domingo, 2 de marzo de 2025

Proyecto de Resolución | Presentación de la Propuesta, Lineamientos para el Ordenamiento Ambiental de la Sabana de Bogotá

 

LINK DEL DOCUMENTO

"se evidencia la alta pérdida de la funcionalidad 
e integridad ecológica de la Sabana 
como área de interés ecológico nacional.
 
Esta degradación pone en riesgo
 la sostenibilidad territorial y el bienestar de la población 
que depende de estos recursos y servicios ecosistémicos.
 Las consecuencias de esta pérdida 
requieren de acciones para evitar daños irreparables;
 en este sentido, 

se reafirma la necesidad de expedir
los lineamientos de ordenamiento ambiental del territorio, 
en los términos del mencionado artículo 61 de la Ley 99 de 1993,
 que permitan a las autoridades de la Sabana
 reforzar sus acciones y guiar la transición 
y adaptación de esta área de interés ecológico nacional”
Documento Tecnico, Conclusiones


Hilos Sueltos Relacionados:

0. Esquematizando Para Su Estudio, El Proyecto de Resolución Ministerio de Ambiente | Lineamientos Para El Ordenamiento Ambiental de la Sabana De Bogotá

1. CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991



3.1 EOT GUASCA 2021 | Competencia y Considerandos


Actualizaciones:

1. 
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CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991

 

LINK CONSTITUCION


"Artículo 1o. 
Colombia es un Estado social de derecho, 
organizado en forma de República unitaria,
 descentralizada, 
con autonomía de sus entidades territoriales, 
democrática, 
participativa 
pluralista,
 fundada en
 el respeto de la dignidad humana,
 en el trabajo 
la solidaridad de las personas 
que la integran y en
 la prevalencia del 
interés general."
Articulo 1 

Hilos Sueltos Relacionados:

1. CONSTITUCION POLITICA  Y  LEYES

2. Articulo 313: Concejales

3. Articulo 315: Alcaldes

4. Titulo 12: Del Regimen Economico y de Hacienda Publica, Capitulo 2: De los Planes de Desarrollo: Articulos 339, 340,  341, 342, 343, 344 : De los Planes de Desarrollo.

