miércoles, 15 de julio de 2026

Fué Eliminada FIDUCIA y Cargo Para Acueductos Veredales | Proyecto de Acuerdo 011 de 2026

 


"No era justo que se le fuera a gravar
a estas asociaciones que han sido constituidas
con recursos de la comunidad."
Delfín Octavio Ramírez, Concejal de Guasca


HILOS SUELTOS RELACIONADOS







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Crónica de un Consenso por Guasca 
Los Detalles del Proyecto de Acuerdo sobre Alumbrado Público


1. Introducción | Un Giro Necesario para el Municipio

En el marco de las sesiones extraordinarias del Concejo Municipal de Guasca en este 2026, la política local ha dado un paso firme hacia la justicia tributaria y la eficiencia administrativa. Lo que parecía un debate técnico sobre el Acuerdo 055 de 2022 se transformó en un ejercicio de "buena fe" para corregir lo que muchos consideraban una norma "confiscatoria".

El Proyecto de Acuerdo 011 no es solo un ajuste de papeles; es la respuesta institucional a una problemática que asfixiaba a los acueductos veredales y desperdiciaba recursos públicos en trámites innecesarios. Bajo una tesis de ahorro y protección social, esta reforma busca que el dinero del impuesto de alumbrado público se quede en las calles y no en los bancos, protegiendo al mismo tiempo el esfuerzo histórico de las comunidades rurales.

2. Eficiencia Financiera | El Adiós a la Fiducia Obligatoria

Uno de los pilares de esta reforma es la eliminación del numeral 7 del artículo primero del Acuerdo 055. Hasta ahora, la normativa obligaba al municipio a contratar una fiducia para administrar los recursos del alumbrado, una figura que, lejos de aportar agilidad, generaba una carga financiera injustificada.

El costo de la burocracia: Durante el debate se reveló que la contratación de esta fiducia le costaba al municipio aproximadamente 69 millones de pesos anuales. La administración calificó este gasto como innecesario, puesto que la ley de contratación estatal no obliga a los municipios a utilizar este esquema, permitiendo que el manejo se haga directamente a través de cuentas exclusivas.

Con la aprobación de esta modificación, el municipio recupera su autonomía financiera. Estos 69 millones de pesos ahorrados no irán a gastos generales, sino que serán redirigidos a la expansión del servicio y al alumbrado navideño y ornamental, permitiendo que el recaudo se traduzca en beneficios visibles para la comunidad sin intermediarios costosos.

3. La Defensa de lo Comunitario | Los Acueductos Veredales como Protagonistas

El punto más álgido y celebrado del debate fue la modificación del Literal G, referente a los sujetos especiales del impuesto. Gracias a la asesoría técnica del Dr. Uriel, se estableció una distinción legal estratégica para proteger a los acueductos comunitarios.

Sujeto Exento: Aquel que es responsable del impuesto pero se le perdona el pago temporalmente.

Sujeto Excluido (No Sujeto Pasivo): Aquel que, por su naturaleza, no debe ser gravado.
Esta fue la figura elegida para proteger a los acueductos locales.

La estrategia del "Aclarar" vs. "Modificar"

Un detalle jurídico fundamental en este consenso fue la decisión de "Aclarar" el contenido del acuerdo en lugar de simplemente "Modificarlo". Según explicó el Dr. Uriel, una modificación solo tendría efectos hacia el futuro. Al optar por aclarar el sentido original de la norma, se produce un "decaimiento del acto administrativo". Esto significa que se reconoce que los acueductos comunitarios nunca debieron ser sujetos pasivos, lo que permite frenar y anular los procesos de cobro coactivo por deudas pasadas que amenazaban la estabilidad de asociaciones como San Jois o Mariano Ospina.

La distinción técnica | El lucro y la jurisdicción

El Concejo fue enfático en diferenciar entre el agua como derecho comunitario y el agua como negocio. Los acueductos veredales quedan excluidos porque su carácter es puramente comunitario, basado en aportes de los usuarios para mantenimiento, sin comercialización para el lucro. En contraste, entidades como Progresar o Ecosiecha seguirán siendo sujetos pasivos del impuesto, ya que cumplen con el trío de actividades industriales: Tratamiento, Distribución y Comercialización, operando en algunos casos fuera de la jurisdicción de Guasca (como el caso de Progresar en Sopó y La Calera).

4. Voces del Concejo | Un Debate Basado en la Realidad Rural

El ambiente en el recinto fue de transparencia y rigor. Concejales como Wilmer Beltrán (ponente), Carlos Acosta y Delfín Ramírez recordaron que la legislación debe reconocer la realidad de un municipio cuya infraestructura hídrica rural fue levantada "a pulso".

Justicia Social: Se denunció la "doble y hasta triple tributación" que sufrían los campesinos: pagaban el impuesto en su recibo domiciliario, lo pagaban a través de la factura de energía del acueducto y, además, la asociación era gravada como empresa.

Esfuerzo "Pico y Pala": Se resaltó que los acueductos construidos comunitariamente por los habitantes de Guasca no pueden ser tratados bajo la misma lupa fiscal que las grandes empresas comercializadoras.

Consenso Institucional: La Secretaría de Hacienda y el Concejo trabajaron de la mano para garantizar que la norma no fuera una trampa recaudatoria, sino una herramienta de fomento para la ruralidad.

5. El Resultado Final | Unanimidad por el Bien Común

Llegado el momento de la votación nominal, el respaldo fue absoluto. El Proyecto de Acuerdo 011 fue aprobado por unanimidad con 10 votos a favor.

Es importante destacar que el Concejo votó con un "quórum total" de sus miembros disponibles, registrándose únicamente la ausencia de la concejala Ana Elodia León, quien se encontraba bajo incapacidad médica debidamente justificada. Este respaldo unánime envía un mensaje de solidez jurídica y política a la administración municipal, que ahora procederá con la sanción del Alcalde para que la reforma entre en vigencia.

6. El Cierre | ¿Qué Cambia para el Ciudadano de Guasca?

Para el habitante de Guasca, la aprobación de este proyecto se traduce en tres realidades inmediatas.

Ahorro y Mejora del Servicio: Al eliminar el gasto de 69 millones de pesos en la fiducia, el municipio dispone de más recursos para modernizar luminarias y financiar el alumbrado navideño.

Blindaje a los Acueductos Rurales: Las asociaciones comunitarias ya no serán perseguidas por deudas de alumbrado público, protegiendo el bolsillo de los asociados y la autonomía de los acueductos.

Transparencia en el Recaudo: Se garantiza que el dinero del impuesto se maneje en cuentas bancarias exclusivas y se invierta únicamente en los componentes técnicos del servicio (operación, mantenimiento y expansión), evitando desvíos a otras metas presupuestales.

Guasca cierra este debate con la tranquilidad de haber corregido el rumbo, demostrando que la eficiencia técnica y la defensa de lo social pueden caminar de la mano en el servicio público.

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