miércoles, 11 de marzo de 2026

La Pagina 8 del Proyecto De Acuerdo | NO menciona "Expresamente", Lo Que dice la Participante 1

 

LINK DEL PROYECTO
                                                                                                          "7. Socializar

e
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la Gestión Del
Consejo Territorial De Planeación
en la Localidad o Sector Que Represente
y Canalizar
la Participación Respectiva."

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3. Intervención Particupante 2 | Patricia

4. UNA MIRADA SISTEMICA a la Ley 388 de 1997 | Planes Ordenamiento Territorial


ACTUALIZACIONES:

1. Marzo 11, hora 9 y media (correción ultima parte )

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ASEVERACION DE LA PARTICIPANTE 1

Dice la PARTICIPANTE 1:

"En la pagina 8 del Proyecto de acuerdo, dentro del apartado que sustenta la revisión excepcional del POT, con base en el articulo 28 de la Ley 388 de 1997 se menciona expresamente la posibilidad de la ejecución de Macroproyectos de infraestructura regional o Metropolitana que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio Municipal"

VIDEO: Llegando A " La Puerta De Entrada "

LA PAGINA 8

¡ NO ENTIENDO !

En la Pagina 8, NO existe siquiera mención de la Ley 388 de 1997 que dicen que "abre la puerta a la Metropolización" de Guasca. Vamos más adelante a la pagina 9 para comprender lo que dijo la PARTICIPANTE 1 en su intervención.

PAGINA 9


TAMPOCO VEO REFERENCIA EN LA PAGINA 9

En la pagina 9, solo veo que se menciona la Ley 388 en lo que tiene que ver con los Planes de Ordenamiento Territorial, EOT en nuestro caso.

¿ DONDE SE MENCIONA EXPRESAMENTE ?

Dice la PARTICIPANTE 1:

"En la pagina 8 del Proyecto de acuerdo, dentro del apartado que sustenta la revisión excepcional del POT, con base en el articulo 28 de la Ley 388 de 1997 se menciona expresamente la posibilidad de la ejecución de Macroproyectos de infraestructura regional o Metropolitana que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio Municipal"

 ¿ DE QUIEN SE VENIA HABLANDO?

De la Pagina 8.

En la Pagina 8 como vimos anteriormente NO se menciona para NADA expresamente:

 "la posibilidad de la ejecución de Macroproyectos de infraestructura regional o Metropolitana que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio Municipal"

¿ SERA QUE SE REFERIA A LA LEY 388 EN SU ARTICULO 28 ?


Acá en el Articulo 4, SI Se menciona la SUPUESTA puerta de Entrada de Guasca a la "Metropolización", pero toca que Estudia más de fondo este Articulado para no entrar en MITOS.

LA PAGINA 8, ES PARA ELLA LA PAGINA 10

Ya encontré la "mención expresamente" de lo que dice la participante, ya que para ella la pagin 8 es la Pagina 10, y tiene sentido sí, quitando las dos(2) paginas de presentación del Proyecto al Concejo Municipal por parte del Alcade, tiene sentido la equivocación normal. Ya que que las personas del común como yo consideramos todo el archivo facilitado por la Administración como el Proyecto de Acuerdo si somos EXACTOS en la pagina 15 de 50 paginas que tiene el documento.

La Participante 1, se refiere a la pagina 8, NO del Proyecto de Acuerdo como tal, sinó de la EXPOSICION DE MOTIVOS del Proyecto de Acuerdo.
Apartir de la Pagina 3, donde inicia esta exposicion de motivos contando la Participante esta como la numero 1, llegando a la Pagina 10 del documento que es la Pagina 8 de la Exposicion de Motivos, ahi si encontramos los que dice la Señora Participante 1.


En esta transcripción del Decreto 1077 de 2015 y la Ley 388 de 1997 en su Articulo 28, si dice:
"...;la Ejecución de macroproyectos de infraestructura regional o metropolitana que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio municipal o distrital..."
Esto es lo que ha generado esa "paranoia conspiratoria" de que esto es la puerta de entrada a la Región Metropolitana Bogota - Cundinamarca.

