¿Es posible ser "Tercer Interviniente" en un Cabildo Abierto?
Introducción
El pasado 10 de marzo de 2026, el municipio de Guasca, Cundinamarca, vivió una jornada de intensa deliberación política durante el cabildo abierto convocado para discutir la modificación excepcional del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT). Entre las múltiples voces ciudadanas, surgió una mención técnica que generó curiosidad y debate: la figura del "tercer interviniente". Sin embargo, la mención de este estatus procesal en el marco de un cabildo revela una confusión técnica común entre dos regímenes jurídicos distintos de participación.
La Naturaleza del Tercer Interviniente
La figura del tercer interviniente tiene un carácter estrictamente administrativo y procedimental. Su fundamento más sólido se encuentra en el artículo 69 de la Ley 99 de 1993, que permite a cualquier persona vincularse a una actuación administrativa relacionada con la expedición, modificación o cancelación de licencias o permisos ambientales.
A diferencia de otros procesos, el régimen ambiental permite una legitimación amplia: no se requiere demostrar un perjuicio individual. Una vez reconocido mediante un acto administrativo, el tercero adquiere derechos procesales de gran peso:
Acceso total al expediente técnico.Facultad de aportar pruebas y controvertir conceptos de la autoridad.
Derecho a interponer recursos de reposición contra la decisión final de la administración.
El Cabildo Abierto: Un Foro de Soberanía Política
Por el contrario, el cabildo abierto es un mecanismo de democracia deliberativa consagrado en el artículo 103 de la Constitución. No es un trámite ante una autoridad ambiental, sino la congregación del pueblo soberano para discutir asuntos de interés general ante el Concejo Municipal.
En el contexto de Guasca, el cabildo es un requisito de validez obligatorio para aprobar ajustes al EOT; sin él, el acuerdo municipal sería nulo. En este espacio, los ciudadanos no actúan como "terceros intervinientes", sino bajo la calidad de habitantes, voceros o intervinientes inscritos.
¿Era posible esgrimir esa figura en el cabildo?
Desde una perspectiva estrictamente jurídica, no es adecuado ni posible actuar bajo la calidad de "tercer interviniente" en una sesión de cabildo abierto. La ley establece diferencias claras que impiden el uso de esta figura en dicho foro:
Propósito distinto: Mientras el tercero interviniente busca un control legal y técnico de un acto administrativo, el interviniente en un cabildo busca la deliberación política y la expresión de opiniones generales.
Efectos legales: La intervención en un cabildo genera un derecho a recibir una respuesta razonada y escrita por parte de la corporación en una audiencia posterior, pero no otorga el derecho a interponer recursos legales contra el debate mismo.
Marco Normativo: El tercero interviniente se rige por la Ley 99 de 1993 y el CPACA, mientras que el cabildo se rige por la Ley 1757 de 2015 y la Ley 507 de 1999.
La Concurrencia de Roles
Aunque el término fue mal empleado en la plenaria, es probable que la confusión nazca de la concurrencia de etapas en el ordenamiento territorial. Un ciudadano de Guasca interesado en proteger el agua o evitar la densificación urbana ("Suacha-ización") pudo haber ejercido ambos roles en momentos diferentes:
Ante CORPOGUAVIO: Pudo solicitar ser reconocido como tercer interviniente durante el trámite de concertación ambiental del EOT, asegurando así su derecho a controvertir técnicamente el proyecto antes de que llegara al Concejo.
En el Concejo: Actuó como un ciudadano inscrito con derecho a voz para fiscalizar si los estudios técnicos de la alcaldía eran suficientes para sustentar el crecimiento propuesto.
En conclusión, aunque un participante haya "salido" con la figura del tercer interviniente en el cabildo, esta no es procesalmente aplicable en ese espacio. El cabildo de Guasca del 10 de marzo fue un ejercicio de soberanía política donde el ciudadano tuvo voz, mas no las facultades de impugnación técnica que le otorga el estatus de tercero ante las autoridades ambientales.
Necesidad de Claridad y Transparencia: Como presidente de junta, solicita que la administración sea más clara sobre los cinco puntos específicos que cambiarán en el EOT para evitar "especulaciones" en las veredas sobre temas como la región metropolitana.
Crisis del Recurso Hídrico: Expresa su preocupación por el estado del río Chipatá, del cual se surten múltiples acueductos (Santana, Dos Florestas, San Pastor Ospina), señalando que el caudal ha disminuido drásticamente en poco tiempo.
Cuestionamiento a las Alturas y Espacio Público:
Menciona que en el teatro se les habló de permitir alturas de 4 o 5 pisos para supuestamente liberar espacio para parques y zonas verdes.
Compara esta propuesta con el caso de Villa Catalina, criticando la falta de planeación en parqueaderos y senderos peatonales en construcciones previas.
Preocupación por Nuevos Desarrollos: Consulta sobre el impacto que tendrán las nuevas construcciones y movimientos de tierra en predios como la finca Pote León y otros sectores aledaños en cuanto a la prestación de servicios públicos.
Problemática de Residuos en Veredas: Señala que actualmente hay deficiencias en el manejo de basuras y reciclaje en las zonas rurales, por lo que cuestiona la capacidad de recibir a más población.
