evaluación de Metas y Objetivos del Plan

D.2 Vencimiento Largo Plazo - 12 años: Seguirá Vigente el Ya adoptado.

E. UNA VEZ VENCIDO EL PERIODO CONSTITUCIONAL ANTERIOR

E.1 Evaluación de los Avances y Retrocesos

  • Proyectaran Nuevos Programas de Reordenamiento
  • La Prostitutución y Su incompatibilidad con Usos Residenciales y Dotacionales Educativos.

Entrada Destacada de los Ultimos Dias

¿Bajo qué circunstancia se puede iniciar la revisión de los planes de ordenamiento territorial?

LINK DEL CONCEPTO                                                                        "E l Consejo Territorial de Planeación Municip...

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