Muchos en Guasca, sin tener ARGUMENTOS sobre el Si o el Nó a la Region Metropolitana, han recibido "linea" de que se opongan porque si, ..."porque Bogotá lo que quiere es robarnos el agua" y no han utilizado sus cinco dedos de frente para ver las cosas con PENSAMIENTO CRITICO y solo se dejan llevar por la "linea" que les tiran desde arriba.

martes, 10 de marzo de 2026

Intervención Particupante 2 | Patricia

 

PROYECTO DE ACUERDO
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2. Intervención Participante 1 | Amalia Peña

ACTUALIZACIONES:

1.

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INTERVENCION 2 PARTICIPANTE



INDICE DE LA INTERVENCION

  1. Tema Central: Protección del Patrimonio. Su intervención gira en torno a la solicitud de medidas preventivas transitorias para proteger el patrimonio histórico, arquitectónico y cultural de Guasca frente al Proyecto de Acuerdo 001 de 2026.
  2. Cuestionamiento al Artículo 17. Expresa preocupación por el plazo de hasta 12 meses que este artículo otorga al alcalde para reglamentar la preservación del patrimonio, el control acústico y el uso del espacio público.
  3. Fundamentación Constitucional y Legal. Sustenta su petición en los artículos 8, 72 y 313 de la Constitución Política, así como en la Ley General de Cultura (Ley 397 de 1997), recordando que la protección de la riqueza cultural es una obligación del Estado y no algo discrecional.
  4. Alerta por "Vacío Normativo". Advierte que el periodo de transición de un año podría generar un riesgo donde se expidan licencias o autoricen intervenciones en bienes patrimoniales sin una regulación operativa clara, vulnerando el principio de precaución administrativa.
  5. Solicitudes Concretas a la Administración:
    • Expedir un acto administrativo preventivo que suspenda o limite licencias de construcción y demolición en bienes patrimoniales mientras se reglamenta la norma definitiva.
    • Publicar y socializar el inventario oficial actualizado de bienes de interés cultural del municipio.
    • Informar si dicho inventario cuenta con el concepto técnico de la autoridad cultural competente.
    • Indicar qué medidas de salvaguarda específicas se aplicarán durante los 12 meses de transición.
  6. Petición de Respuesta Formal. Exige que su solicitud sea respondida de manera formal y por escrito, invocando el Derecho de Petición (Artículo 23 de la Constitución).

Intervención Participante 1 | Amalia Peña

 

PROYECTO DE ACUERDO
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12. Más que un cuestionario | El papel de los 17 Participantes en el Cabildo Abierto

ACTUALIZACIONES:

1.

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INTERVENCION 1 PARTICIPANTE


INDICE DE LA INTERVENCION

  1. Cuestionamiento de la Identidad Municipal: Señala que Guasca está transitando de un modelo agrícola a uno urbano de densificación sin que haya existido un debate ciudadano claro sobre este cambio de identidad.
  2. Riesgo de Metropolización: Advierte sobre la mención de macroproyectos de infraestructura regional en el proyecto de acuerdo (sustentado en la Ley 388 de 1997), lo que podría transformar estructuralmente el territorio hacia una metropolización sin estudios de impacto ambiental e hídrico previos.
  3. Ambigüedad en Alturas de Construcción: Denuncia la falta de claridad en el Artículo 11, donde se mencionan tres pisos pero circula información sobre cinco o más, cuestionando si existe un respaldo técnico sobre la capacidad de carga de los servicios públicos para soportar tal aumento.
  4. Carencia de Estudios Demográficos e Hídricos: Cuestiona la proyección habitacional hacia el año 2035, exigiendo estudios serios sobre la oferta y demanda de agua, así como el concepto de la autoridad ambiental sobre la disponibilidad real del recurso.
  5. Gestión y Regulación Administrativa: Critica la falta de cronogramas y presupuestos claros en temas como la regulación de bares y el cambio del cableado de servicios públicos, señalando que "gestionar" no es lo mismo que "ejecutar".
  6. Impacto Ambiental y Gestión del Riesgo: Expresa preocupación por la impermeabilización del suelo y el aumento del riesgo de inundación debido a las mayores alturas, solicitando la actualización del mapa de gestión de riesgo (impacto sísmico y pluvial).
  7. Interdependencia Urbano-Rural: Defiende que lo urbano y lo rural son sistemas inseparables. Critica la división "insana" entre ambos, mencionando que los servicios ecosistémicos (como el agua) y los cobros (como el alumbrado público) afectan a toda la comunidad por igual, independientemente de donde residan.
  8. Exigencia de Rigor Técnico: Concluye solicitando que las respuestas de la administración no sean simples confirmaciones de existencia de documentos, sino estudios técnicos profundos y verificables.