Barreras de Acceso a la Vivienda:
Relata su caso personal para ilustrar la dificultad que tienen las personas sin empleo formal, caja de compensación o capacidad de endeudamiento para acceder a subsidios de vivienda.
Cuestiona si realmente estas soluciones habitacionales beneficiarán a los trabajadores locales (como los de las fincas de flores).
Defensa de la Identidad Arquitectónica:
Critica construcciones recientes que no respetan la estética del pueblo, como el "edificio de las monjas".
Exige disciplina en el manejo de fachadas y balcones en el centro histórico para que Guasca mantenga su esencia de pueblo y no crezca de forma desordenada
De acuerdo con la lectura realizada en la sesión del Concejo Municipal, se registraron un total de 17 ciudadanos que cumplieron con el requisito de radicar su ponencia por escrito para intervenir en el cabildo abierto.
A continuación, se relaciona el listado de las personas inscritas que presentaron su respectiva ponencia, tal como consta en el acta de la secretaría:
Amalia Peña Prieto
Patricia Olaya
Jaime Salazar ( Despues que terminor, Hubo un bajo de energia y se fué la señal)
Erika Gantiva ( No pudo participar virtualmente )
Mauricio Alberto Garzón
Carlos Alberto Galarza Vasquez ( Regresó cuando estaba terminando )
Pedro Hernando Cendales
José Unidio ( Tuvo inconvenientes personales y no se presentó )
Nicolás Londoño Patarroyo
Consuelo Ramírez (No se presentó en el Recinto)
Marta Peña
Viviana Mayerly León
Concepción Alfonso
Jenny Cortés Beltrán
Julio Leandro Garzón
Martín Rodríguez
Luis Eduardo Garzón
Adicionalmente, se informó que la ciudadana Adriana Cifuentes realizó el proceso de inscripción pero, al momento del cierre oficial, no presentó el resumen escrito de su ponencia, por lo que no quedó habilitada en el grupo final de intervinientes con ponencia radicada.
Finalmente fueron 14, Los que expusieron sus ponencias en el Cabildo Abierto.
Cómo Gritar "Respeto" Mientras se Irrespeta el Recinto
El suceso
¡Qué espectáculo tan conmovedor de civismo y altura dialéctica presenciamos recientemente en el Concejo Municipal! Nada dice más "debate democrático" que convertir un recinto sagrado de la palabra en una plaza de mercado donde el que más grita, supuestamente, más razón tiene.
Comprendiendo Lo Que Sucedió
Todo comenzó con una intervención del concejal Wilmer, quien tuvo la osadía de sugerir que Guasca es un municipio obrero y que no todos sus habitantes tienen la dicha de poseer una "casa de descanso o de recreo". Al parecer, mencionar la palabra "obrero" o sugerir que existen diferencias sociales es el equivalente moderno a invocar al demonio en una catedral.
El concejal, en su "atrevimiento", intentó defender el proyecto de vivienda argumentando que la clase trabajadora también tiene derecho a un techo, algo que aparentemente hirió las delicadísimas susceptibilidades de quienes prefieren hablar de "identidad agrícola" y "joyas arquitectónicas".
La Chispa
La chispa que encendió la hoguera fue el indicio de que el concejal estaba respondiendo al tono —digamos, "peculiar"— del Participante 3, Jaime Salazar.
Salazar, con una nostalgia que casi hace brotar lágrimas, recordaba a las "familias de siempre" y criticaba los edificios de apartamentos como "barrios obreros de gente hacinada" que parecen diseñados para "albergar población de obreros", casi como si hablara de una plaga inevitable que arruinaría el paisaje de las "fachadas bellísimas".
Ante la mención de Wilmer sobre las comodidades de algunos frente a las necesidades de los "obreros", la Participante 1 (aquella que minutos antes pedía con una calma angelical "estudios técnicos profundos") y la Participante 2 (la guardiana del patrimonio y la legalidad) decidieron que la mejor forma de exigir respeto era, precisamente, perdiéndolo.
En un acto de sincronización digno de las mejores óperas, se levantaron a vociferar que el concejal les estaba "faltando al respeto".
Es verdaderamente fascinante observar la gimnasia mental necesaria para exigir que se respete la palabra propia mientras se interrumpe a gritos la del otro. La Participante 1, que tanto enfatizó la necesidad de una "participación ciudadana real" y un "debate claro", demostró que su concepto de debate incluye el derecho a silenciar al interlocutor cuando la verdad, como dijo el concejal, "duele un poco".
El presidente del Concejo tuvo que intervenir desesperadamente, recordando que la intención no era generar "debate y contestación con la población" en ese tono, mientras Wilmer, en medio del caos, aclaraba que ni siquiera las había mencionado por nombre. Pero claro, en el mundo de la indignación selectiva, sentirse aludido es razón suficiente para transformar un recinto de leyes en un duelo de decibelios.
