viernes, 18 de octubre de 2024

¿Guardián Del Desarrollo o Simple Espectador? | El CTP y el Control Social

 

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"Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación,
 así como los avances de la ciencia 
y
 la tecnología
 en las diferentes áreas del conocimiento,
 exigen 
a las organizaciones
 la gestión del cambio,
 ya que deben prever
 las transformaciones
 en las dinámicas organizacionales
 y sociales,
 y de esta manera 
adaptarse
 para permanecer como institución 
y atender a 
las necesidades 
demandas del contexto"


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5. Paginas WEBs Muncipios Vecinos | Una Introducción

6. Pagina Web ALCALDIA GUASCA 2024-2027 

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8. MICROSITIO : "Estadisticas Territoriales Guasca" | G|R Data Science

ACTUALIZACIONES:

1.

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¿Guardián del Desarrollo o Simple Espectador?
 El CTP y el Control Social

Introducción:

¿Es el Consejo Territorial de Planeación (CTP) un verdadero mecanismo de control social o un simple espectador en la gestión pública? La respuesta, como veremos, no es tan simple. Si bien la Ley 152 de 1994 le otorga al CTP funciones de seguimiento y vigilancia, su efectividad como herramienta de control depende de varios factores, incluyendo la participación ciudadana, la independencia de los consejeros y la voluntad política de la administración municipal.

El CTP: ¿Un guardián silencioso?

La Ley 152 de 1994 establece que los CTPs tienen la función de hacer seguimiento al Plan de Desarrollo Municipal, evaluar su cumplimiento y alertar sobre posibles desviaciones. Pero su rol va más allá del Plan de Desarrollo. El CTP también trabaja en el Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) y en los proyectos financiados con recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) y del Sistema General de Regalías (SGR).

¿Cómo se ejerce este Control Social?
  • A través de la participación ciudadana: Los CTPs están conformados por representantes de diferentes sectores de la sociedad civil, lo que les permite canalizar las necesidades y perspectivas de la comunidad.
  • Vigilando la gestión del gobierno: El CTP accede a información sobre la ejecución del presupuesto, el avance de los proyectos y el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo.
  • Generando espacios de diálogo: El CTP promueve el diálogo entre la comunidad y la administración municipal, buscando consensos y soluciones conjuntas a los problemas del territorio.
  • Alertando sobre irregularidades: Si el CTP detecta posibles irregularidades en la gestión pública, tiene la obligación de informar a las autoridades competentes (Contraloría, Personería, Procuraduría).
CTPs vs. Veedurías Ciudadanas: Dos caras de la misma moneda

Es importante diferenciar al CTP de las veedurías ciudadanas, que también son mecanismos de control social, pero con enfoques y alcances distintos:


De guardián silencioso a motor de cambio:

Para que el CTP sea un mecanismo de control social efectivo, es necesario que:
  • La comunidad participe activamente: Informándose sobre la labor del CTP, participando en las reuniones y presentando sus inquietudes.
  • Los consejeros sean independientes y comprometidos: Con capacidad de análisis, liderazgo y disposición a defender los intereses de la comunidad.
  • La administración municipal sea transparente y colaborativa: Facilitando el acceso a la información, respondiendo a las solicitudes del CTP y teniendo en cuenta sus recomendaciones.
Conclusión:

El CTP, junto con las veedurías ciudadanas, son herramientas fundamentales para construir una gestión pública más transparente, participativa y eficiente. Es hora de que dejemos de ver al CTP como un guardián silencioso y lo convirtamos en un verdadero motor de cambio, un espacio donde la ciudadanía y el gobierno trabajan juntos por un futuro mejor.

El DOLOR Del "Reporte Olvidado" En Una Administración Municipal

 

LINK DE LA CIRCULAR

"Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación,
 así como los avances de la ciencia 
y
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 en las diferentes áreas del conocimiento,
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ACTUALIZACIONES:

1.

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El DOLOR Del "Reporte Olvidado" En Una Administración Municipal

Alcalde, ¿sabía usted que un reporte sin enviar a tiempo puede convertirse en una pesadilla para su gestión? En el complejo mundo de la administración pública, donde la transparencia y la eficiencia son pilares fundamentales, incluso un pequeño descuido puede generar grandes consecuencias para su imagen política.