5. Ley ESTATUTARIA del Voto Programatico: Ley 131 de 1994(Articulo 259 CPC)  

6. LEY 80 De 1993: Estatuto de Contratación Publica 

2. EL PROGRAMA DE GOBIERNO

1. KIT TERRITORIAL DE PLANEACION - KPT

2. Orientaciones Para Construir y Elegir un PROGRAMA DE GOBIERNO

3. Construya Su Programa de Gobierno

4. Programa de Gobierno de Wilfrido Cotes 

5. CHAO!!!, "Guasca, Compromiso de Todos"   

6. VIDA PUBLICA ( Lo publico) y la VIDA PRIVADA ( Lo privado) 

7. MARCA GUASCA 

 3. PLAN DE DESARROLLO

3.1 Ley ORGANICA de Plan De Desarrollo: Ley 152 de 1994

3.2 IMPORTANCIA del Seguimiento de los Planes de Desarrollo 

3.3 PLAN DE GESTION AMBIENTAL REGIONAL - PGAR 2024-2035 

3.4 PLAN DE ACCION CUATRIENAL - PAC 2024-2027 CorpoGuavio 

3.4 MESAS TERRITORIALES Plan De Desarrollo Departamental

3.5 Sobre el Plan de Desarrollo de Guasca | ¿Cuando inicia?  

4. CONCEJO TERRITORIAL DE PLANEACION - CTP

4.1 CTP : Ley 152 de 1994, Articulos 33, 34, 35 

4.2 Reglamento CTP Guasca. 

4.3 Observatorio de Planeación Participativa 

5. CONTROL SOCIAL Y POLITICO A LA GESTION PUBLICA

5.1 Modulo 0: Aprendiendo a Dialogar 

5.2 Modulo 1: Fase Sensibilizacion del Control Social a la Gestion Publica.

5.3 El CONTROL SOCIAL en Colombia

5.4 ABC de la Ley ESTATUTARIA De Participación Ciudadna: Ley 1757 de 2015

6. FUNCIONAMIENTO DE LOS MUNICIPIOS

6.1 Ley 136 de 1994: Modernización y Funcionamiento de los Municipios.

6.1.1  ALCALDES: Ley 136 de 1994

6.1.2 CONCEJALES : Ley 136 de 1994  

6.2 Modernización de Los Municipios. Ley 1551 de 2012

6.3 Ley 489 de 1998: La Función Administrativa

6.4 Setencia 011 de 1994 CORTE CONSTITUCIONAL

6.5 Estatuto ORGANICO de PRESUPUESTO: Decreto 111 de 1996    

Actualizaciones:

1. 

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Actualizaciones:

1. 

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Esquematizando Para Su Estudio, El Proyecto de Resolución Ministerio de Ambiente | Lineamientos Para El Ordenamiento Ambiental de la Sabana De Bogotá

 

LINK DEL PROYECTO DE RESOLUCION

"se evidencia la alta pérdida de la funcionalidad 
e integridad ecológica de la Sabana 
como área de interés ecológico nacional.
 
Esta degradación pone en riesgo
 la sostenibilidad territorial y el bienestar de la población 
que depende de estos recursos y servicios ecosistémicos.
 Las consecuencias de esta pérdida 
requieren de acciones para evitar daños irreparables;
 en este sentido, 

se reafirma la necesidad de expedir
los lineamientos de ordenamiento ambiental del territorio, 
en los términos del mencionado artículo 61 de la Ley 99 de 1993,
 que permitan a las autoridades de la Sabana
 reforzar sus acciones y guiar la transición 
y adaptación de esta área de interés ecológico nacional”
Documento Tecnico, Conclusiones


Hilos Sueltos Relacionados:

0. Proyecto de Resolución | Presentación de la Propuesta, Lineamientos para el Ordenamiento Ambiental de la Sabana de Bogotá

1. CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991



3.1 EOT GUASCA 2021 | Competencia y Considerandos


Actualizaciones:

1. 
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CONSIDERANDOS

1. Constitucion Politica: Articulos 8, 58, 79, 80
2. Constitucion Politica: Articulo 209
3. Ley 99 de 1993
4. Ley 99 de 1993: Articulo 5
5. Ley 99 de 1993: Articulo 61
6. Sentencia C-534 de 1996
7. Ley 388 de 1997: Articulo 10, Modificado Articulo 32 Ley 2294 de 2023
8.Ley 357 de 1997
9. Ley 99 de 1993,
10.Decreto 1076 de 2015
11. Decreto 2372 de 2010 y actualmente compilado en el Decreto 1076 de 2015
12. Ley 1523 de 2012
13.Ley 2294 de 2023,
14.Decreto 2245 de 2018
15. Resoluciones No. 0475 y 621 del 2000
16.Ley 99 de 1993: Articulo 61
17. Acuerdo No. 011 de 2011, CAR
18. 114 áreas protegidas
19. Resolución No 126 de 2024
20. Resolución 507 de 2023

TÍTULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Áreas para la aplicación de los lineamientos en la Sabana de Bogotá.

TÍTULO 2. LINEAMIENTOS AMBIENTALES POR ÁREAS
 EN EL ÁMBITO DE LA SABANA DE BOGOTÁ

CAPÍTULO 1. LINEAMIENTOS PARA LAS ÁREAS DE ESPECIAL IMPORTANCIA AMBIENTAL

CAPÍTULO 2. LINEAMIENTOS PARA LAS ÁREAS RURALES

CAPÍTULO 3. LINEAMIENTOS PARA ÁREAS URBANAS

CAPÍTULO 4. LINEAMIENTOS PARA LAS ÁREAS COMPATIBLES CON MINERÍA Y LA EXTRACCIÓN MINERA 

TÍTULO 3. LINEAMIENTOS AMBIENTALES COMUNES PARA LA SABANA

CAPÍTULO 1. LINEAMIENTOS AMBIENTALES PARA REDUCIR LA VULNERABILIDAD HÍDRICA

CAPÍTULO 2. LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRIDAD ECOLÓGICA

CAPÍTULO 3. LINEAMIENTOS AMBIENTALES PARA LA EVALUACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA SABANA DE BOGOTÁ. 