lunes, 9 de marzo de 2026

Más que un cuestionario | El papel de los 17 Participantes en el Cabildo Abierto

 

PROYECTO DE ACUERDO
                                                                                                                "7. Socializar

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11. Lo AMBIENTAL De La MODIFICACION EXCEPCIONAL De Normas Urbanisticas del EOT de Guasca | Separando el CHISME de la Realidad

ACTUALIZACIONES:

1.

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Más que un cuestionario
El papel de los 17 Participantes en el Cabildo Abierto 

Introducción

Mañana 10 de Marzo se lleva a cabo el Cabildo Abierto a las 2:00 p.m. en el recinto del Concejo Municipal sobre la modificación excepcional del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT). 

Un grupo de 17 ciudadanos ha dado el paso fundamental de inscribirse para intervenir, asumiendo una responsabilidad que va mucho más allá de simplemente interrogar a los funcionarios de turno.

Es vital que estos intervinientes, y la comunidad en general, comprendan que este espacio no ha sido convocado únicamente para hacerle preguntas a la Administración Municipal. Si bien el cuestionamiento técnico es necesario, el Cabildo Abierto es, ante todo, un mecanismo de participación democrática de origen constitucional diseñado para la deliberación pública.

Mucho más que preguntas y respuestas

De acuerdo con el marco legal y lo expresado por los mismos concejales, las intervenciones ciudadanas tienen un alcance mucho mayor:

Presentación de Ponencias y Argumentos: Los inscritos tienen el derecho a exponer sus opiniones, inquietudes y propuestas fundamentadas sobre el desarrollo del territorio. No se trata solo de preguntar "por qué", sino de argumentar por qué se está de acuerdo o no con puntos específicos, como los usos del suelo o las normas de construcción.

El Ciudadano como "Constituyente Primario": En este escenario, el habitante de Guasca actúa como el actor fundamental de la democracia. Sus aportes deben ser tratados como insumos obligatorios que los concejales deben considerar y analizar antes de debatir y votar el proyecto de acuerdo.

Construcción de la "Carta de Navegación": Lo que se discuta este 10 de marzo influirá en cómo crecerá el municipio en los próximos 12 años en el Area Urbana. Las intervenciones sirven para que la comunidad aporte significativamente en la definición zonas urbanas.

El protocolo de la sesión

Para que el ejercicio sea efectivo, los 17 inscritos deben recordar la dinámica establecida por la Ley 1757 de 2015 y la Resolución 010 del Concejo:

Intervención Ciudadana: Los inscritos harán uso de la palabra según el orden de registro, basándose en el resumen escrito que radicaron previamente.

Respuesta de la Administración: Tras las ponencias de la comunidad, el Alcalde o sus secretarios deberán dar respuesta inmediata o explicaciones a los planteamientos realizados.

Análisis de los Concejales: Los miembros de la corporación intervendrán para analizar lo dicho por la comunidad en el marco del estudio del proyecto de acuerdo.

Cierre del ciclo: Una semana después de la sesión, se realizará una audiencia pública donde el mandatario y el Concejo entregarán respuestas razonadas y por escrito a cada solicitud ciudadana.