Imagine la siguiente situación: Un reporte crucial sobre la gestión del riesgo en su municipio, aquel que debe ser enviado a entidades nacionales, queda extraviado en el laberinto burocrático del sistema de control interno. Un plazo incumplido, una omisión involuntaria, o simplemente, la falta de diligencia de un funcionario, pueden desencadenar una serie de eventos desafortunados:

  • Sanciones económicas: Incumplir con las obligaciones de reporte ante entes nacionales puede acarrear multas y poner en riesgo la llegada de recursos vitales para su municipio.

  • Pérdida de confianza ciudadana: La falta de transparencia y la sensación de descontrol generan desconfianza en la ciudadanía, poniendo en riesgo su capital político.

  • Crisis mediática: Un simple error puede convertirse en noticia y ser utilizado por opositores para cuestionar su gestión y eficiencia.

¿Cómo evitar que el fantasma del “reporte olvidado” lo atormente?

La respuesta está en la prevención y el control:

  • Fortalezca el Sistema de Control Interno: Implemente mecanismos eficaces para el seguimiento y control de los reportes obligatorios, estableciendo responsables y plazos claros.

  • Capacite a su equipo: Asegúrese de que sus funcionarios comprendan la importancia de la gestión de riesgos y el cumplimiento de los plazos de reporte.

  • Apóyese en la tecnología: Existen herramientas que automatizan y facilitan el seguimiento de los reportes, minimizando el riesgo de errores humanos.

¡ No permita que un descuido empañe el trabajo arduo que realiza por su comunidad!!! 

Tomar medidas preventivas para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones de reporte no solo le evitará dolores de cabeza, sino que fortalecerá su imagen como un líder responsable y eficiente.

Guasca En La Era Digital | Una mirada desde Lo Aprendido En la ESAP ( 1 )

 


"Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación,
 así como los avances de la ciencia 
y
 la tecnología
 en las diferentes áreas del conocimiento,
 exigen 
a las organizaciones
 la gestión del cambio,
 ya que deben prever
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 y sociales,
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5. Paginas WEBs Muncipios Vecinos | Una Introducción

6. Pagina Web ALCALDIA GUASCA 2024-2027 

7. Ley 1712 de 2014 : Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica

8. MICROSITIO : "Estadisticas Territoriales Guasca" | G|R Data Science

ACTUALIZACIONES:

1. Octubre 21, 

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Guasca en la era digital
 Una mirada desde Lo Aprendido en la ESAP

Mi experiencia como Consejero Territorial de Planeación de Guasca siempre ha estado marcada por un profundo deseo de contribuir al desarrollo de mi municipio. Mi paso por los Diplomados y Cursos de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) me ha brindado una nueva perspectiva, una caja de herramientas con la que puedo transformar ese deseo en acciones concretas.

La ESAP me ha enseñado que la gestión pública efectiva en el siglo XXI exige ir más allá de las buenas intenciones. Requiere de datos, de análisis rigurosos y de la capacidad de traducir la información en decisiones estratégicas. En un mundo cada vez más digital, los municipios que aprovechen el poder de la tecnología tendrán una ventaja innegable a la hora de enfrentar los desafíos y construir un futuro sostenible.

Hoy, observo Guasca con una mirada renovada. Veo el enorme potencial que representan los datos para optimizar la gestión municipal, desde la planificación de obras públicas hasta la toma de decisiones en materia de salud, seguridad o medio ambiente. Imagino un Guasca donde la información fluya de forma transparente, empoderando a los ciudadanos y fortaleciendo la democracia participativa.

Estoy convencido de que la combinación de mi experiencia local con los conocimientos adquiridos en la ESAP me permite aportar soluciones innovadoras a los desafíos que enfrenta mi municipio. Y esto es solo el comienzo.

jueves, 17 de octubre de 2024

Decreto 338 de 2019 : Se crea la Red Anticorrupción

 

LINK DEL DECRETO

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Hilos Sueltos Relacionados:

Actualizaciones:

1.

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CONSIDERANDO:

Que el artículo 269 de la Constitución Política.