CAPÍTULO 4. LINEAMIENTOS PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN Y LA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO

sábado, 1 de marzo de 2025

Surtió Efecto Mi AUTOCRITICA al CTP GUASCA | Tuvimos la PRIMERA Sesión con los 13 Consejeros Presentes, ¡ Felicitaciones !!!

 

"7. Socializar 
e
Informar
la Gestión Del
Consejo Territorial De Planeación
en la Localidad o Sector Que Represente
y Canalizar
la Participación Respectiva."







1.3 Capitulo III: De las Atribuciones, Funciones y Competencias del Consejo

1.4 Capitulo IV: De la Mesa Directiva

1.5 Capitulo V: Presentacion de documentos e iniciativas al Consejo Territorial de Planeacion Municipal

1.6 Capitulo VI: Composición, Funcionamiento y Funciones de las Comisiones

1.7 Capitulo VII: Regimen de las Sesiones

1.8 Capitulo VIII: De La Participacion Ciudadana en el Estudio del Plan de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial y Otros

1.9 Capitulo IX: Estatutos De Los Miembros Del Consejo Territorial De Planeacion Municipal | Reglamento del CTP GUASCA

18. Un Nuevo DIALOGO SOCIAL | El Control Social ( Veedurias, CTP ) y La Nueva Oficina De Control Interno de Guasca

ACTUALIZACIONES:

1.

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SESION DEL DIA JUEVES 20 DE FEBRERO

El dia Jueves 20 de Febrero tuvimos una Sesión con la Presencia de los TRECE(13) Consejeros Territoriales de Planeación de Guasca. Unos Asistimos Presencial en la Casa de la Cultura del Municipio, otros se conectarón Virtualmente a la Sesión.

FELICITO AL CTP GUASCA

Sinceramente Felicito al CTP GUASCA por estar POR PRIMERA VEZ desde nuestro nombramiento los TRECE(13) Consejeros...¡Es una hazaña muy grande!!!

DESDE LA PRMERA SESION

Desde la Primer Sesión del CTP GUASCA, donde se eligió la  Mesa Directiva, adopté una Posición Critica dentro de esta Instancia de Planeación, como previendo lo que pasaria en el futuro. Un CTP GUASCA que no estaba, digo no estaba, trabajando con la Altura de su Compromiso asumido con Guasca y el Señor Alcalde que nos habia nombrado. Un Organización con serios Problemas de Liderazgo al Interior de su Mesa Directiva que he ido dando a conocer todo este año Yá de estar conformado el CTP, tan asi que estos ultimos meses he llamado a una AUTOCRITICA dentro de la Organización, que dió su punto culminante en el llamado al Concejo Municipal que realicé a todo el Consejo.

SURTIÓ EL EFECTO ESPERADO MI AUTOCRITICA

Al Parecer, mi ejercició de Autocritica Surtió el Efecto Esperado con el llamado al Concejo y al parecer según note comenzando con la plena asistencia de los consejeros que la cuestión va a Cambiar, porque para qué ese llamado de atención Surtió efecto, por eso hablé en pasado cuendo dije que: "No estaba", tajando a la Altura de su Compromiso con Guasca. El exponerlos ante la Comunidad surtió un Efecto Positivo, así me haya costado ganarme Enemigos que saltarón como se esperaba al "pullarlos" con ciertas habladurias de corrillo, enfasis y dialogos molestos cuando los demas están hablando, ...que mala actitud de ciertos "intelectuales" de no respetar cuando un compañero tiene la palabra, muy molesto gesto, que evito siempre en reuniones y prefiero hacerme solo, a que una persona cometa ese tipo de falta y me la haga cometer al hacerme conversa cuando el otro esta hablando. Por eso, prefiero hacerme alejado y solo sin persona a mi alrededor, a no ser claro esta con recintos abarrotados.