El Cabildo Abierto es la oportunidad para que estos 17 ciudadanos dejen de ser espectadores y se conviertan en interlocutores directos de la administración. Guasca no necesita solo un interrogatorio; necesita propuestas sólidas y una defensa técnica y social del territorio que asegure la legitimidad de nuestra futura norma urbanística. 

¡Nos vemos en el recinto de la democracia!

domingo, 8 de marzo de 2026

Guía de avistamiento | El Chulo de Urna y otras maravillas de nuestra fauna electoral

 


"Frente al ruego de la esquina,
el ciudadano opone la agudeza del ingenio,
transformando una situación de acoso
en una oportunidad para la reafirmación cultural
y el distanciamiento ético de las malas prácticas electorales"

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4. Proyecto de Acuerdo de Modificación Excepcional de Norma Urbanistica del EOT de Guasca, En estudio en el Concejo Municipal desde el 3 de Febrero del 2026

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Guía de avistamiento
El Chulo de Urna y otras maravillas de nuestra fauna electoral

Introducción

Si usted es de esos ciudadanos que todavía cree que las elecciones son un ejercicio solemne de soberanía, es porque no ha salido a la calle un domingo de comicios en Polombia. En las inmediaciones de los puestos de votación, se manifiesta un fenómeno sociolingüístico fascinante: la proliferación del "activista de esquina", ese operador político de "última milla" que se sitúa estratégicamente para ejercer una labor que oscila entre el asedio, el ruego y la entrega masiva de basura publicitaria.

El rey absoluto de esta selva de cemento es, sin duda, el "Chulo de Urna". Como buen buitre (chulo), este personaje no vuela; sobrevuela el centro de votación esperando a que el sufragante parezca confundido, indeciso o "vulnerable" para lanzarse en picada con su propuesta. Es un experto en detectar la "presa" —como llaman sarcásticamente al votante independiente— antes de que este logre cruzar la línea de seguridad.

La "Teoría del Mariachi" aplicada al volanteo

El Chulo de Urna no entiende de sutilezas. Su método se basa en lo que los expertos llaman la "Teoría del Mariachi": le invade a usted el espacio físico y visual, entregándole un papelito rápidamente sin siquiera mirarlo a los ojos, tal como el músico que reparte tarjetas a toda prisa en una serenata. Este "Robot de Campaña" repite una frase mecanizada ("Vota por el 102") sin capacidad de diálogo, convirtiéndose en un "Repartidor de Basura" profesional, dado que la mayoría de sus volantes terminan decorando el suelo a los pocos metros.

Una taxonomía de la mendicidad política

Para el Chulo de Urna, el voto no es un derecho, es una limosna. Por eso se le conoce también como el "Pordiosero de Curul", aquel que pide el apoyo electoral con una angustia digna del "Tío Agonías", sufriendo por cada voto que se le escapa hacia la urna sin su mediación. En este zoológico democrático, también encontramos variedades regionales:

El Chichipato del Voto: Ese espécimen que aguanta sol todo el día a cambio de una recompensa insignificante, usualmente un "tinto y una empanada".

El Visajoso de la Esquina: Aquel que hace movimientos exagerados y sospechosos (visaje) para llamar su atención, fingiendo una importancia que nadie le dio.

El Mochilero: El mercenario que no está allí por convicción, sino para "arrear" votantes y cargar paquetes de votos hacia su "clan" o patrón de turno.

La mutación digital: El Buitre de Cédulas

Incluso el Chulo de Urna se ha modernizado. Ahora, armado con una tablet, se convierte en el "Scammer de la Registraduría". Su objetivo ya no es convencerlo de una idea (¿para qué?), sino capturar sus datos personales. Este "Buitre de Cédulas" está más interesado en su número de identificación para llenar planillas que en su bienestar ciudadano.