Que la Ley 87 de 1993 .

Que el artículo 12 de la citada Ley 87.

Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 9 de la Ley 87 de 1993
 
Que el Decreto 430 de 2016.

Que el Decreto 1083 de 2015.

Que de conformidad con lo señalado por la Corte Constitucional en sentencia C-103 de 2015.

Que la citada sentencia la Corte Constitucional .

Que de conformidad con el artículo 9 de la Ley 1474 de 2011.

Que teniendo en cuenta la relevancia de las funciones del Jefe de la Oficina de Control Interno

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Modifíquese el Parágrafo 1 del artículo 2.2.21.4.7. del Capítulo 4 del Título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Publica, el cual quedará así:

PARÁGRAFO 1. Los informes de auditoría, seguimientos y evaluaciones tendrán como destinatario principal el representante legal de la entidad y el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno y/o Comité de Auditoria y/o Junta Directiva, y deberán ser remitidos al nominador cuando este lo requiera.

Cuando el Jefe de Control Interno en ejercicio de sus funciones evidencia errores, desaciertos, irregularidades financiera, administrativas, desviaciones o presuntas irregularidades respecto a todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como a la administración de la información y los recursos de la entidad que evidencien posibles actos de corrupción, deberá informarlo al representante legal con copia a la Secretaria General de la Presidencia de la Republica y a la Secretaria de Transparencia, adjuntando a la copia de esta última instancia, el formato físico o electrónico que esta establezca para tal fin.

Este reporte no exime a los jefes de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, de la obligación establecida en los artículos 67 de la Ley 906 de 2004 y 9 de la Ley 1474 de 2011”

ARTÍCULO 2. El titulo 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Publica, tendrá un nuevo Capítulo 7 con el siguiente texto:

CAPITULO 7

RED ANTICORRUPCION

ARTÍCULO 2.2.21.7.1. Creación de la Red Anticorrupción. Crease la Red Anticorrupción integrada por los Jefes de Control Interno o quien haga sus veces para articular acciones oportunas y eficaces en la identificación de casos o riesgos de corrupción en instituciones públicas, para generar las alertas de carácter preventivo frente a las decisiones de la administración, promoviendo la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública.

ARTÍCULO 2.2.21.7.2. Coordinación de la Red Anticorrupción. La Red Anticorrupción será coordinada por la vicepresidenta de la Republica y por el Secretario General de la Presidencia de la Republica.

El Secretario de Transparencia ejercerá la Secretaria técnica de la Red Anticorrupción quien presentará informes trimestrales al Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno, o antes cuando las irregularidades puestas en su conocimiento lo ameriten.

La Red utilizara los equipos transversales de Control interno que haya integrado el Departamento Administrativo de la Función Publica, instancia creada para facilitar la coordinación en la aplicación de las políticas de gestión y desempeño institucional, y los Comités de Auditoria Sectoriales, Departamentales, Distritales y Municipales de que trata el Titulo 21 de la Parte 2 del presente Decreto.

PARÁGRAFO. El Departamento Administrativo de la Función Publica, la Secretaria de Transparencia y la Secretaria General de la Presidencia de la Republica expedirán el reglamento operativo de la Red Anticorrupción.

ARTÍCULO 2.2.21.7.3. Acciones de la Red Anticorrupción. La red anticorrupción adelantara las siguientes acciones:

1. Establecer estrategias para prevenir la materialización de prácticas corruptas al interior de las instituciones públicas con el fin de detectar de manera oportuna acciones que puedan comprometer los recursos públicos o para evitar prácticas contra la administración pública y precaver acciones que merezcan reparos desde el punto de vista legal y fiscal.

2. Proponer al Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno la adopción de acciones que promuevan el fortalecimiento de los Sistemas de Control Interno de manera preventiva y proactiva en búsqueda de una mayor transparencia administrativa y de lucha contra la corrupción con el propósito de generar mecanismos interinstitucionales y de seguimiento a los procesos de mayor exposición al riesgo de corrupción.

3. Facilitar el intercambio de mejores prácticas, experiencias y metodologías que permitan mejorar la calidad, pel1inencia y el trabajo de las oficinas de control interno en la identificación de tipos de corrupción, sus causas y la forma de erradicarlas.