Pero, ...la Autocritica es buena...y ante la Critica al Colectivo, todo el Colectivo se vino en mi contra, realizandome dos(2) autocriticas...que estaré evidenciando en este blog, pues no me dá miedo enfrentarme a ellas. Gracias por ellas, aun cuando dejan ver un revanchismo más que Criticas reales,...era de esperar...continuaré.

Antes De Ser Aceptado Como Consejero CTP GUASCA, Ya habia Averiguado Esta Cuestión | ¿Puede Continuar GALARZA con su PRECANDIDATURA a la Alcaldia, siendo Consejero?

 

LINK DEL DOCUMENTO

"La planificación 
es el puente 
entre el presente y el futuro. 
Revisar nuestras normas
 es asegurar que el puente
 siga siendo sólido 
y confiable."
Autor Anonimo

Hilos Sueltos Relacionados:

1.3 Capitulo III: De las Atribuciones, Funciones y Competencias del Consejo

1.4 Capitulo IV: De la Mesa Directiva

1.5 Capitulo V: Presentacion de documentos e iniciativas al Consejo Territorial de Planeacion Municipal

1.6 Capitulo VI: Composición, Funcionamiento y Funciones de las Comisiones

1.7 Capitulo VII: Regimen de las Sesiones

1.8 Capitulo VIII: De La Participacion Ciudadana en el Estudio del Plan de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial y Otros

1.9 Capitulo IX: Estatutos De Los Miembros Del Consejo Territorial De Planeacion Municipal | Reglamento del CTP GUASCA

2. Un Nuevo DIALOGO SOCIAL | El Control Social ( Veedurias, CTP ) y La Nueva Oficina De Control Interno de Guasca

 Actualizaciones:

1.

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ANTES DE SER NOMBRADO CONSEJERO CTP GUASCA

Antes de Someter mi Nombre ante el Señor Alcalde para ser Consejero CTP GUASCA, en el mes de Febrero habia averiguado en la FUNCION PUBLICA si, Galarza Siendo Precandidato a la Alcaldia 2028-2031, podría ser Elegido Consejero Territorial De Planeación De Guasca.

POR ESO CUANDO FUI ELEGIDO CONSEJERO

Por esto cuando fuí elegido Consejero, Mediante Decreto 029 de 2024, expuse en mi Primera entrada como Consejero en este blog, sacada el 2 de Marzo de 2024, una constancia del CONCEPTO de la FUNCION PUBLICA que contestaba a la Pregunta si Puedo ser Consejero y al mismo tiempo ser Pre-Candidato a la Alcaldia de Guasca 2028-2031.


RESPUESTA AL CONCEPTO



GALARZA CONTINUA CON SU ASPIRACION A LA ALCALDIA

Asi pues, continuamos con paso FIRME nuestra Aspiración a la Alcaldia de Guasca, 2028-2031, dejando constancia que NUNCA he utilizado las Sesiones del CPT GUASCA, ni las Utilizaré para hacer PROSELITISMO POLITICO dentro de esta Instancia de Planeación, pues mis Acciones GRITARAN más fuerte que cualquier intento de hacerlo.

jueves, 27 de febrero de 2025

Capitulo IX: Estatutos De Los Miembros Del Consejo Territorial De Planeacion Municipal | Reglamento del CTP GUASCA

 

LINK DEL REGLAMENTO
15 de Marzo de 2012


"el Consejo Territorial de Planeación Municipal 
como parte constitutiva del 
Sistema Nacional de Planeación 
ante 
la necesidad de 
promover la participación ciudadana,
 la gestión pública eficiente 
y el logro de la paz en un ambiente de concordancia y justicia social,
 aprueba el presente reglamento que se rige por el siguiente articulado"
Preambulo Reglamento

Hilos Sueltos Relacionados:

1.3 Competencias del CTP De Guasca | Articulo 10: Reglamento CTPM

1.4 Nueve(9) DEBERES de los Consejeros Territoriales De Planeación | Articulo 41, Reglamento CTP GUASCA 

2. Mis Apreciaciones Sobre el CTP Municipal de Guasca







2.11 La Falta de Seriedad En El CTP GUASCA | ¡ Un Consejero Informa !!! a la Mesa directiva

2.12 Mis Palabras Ante el Concejo Municipal | 20 de Febrero 2025
3. El CTP y La OFICINA DE CONTROL INTERNO | Unas Miradas De Encuentro 

 Actualizaciones:

1.