Al final del día, estos personajes son los actores esenciales de un teatro político que el ciudadano prefiere aplaudir con ironía antes que validar con sumisión. Son los "Batman de la democracia" o los "Pomeranians del poder", perros falderos de una maquinaria que los envía a la calle a pelearse por las sobras de la mermelada electoral. Así que la próxima vez que un "Carevolante" le impida el paso, sonría: está usted frente a un ejemplar puro de la fauna que hace que nuestra realidad no sea trágica, sino gloriosamente tragicómica.

viernes, 6 de marzo de 2026

Lo AMBIENTAL De La MODIFICACION EXCEPCIONAL De Normas Urbanisticas del EOT de Guasca | Separando el CHISME de la Realidad

 

PROYECTO DE ACUERDO
                                                                                                                "7. Socializar

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10. Dos(2) Documentos Frente a Frente | PROYECTO DE MODIFICACION EXCEPCIONAL<------> EOT 2021

ACTUALIZACIONES:

1.

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Lo AMBIENTAL De  La MODIFICACION EXCEPCIONAL 
De Normas Urbanisticas del EOT de Guasca

Introducción

Cuentan en las esquinas, entre tinto y tinto cerca del parque, que Guasca está a un paso de la catástrofe. El chisme de pasillo —ese que corre más rápido que la fibra óptica que aún no tenemos— dice que el predio "El Regalo" ya no será un aula ambiental, sino el nuevo basurero de la región. Otros, con cara de conspiración, aseguran que la Modificación Excepcional del EOT (MEPOT) es en realidad un contrato secreto para entregarnos de pies y manos a la Región Metropolitana. Y no falta quien jura que veremos glampings hasta en los techos de las casas y que los cultivos bajo cubierta invadirán hasta el último andén del casco urbano. ¡Qué drama! Pero antes de que salgamos a comprar máscaras de gas, bajémonos del bus del chisme y miremos lo que realmente dice la norma.

La Realidad Detrás del "Ruido" | Lo que La Modificacion sí tiene de Ambiental 

A diferencia de lo que dicen las "malas lenguas", la dimensión ambiental en esta modificación urbana es un "rotundo sí" y es, de hecho, obligatoria. Aquí no se está planeando un basurero, sino un municipio que respete su entorno desde el cemento hacia afuera.

1. Un "Pacto" con la Autoridad Ambiental

Para los que creen que la administración está haciendo lo que quiere, les cuento que todo este proceso tuvo que pasar por el filtro de CORPOGUAVIO. La modificación fue concertada formalmente mediante la Resolución No. 1498 del 15 de diciembre de 2025. Esto significa que cualquier cambio en las normas urbanas tiene el sello de aprobación ambiental para no pasar por encima de las determinantes superiores.

2. Quebradas que no son caños, sino Estructura Ecológica 

Uno de los puntos técnicos más fuertes es el ajuste en la Estructura Ecológica Principal (EEP) Urbana. Se le puso el ojo a las rondas de las quebradas Chimicé y Chorro El Carmen. El plan no es pavimentarlas, sino:

Armonizar usos: Permitir desarrollos solo si incluyen medidas de manejo que no dañen el agua.

Restauración Nativa: Garantizar que estas zonas se recuperen con especies de la región para evitar ocupaciones ilegales y proteger el agua.

3. Urbanismo Sostenible | Guasca "Biodiversa" 

Olvídense del gris absoluto. La modificación introduce el concepto de "ciudades biodiversas y resilientes" (bajo la Ley 2476 de 2025). Esto obliga a que los nuevos espacios públicos usen infraestructura verde y azul, sistemas de drenaje sostenibles y materiales de construcción que no calienten el planeta.

4. ¡Silencio, por favor! (La ley contra el ruido)

Para alegría de los vecinos de los bares y la tristeza de los que confunden "diversión" con "escándalo", la MEPOT integra la Ley 2450 de 2025. Ahora, los establecimientos comerciales (tipo C3) y hasta los de culto (D2) deberán hacer adecuaciones arquitectónicas para mitigar el ruido. El derecho al descanso por fin tiene sustento técnico en el papel.