Artículo 2.2.21.7.3. Asistencia a comités. Los representantes legales de las diferentes entidades deberán invitar a los Comités Directivos o instancia que haga sus veces, con voz y sin voto a los Jefes de Control Interno, con el fin de brindar las alertas tempranas sobre acciones u omisiones que puedan afectar el manejo de los recursos de la entidad.

ARTÍCULO 2.2.21.7.4. Asistencia a comités. Los representantes legales de las diferentes entidades deberán invitar a los Comités Directivos o instancia que haga sus veces, con voz y sin voto a los Jefes de Control Interno, con el fin de brindar las alertas tempranas sobre acciones u omisiones que puedan afectar el manejo de los recursos de la entidad."


ARTÍCULO 3. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de su publicación, modifica el parágrafo 1° del artículo 2.2.21.4.7 del Capítulo 4 y adiciona el Capítulo 7 del Título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

miércoles, 16 de octubre de 2024

META 177 : CPT | Plan De Desarrollo Guasca 2024-2027

 


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Hilos Sueltos Relacionados:

Actualizaciones:

1.

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META 177 : CTP ( Fila 228 PDM definitivo, 31 de Mayo)


PLAN DE ACCION OFICINA ASESORA DE PLANEACION



PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES - PPI META 177





UN(1) MILLON SE EMPLEO EN ESTA CAPACITACION

A la meta del CTP GUASCA, por este año le restan $ 4.000.000. Ya se pasó PROPUESTA del CTP para gastar ese Recurso a la Oficina De Planeación.

1. Tres(3) Millones Para Un Portatil Uso exclusivo CTP GUASCA. Ningún Consejero se lo saca de las Instalaciones de la Alcaldia, permanecerá en posesión con CLAVE en Oficina de Planeación, es decir NO lo puede utilizar sinó el CTP en las reuniones para Proyectar, escribir actas, generar link de la reunion virtual y demas labores de secretaria.

2. Un (1) Millon, para Refrigerios en reuniones presenciales del CTP.

3. Se le solicitó al Alcalde la DONACION de Chaquetas y escarapelas para identificación del CTP. Donación es decir no se tocan los 4 Millones sobrantes.

LA META EN EL SISPT - DNP

SISPT = Sistema De Planeación Territorial.





Programación


En Ceros, porque NO se ha Cargado a la Fecha el Plan Plurianual de Inversiones en el SISPT. Existe plazo hasta el 31 de Octubre Para cargarlo.

martes, 15 de octubre de 2024

Capacitación Para El CTP GUASCA y Comunidad En General | Construcción Participativa y Gobernanza En La Planeación Territorial

 

LINK FORMULARIO DE INSCRIPCION



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Hilos Sueltos Relacionados:

Actualizaciones:

1.

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META 177 : CTP ( Fila 228 PDM definitivo, 31 de Mayo)


PLAN DE ACCION OFICINA ASESORA DE PLANEACION



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UN(1) MILLON SE EMPLEO EN ESTA CAPACITACION

A la meta del CTP GUASCA, por este año le restan $ 4.000.000. Ya se pasó PROPUESTA del CTP para gastar ese Recurso a la Oficina De Planeación.

1. Tres(3) Millones Para Un Portatil Uso exclusivo CTP GUASCA. Ningún Consejero se lo saca de las Instalaciones de la Alcaldia, permanecerá en posesión con CLAVE en Oficina de Planeación, es decir NO lo puede utilizar sinó el CTP en las reuniones para Proyectar, escribir actas, generar link de la reunion virtual y demas labores de secretaria.

2. Un (1) Millon, para Refrigerios en reuniones presenciales del CTP.

3. Se le solicitó al Alcalde la DONACION de Chaquetas y escarapelas para identificación del CTP. Donación es decir no se tocan los 4 Millones sobrantes.

FORMULARIO DE INSCRIPCION



Entrada Destacada de los Ultimos Dias

¿Bajo qué circunstancia se puede iniciar la revisión de los planes de ordenamiento territorial?

LINK DEL CONCEPTO                                                                        "E l Consejo Territorial de Planeación Municip...

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