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Capitulo IX
 Estatutos De Los Miembros Del Consejo Territorial De Planeacion Municipal


Artículo 38. Calidades y periodo.

Las calidades y periodos de los consejeros se ajustarán a lo establecido en las normas pertinentes.

Artículo 39. Compromiso y responsabilidad.

Sus miembros deben actuar consultando la equidad la justicia el bien común y los principios y criterios que establece el presente Reglamento son por consiguiente responsables ante la sociedad y frente a sus sectores respectivos en el cumplimiento de las obligaciones propias de su investidura.

Artículo 40. Derechos son derechos de las consejeras y los consejeros.

1. Asistir con derecho a voz y voto a las sesiones del Consejo Territorial de Planeación tanto a la plenaria o las comisiones que integran.
2. formar parte de por lo menos de una comisión.
3. recibir oportunamente la información requerida para el cumplimiento de las funciones.
4. presentar constancias.
5. los demás que señale la ley y el presente Reglamento.

Artículo 41. Deberes son deberes de las consejeras y los consejeros.

1. asistir a las sesiones de la plenaria y comisiones de las cuales forme parte
2. respetar el reglamento el orden la disciplina y la corteza.
3. abstenerse a invocar su condición de integrante del Consejo Territorial de Planeación para obtener algún provecho personal.
4. poner en conocimiento de la Mesa Directiva a las situaciones de carácter moral o económico que a su juicio los inhiban para participar en el trámite de los asuntos sometidos a su consideración.
5. rendir las ponencias e informes que le hayan sido asignadas y participar en las audiencias públicas foros y asambleas populares de competencia del Consejo para los cuales haya sido delegado.
6. prestar su concurso para la promoción de proceso de discusión del proyecto de Plan de Desarrollo amplio democrático. participativo así como de los procesos de presupuestación ejecución control y seguimiento.
7. socializar e informar la gestión del Consejo Territorial de Planeación en la localidad o sector que represente y canalizar la participación al respectiva.
8. informar a la plenaria del Consejo Territorial la pérdida de pertenencia al sector o localidad por la cual fue elegido o designado representante.
9. cuando el consejero o represente al Consejo Territorial en otras instancias deberá informar a la plenaria periódicamente sobre su gestión y actuar a sujeto a los conceptos decisiones directrices adoptados por el Consejo Territorial y el presente Reglamento.

Artículo 42. Faltas son faltas de las consejeras y los consejeros.

1. el incumplimiento a los deberes que impone este reglamento
2. el cometer actos de desorden e irrespeto en el recinto de las sesiones
3. No presentar las ponencias en los plazos señalados salvo excusa legítima.
4. tomar atribuciones que no sean de su competencia o que hayan sido delegadas en plenaria o por encargo de la Mesa Directiva.

Artículo 43. Inasistencia a las sesiones.

Periódicamente la Mesa Directiva hará públicos los casos graves de inasistencia de los consejeros a las sesiones con el fin de que las organizaciones sectores respectivos tomen las medidas del caso con respecto al comportamiento de sus representantes.

Artículo 44. vacancias y excusas.

Se presentará falta absoluta de un consejero en los siguientes eventos, su muerte la renuncia la incapacidad permanente en su salud y la inasistencia reiterada sin excusa aceptada.
Se considera falta absoluta por inasistencia reiterada, las fallas sin excuso con excusas, no aceptadas a tres Tri sesiones continuas de la plenaria del Consejo Territorial.

Las renuncisa e incapacidades permanentes se presentarán a la mesa directiva, quién tendrá cinco five días para comunicarlas al Alcalde Municipal para que designe el reemplazo.