5. Gestión del Riesgo

No se construye donde no se debe El EOT incorpora los resultados de los estudios detallados de amenaza, vulnerabilidad y riesgo (AVR) entregados por CORPOGUAVIO en 2024. Si el riesgo es no mitigable, simplemente se prohíbe la urbanización y ese suelo se vuelve área de protección. Adiós a la improvisación de construir en zonas de inundación o remoción en masa.

6. El adiós a la "maraña" de cables 

Finalmente, el proyecto propone la soterración de redes de servicios públicos. Y no es solo para que las fotos de la iglesia salgan bonitas sin cables de por medio; ambientalmente se justifica para:

Reducir la contaminación visual que degrada el paisaje urbano.Gestionar el riesgo de incendios, ya que en nuestro centro urbano hay construcciones tradicionales vulnerables a cortocircuitos en redes aéreas.

Así que, la próxima vez que escuche que van a poner una planta de residuos en la sala de su casa, recuerde que el EOT urbano de Guasca está apostando por la calidad acústica, la protección hídrica y la seguridad territorial. Los chismes entretienen, pero la técnica es la que ordena.

jueves, 5 de marzo de 2026

Dos(2) Documentos Frente a Frente | PROYECTO DE MODIFICACION EXCEPCIONAL<------> EOT 2021

 

PROYECTO DE ACUERDO
                                                                                                                "7. Socializar

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ACTUALIZACIONES:

1.

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ESQUEMA DEL PROYECTO

El Proyecto de Modificación Excepcional de Norma Urbanística del EOT de Guasca (2026) se compone de una serie de documentos técnicos y legales, así como de un articulado específico que reforma el Acuerdo 027 de 2021. A continuación, se detalla su estructura:

1. Documentos que integran el Proyecto

La propuesta radicada ante el Concejo Municipal incluye los siguientes componentes obligatorios:

Exposición de Motivos: Justificación política y social de la reforma (6 folios).

Proyecto de Acuerdo: El texto normativo propuesto para aprobación (18 folios).

Documento de Seguimiento y Evaluación: Análisis de los resultados del EOT a diciembre de 2024 (21 folios).

Documento Técnico de Soporte (DTS): Sustento técnico detallado de los cambios (91 folios).

Memoria Justificativa: Descripción precisa de los contenidos a modificar (16 folios).

Cartografía Propuesta: Mapas de Sectores Normativos (FU_04), Áreas de Actividad (FU_06), Sistema Vial (FU_07) y Áreas Prohibidas para Comercio C3 (FU_12).

Anexos: Resolución de concertación ambiental con Corpoguavio y concepto del Consejo Territorial de Planeación (CTP).

2. Ejes Temáticos (Las 8 Motivaciones)

El proyecto se centra exclusivamente en el componente urbano y se organiza bajo ocho(8) objetivos principales:
  1. Ajuste de normas para Vivienda de Interés Social (VIS).
  2. Normas para la localización de equipamientos de culto.
  3. Regulación de parqueaderos públicos y privados.
  4. Reglamentación de bares y cantinas (C3) en el parque principal y zonas escolares.
  5. Conciliación de usos en las áreas de actividad.
  6. Protección y reglamentación de barrios consolidados.
  7. Preservación del patrimonio arquitectónico y urbano.
  8. Solución de errores materiales y contradicciones en textos y mapas del EOT de 2021.
3. Índice del Proyecto de Acuerdo (Articulado)

El cuerpo normativo propuesto se divide en los siguientes artículos clave:

Art. 1: Definición de Sectores Normativos (SN1 al SN10) y descripción detallada de los Usos del Suelo (Residencial, Comercial C1-C3 y Dotacional D1-D2).

Art. 2: Normas para los Tratamientos Urbanísticos:Conservación Arquitectónica y Contextual.Consolidación Urbanística.Tratamiento de Desarrollo.Mejoramiento Integral.

Art. 3: Cambio de nombre de la dependencia a Oficina Asesora de Planeación.

Art. 4: Supresión del Consejo Consultivo de Ordenamiento.

Art. 5: Ajustes a la Estructura Ecológica Principal Urbana.

Arts. 6 y 7: Eliminación de parágrafos sobre perfiles viales y malla vial arterial.

Art. 8: Nuevas reglas para Desarrollos por Urbanización.

Art. 9: Creación del artículo 145-A sobre Procesos de Subdivisión Urbana.

Arts. 10 y 11: Modificaciones sobre la Exigibilidad y Lineamientos de Cesiones Obligatorias.

Art. 12: Regulación de la Compensación y Canje de Cesiones (Fondo de compensación y Banco de tierras).

Art. 13: Actualización de las Metas del Plan de Vivienda Urbana al año 2035.

Art. 14: Transición para la adecuación de Centros de Culto.

Art. 15: Transición para relocalización de Comercio C3 (Bares).

Art. 16: Conformación de comités locales de propietarios.

Art. 17: Facultades al Alcalde para crear el Código de Urbanismo, el Manual de Espacio Público y declarar Bienes de Interés Cultural.

Art. 18: Orden de Ajustes Cartográficos oficiales.

Art. 19: Obligatoriedad de Soterración de Redes de servicios públicos.Art. 20: Régimen de derogatorias del Acuerdo 027 de 2021.
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ESQUEMA EOT 2021

De acuerdo con el Acuerdo No. 027 de 2021, por el cual se adoptó el Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del Municipio de Guasca, el documento se estructura en los siguientes títulos, capítulos y secciones principales:

TÍTULO I: COMPONENTE GENERAL

Capítulo I: Ámbito de aplicación, vigencias, documentos del plan y revisiones.

Capítulo II: Objetivos, políticas y estrategias del esquema de ordenamiento.

Capítulo III: Modelo de integración regional.

Capítulo IV: Modelo de ordenamiento territorial del municipio.
Sección I: Modelo de ordenamiento territorial.
Sección II: Estructura ecológica principal.Subsección I: Estructura ecológica principal urbana (EEPU).Subsección II: Estructura ecológica principal rural (EEPRU).
Sección III: Gestión de amenazas y riesgos naturales.Subsección III: Cambio climático (Medidas de adaptación y mitigación).
Sección IV: Patrimonio cultural municipal.Subsección I: Bienes de interés cultural y áreas de influencia.

Capítulo V: Clasificación del suelo (Urbano y Rural).

TÍTULO II: COMPONENTE RURAL

Capítulo I: Ordenamiento para el suelo rural.

Capítulo II: Sistemas generales en suelo rural (Vial, Espacio Público, Equipamientos).

Capítulo III: Sistema de servicios públicos (Acueducto, saneamiento, energía y conectividad).Sección IV: Gestión de amenazas y riesgos naturales en el área rural y centros poblados.

Capítulo III (bis): Usos en suelo rural (Régimen de usos, producción agrícola, ganadera y minería).Sección III: Categorías de desarrollo restringido en suelo rural.Capítulo I: Vivienda campestre.Capítulo II: Centros poblados rurales (La Cabrerita y El Placer).

TÍTULO III: COMPONENTE URBANO ( a Modificar )

Capítulo I: Estrategia de ordenamiento para el suelo urbano.

Capítulo II: Sistemas generales en suelo urbano (Vial, Espacio Público y Equipamientos).

Capítulo III: Normas urbanísticas aplicables a suelo urbano.
Sección I: Sectores normativos, usos y tratamientos.
Sección II: Cesiones urbanísticas en suelo urbano.

Capítulo IV: Plan de vivienda social urbana.

TÍTULO IV: INSTRUMENTOS DE GESTIÓN, DE PLANEACIÓN Y DE FINANCIACIÓN

Capítulo I: Instrumentos de planeación (Acciones, planes maestros y UPR).Capítulo II: Instrumentos de gestión (Reajuste de tierras, integración inmobiliaria y expropiación).Capítulo III: Instrumentos de financiación (Participación en plusvalía y fondos).Sección I: Programa de ejecución (Proyectos prioritarios y cronograma).