Parágrafo: las excusas de inasistencia se entienden valida siempre y cuando tengan una justificación o certificación pertinente el cómputo de las mismas se realizará en todas y cada una de las sesiones convocadas por el Consejo Territorial por citación previa escrita que realice el secretario general.
La obligacion de asistencia corresponde asi mismo a la participación de al menos el 60% del tiempo de la sesión convocada, caso en contrario se computará como inasistencias.

Artículo 45. Delegación

Los integrantes del Consejo Territorial de Planeación no podrán delegar su participación debido a que su designación se hizo a título personal e indelegable.

Artículo 46. Conflicto de intereses

Considerando que los integrantes del Consejo Territorial de Planeación Municipal representan los intereses de la sociedad no habrá lugar a conflictos de interés, no obstante cualquier miembro podrá por decisión propia declararse impedido para conocer rendir ponencia o votar sobre algún asunto que considera genera un conflicto de interés.
Caso en el cual lo hará saber a la mesa directiva para que ésta tome las medidas del caso el secretario general dejara constancia expresa en el acta del hecho en sus actuaciones las consejeras y los consejeros buscarán que prime el interés general sobre el particular o sectorial 

Artículo 47. Publicidad y comunicaciones

El Consejo Territorial de Planeación Municipal definirá una estrategia de comunicación y des El equipo responsable.
La mesa directiva es la vocera oficial del Consejo Territorial de Planeación Municipal. El Consejo Territorial informará periódicamente sobre sus actividades.

Artículo 48. Aprobación y vigencia.

El presente Reglamento se aprueba en toda su extensión y deroga cualquier documento similar que pueda existir y demás que les sean contrarias.

El presente Reglamento se aprueba en forma unánime por la plenaria del Consejo Territorial de Planeación Municipal en Gusca Cundinamarca a los 15 días del mes de marzo del año 2012.

En constancia de lo aprobado firman,

Capitulo VIII: De La Participacion Ciudadana en el Estudio del Plan de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial y Otros

 

LINK DEL REGLAMENTO
15 de Marzo de 2012


"el Consejo Territorial de Planeación Municipal 
como parte constitutiva del 
Sistema Nacional de Planeación 
ante 
la necesidad de 
promover la participación ciudadana,
 la gestión pública eficiente 
y el logro de la paz en un ambiente de concordancia y justicia social,
 aprueba el presente reglamento que se rige por el siguiente articulado"
Preambulo Reglamento

Hilos Sueltos Relacionados:

1.3 Competencias del CTP De Guasca | Articulo 10: Reglamento CTPM

1.4 Nueve(9) DEBERES de los Consejeros Territoriales De Planeación | Articulo 41, Reglamento CTP GUASCA 

2. Mis Apreciaciones Sobre el CTP Municipal de Guasca







2.11 La Falta de Seriedad En El CTP GUASCA | ¡ Un Consejero Informa !!! a la Mesa directiva

2.12 Mis Palabras Ante el Concejo Municipal | 20 de Febrero 2025
3. El CTP y La OFICINA DE CONTROL INTERNO | Unas Miradas De Encuentro 

 Actualizaciones:

1.

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Capitulo VIII
 De La Participacion Ciudadana en el Estudio del Plan de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial y Otros

Artículo 136. Observaciones a los proyectos de Plan de Desarrollo Plan de Ordenamiento Territorial u otro del competencia al Consejo.

Toda organización social gremial persona natural o jurídica podrá presentar observaciones sobre cualquier parte del proyecto cuyo estudio se esté adelantando, en alguna de las comisiones o en la plenaria, el Consejo en cualquiera de sus instancias, podrá declarar la sesión informal para escuchar a la ciudadana y a los ciudadanos o los voceros de las organizaciones sociales sobre gremiales sobre el tema específico objeto de sus deliberaciones previa inclusión en el orden del día.

Artículo 37. Consulta servidores estatales y a los particulares.

La plenaria del Consejo de planeación y las comisiones por intermedio de la mesa directiva del Consejo podrán para el ejercicio de sus funciones citar a los servidores públicos en lo pertinente al Plan de Desarrollo Plan de Ordenamiento Territorial y demás asuntos de su competencia y consultar a la sociedad civil u organizaciones sociales y gremiales sobre temas específicos que facilitan el desarrollo del trabajo.