TÍTULO V: DISPOSICIONES FINALES

Expediente municipal, control de desarrollo, fortalecimiento institucional, precisiones cartográficas y régimen de transición.Plan de Divulgación y el patrimonio cultural como determinante.
Si necesitas el detalle de los artículos específicos de alguna sección (por ejemplo, las fichas normativas de los sectores urbanos o las normas de vivienda campestre), puedo extraer esa información para ti.


MODIFICACIONES AL EOT 2021

El proyecto de Modificación Excepcional de Norma Urbanística, presentado en febrero de 2026, propone cambios específicos sobre el Acuerdo 027 de 2021 (EOT vigente), centrando sus ajustes exclusivamente en el Componente Urbano.

A continuación se enumeran las modificaciones detalladas por el articulado del nuevo proyecto de acuerdo:

1. Artículos del EOT 2021 que se suprimen

Artículo 6: Se elimina el Consejo Consultivo de Ordenamiento y su parágrafo único.

Artículo 121 (Parágrafo único): Relacionado con los tipos de vías urbanas y perfiles viales.

Artículo 122 (Parágrafo 2): Referente a la malla vial arterial.

Artículo 146 (Parágrafo 5): Sobre la exigibilidad de cesiones obligatorias a título gratuito.

2. Artículos del EOT 2021 que se modifican

Artículo 136: Ajuste integral de los Sectores Normativos (SN1 al SN10) y la definición de Usos Urbanos (Residencial, Comercial C1, C2, C3 y Dotacional D1, D2).

Artículo 138: Normas para el Tratamiento de Conservación Arquitectónica y Contextual.

Artículo 139: Normas para el Tratamiento de Consolidación Urbanística.

Artículo 140: Normas para el Tratamiento de Desarrollo.

Artículo 141: Normas para el Tratamiento Integral (Mejoramiento Integral).

Artículo 16 (Parágrafo 1): Ajuste en los componentes de la Estructura Ecológica Principal Urbana, permitiendo usos condicionados en zonas de restauración bajo normas de sectores específicos.

Artículo 145: Regulación de los Desarrollos por Urbanización, aplicables a predios superiores a 1,200 m².

Artículo 147 (Parágrafos 5 y 6): Lineamientos sobre la construcción de vías locales por el urbanizador y la gestión de afectaciones del sistema vial principal.

Artículo 149: Normas sobre la Compensación y/o canje de las Cesiones obligatorias, incluyendo la creación de un fondo de compensación y un banco de tierras.

Artículo 152: Actualización de las Metas del plan de vivienda urbana, proyectando un déficit de 1,614 viviendas al año 2035.

3. Artículos nuevos que se crean

Artículo 145-A: Define los casos específicos en los que se autorizan los procesos de subdivisión urbana (por ejemplo, división entre suelo urbano y rural, o predios en áreas consolidadas inferiores a 1,200 m²).

4. Otras disposiciones y mandatos del Proyecto 2026

Además de las modificaciones directas al texto de 2021, el nuevo proyecto establece:

Corrección de nombre: La dependencia "Secretaría de Planeación" se reemplaza por "Oficina Asesora de Planeación" en todos los documentos del EOT.

Régimen de Transición (Centros de Culto): Los establecimientos de uso Dotacional D2 tienen hasta el 31 de diciembre de 2027 para adecuarse técnicamente, especialmente en mitigación acústica.

Régimen de Transición (Comercio C3 - Bares): Se prohíben bares y cantinas en el Parque Principal y a menos de 50 metros de escuelas o centros de salud. Tienen un año para relocalizarse si son incompatibles.

Soterración de redes: Queda prohibida la extensión de nuevas redes aéreas de servicios públicos; toda nueva red debe ser soterrada.

Facultades al Alcalde: Se otorgan plazos de hasta 12 meses para crear un Código de Urbanismo, un Manual de Espacio Público y reglamentar la protección del patrimonio (BICL).

Ajustes Cartográficos: Obligación de actualizar los mapas oficiales de sectores normativos, áreas de actividad, sistema vial y áreas prohibidas para comercio C3

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