La mesa directiva a través del Presidente y Secretario General comunicará a quien corresponda la citación invitación o consulta señalando el temario el término para la respuesta la fecha hora y lugar de la sesión a la que deberá concurrir en caso de inasistencia injustificada del servidor público respectivo la Mesa Directiva notificará al Alcalde Municipal de Huasca y a las instancias del Estado que Qué considere necesarias.

¿Por qué es crucial revisar el Reglamento del CTP de Guasca (2012)? | Introducción

 

LINK DEL REGLAMENTO

"La planificación 
es el puente 
entre el presente y el futuro. 
Revisar nuestras normas
 es asegurar que el puente
 siga siendo sólido 
y confiable."
Autor Anonimo

Hilos Sueltos Relacionados:

1.4 Capitulo IV: De la Mesa Directiva

1.5 Capitulo V: Presentacion de documentos e iniciativas al Consejo Territorial de Planeacion Municipal

1.6 Capitulo VI: Composición, Funcionamiento y Funciones de las Comisiones

1.7 Capitulo VII: Regimen de las Sesiones

1.8 Capitulo VIII: De La Participacion Ciudadana en el Estudio del Plan de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial y Otros

1.9 Capitulo IX: Estatutos De Los Miembros Del Consejo Territorial De Planeacion Municipal | Reglamento del CTP GUASCA

2. Un Nuevo DIALOGO SOCIAL | El Control Social ( Veedurias, CTP ) y La Nueva Oficina De Control Interno de Guasca

 Actualizaciones:

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Introducción
 
Hoy quiero hablarles sobre un tema que, aunque pueda parecer técnico y burocrático, es fundamental para el futuro de nuestro municipio: el Reglamento del Consejo Territorial de Planeación (CTP) de Guasca. Específicamente, me refiero al reglamento que data del 15 de marzo de 2012.

Y tengo una noticia importante: ¡Hoy, jueves 27 de febrero de 2025, el Consejo Territorial de Planeación inicia formalmente una etapa de revisión de este reglamento! Este proceso se llevará a cabo de la mano de la Oficina de Planeación y, por primera vez, con la valiosa asesoría de la nueva Oficina de Control Interno.

¿Por qué es importante hablar de esto? Porque las normas que rigen el CTP, el organismo encargado de asesorar a la administración municipal en la planificación del desarrollo, tienen un impacto directo en la calidad de vida de todos los Guasqueños. Esta revisión representa una oportunidad única para fortalecer nuestro municipio.

El contexto ha cambiado

Desde 2012, Guasca ha experimentado cambios significativos: crecimiento poblacional, nuevas dinámicas económicas, desafíos ambientales, etc. Las prioridades y necesidades de la comunidad han evolucionado. Las normas nacionales y departamentales sobre planeación y participación ciudadana también se han actualizado.

Un reglamento actualizado es esencial para que el CTP pueda cumplir eficazmente su función de asesoramiento y contribuir al desarrollo sostenible de Guasca.

¿Qué aspectos del reglamento podrían necesitar revisión?

  • Composición del CTP: ¿Refleja la diversidad de la comunidad guasqueña actual? ¿Están representados todos los sectores relevantes?
  • Funciones del CTP: ¿Son suficientes para abordar los desafíos actuales? ¿Se necesita fortalecer su capacidad de seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal, como tambien del EOT?
  • Mecanismos de participación ciudadana: ¿Son efectivos? ¿Se pueden mejorar para garantizar una mayor inclusión y transparencia?
  • Procedimientos internos: ¿Son ágiles y eficientes? ¿Se pueden simplificar para facilitar la toma de decisiones?
Beneficios de una revisión del reglamento
  • Fortalecer la participación ciudadana en la planeación del desarrollo.
  • Mejorar la eficiencia y transparencia del CTP.
  • Adaptar el CTP a los nuevos desafíos y oportunidades de Guasca.
  • Asegurar que el Plan de Desarrollo Municipal responda a las necesidades reales de la comunidad.
  • Promover un desarrollo más sostenible y equitativo.

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