Conclusión
Al final, nos queda una gran lección: si usted quiere hablar de "respeto" y "convivencia" en el Concejo, asegúrese de llevar buenos pulmones para gritar por encima de los demás. Porque, según vimos, en Guasca los estudios técnicos son importantes, el patrimonio es sagrado, pero el arte de vociferar para que no te digan las verdades en la cara es, sin duda, la joya de la corona del ordenamiento territorial.
Enfoque de la Intervención: Centra su discurso en dos temas críticos para el ajuste del EOT: el patrimonio cultural arquitectónico y la vivienda de interés social.
Protección del Patrimonio Arquitectónico: Lamenta la pérdida de 25 joyas arquitectónicas en Guasca por la falta de un debate oportuno hace años.Propone la posibilidad de restablecer fachadas en armonía con lo tradicional, citando ejemplos de la zona cafetera.Resalta la importancia de valorar elementos sencillos como puertas y ventanas como parte de la belleza patrimonial.Menciona el archivo de fachadas de AS Collegium, dirigido por Claudia Ruiz, como un insumo valioso para este propósito.
Modelo de Desarrollo Urbano vs. Identidad Rural: Cuestiona la necesidad de proyectos de alta densidad, señalando que Guasca no tiene un problema sistémico de personas sin hogar.Advierte sobre el riesgo de convertir a Guasca en un "Soacha", "La Calera" o "Chía", perdiendo su condición rural y campesina.Cita un sondeo realizado con Tamsa donde 120 personas destacaron que lo que más les gusta del municipio es su esencia tradicional y de comunidad.
Crítica a la Vivienda de Interés Social de Alta Densidad: Sostiene que las torres de tres y cinco pisos van en contravía de la vivienda rústica campesina.Cuestiona quiénes serán los beneficiarios reales de estas viviendas, sugiriendo que a menudo terminan alquiladas y no habitadas por locales necesitados.Denuncia que estas infraestructuras parecen preparadas para albergar barrios obreros de futuros desarrollos industriales ligados a la región metropolitana.Advierte sobre el impacto en la salud mental de vivir en apartamentos hacinados y sin zonas verdes dignas.
Crisis de Servicios Públicos e Infraestructura: Denuncia la escasez de agua y los racionamientos anuales, argumentando que no hay capacidad para cientos de familias nuevas.Advierte que la PETAR (Planta de Tratamiento de Aguas Residuales) ya se encuentra al tope de su capacidad y colapsará con nuevos edificios de apartamentos.Señala deficiencias en el manejo de residuos sólidos y propone un sistema de recolección que incorpore recicladores y compostaje de orgánicos.
Propuesta Final: Sugiere que el orden correcto debe ser priorizar la ampliación de la PETAR y el sistema de basuras antes de autorizar un crecimiento habitacional que el municipio no puede soportar.
Hasta ahi llegó Video,porque se fué la Energia en el Recinto.
Parece que algunos habitantes de Guasca han desarrollado un superpoder envidiable: la capacidad de ver conspiraciones intergalácticas donde solo hay burocracia técnica. Resulta que el Proyecto de Acuerdo para la modificación excepcional del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) ha desatado un pánico digno de una invasión alienígena, todo por una frase "misteriosa" escondida en la página 10 del documento (que convenientemente es la página 8 de la Exposición de Motivos).
La frase del terror dice, literalmente, que la revisión se sustenta en la "necesidad o conveniencia de ejecutar macroproyectos de infraestructura regional o metropolitana".
¡Listo! Para los teóricos de la conspiración local, esto no es un texto legal, sino un contrato de rendición incondicional ante Bogotá y una "puerta de entrada" secreta a la Región Metropolitana.
Sin embargo, para decepción de los amantes del drama, la realidad es bastante más aburrida y técnica. Aquí les explico por qué esa frase está ahí, aunque les arruine la teoría del complot:
El "Copy-Paste" Obligatorio: La administración municipal no se despertó con ganas de ser parte de la metrópoli; simplemente hizo un "copiar y pegar" de las causales legales exigidas por el artículo 28 de la Ley 388 de 1997 (modificado por el Decreto Ley 2106 de 2019).
La ley colombiana, en su infinita sabiduría procedimental, exige que cualquier revisión excepcional se sustente en estas categorías taxativas para ser admitida.
El Escudo de Papel: Incluir este lenguaje no es una invitación a la RMBC, sino un "blindaje jurídico". Si el proyecto no invoca estas causales literales de la ley, cualquier abogado con ganas de molestar —o las autoridades de control— podrían tumbar todo el proceso por "vicios de forma" o "falta de motivación legal". Básicamente, es una formalidad técnica para que el trámite sea legal ante los entes de control.
La Verdadera Puerta tiene Llave Local: Jurídicamente, mencionar la palabra "metropolitana" en un EOT tiene el mismo efecto de integración que mencionar "Marte" tendría para convertirnos en marcianos: ninguno. La única "puerta de entrada" real a la Región Metropolitana requiere un Acuerdo Municipal independiente aprobado por el Concejo, previo cabildo abierto específico, algo que no está ocurriendo aquí.
Así que, mientras algunos siguen buscando túneles secretos hacia la capital en los párrafos de la página 10, la administración solo está tratando de que el proyecto no se caiga por no seguir el manual de instrucciones de la Ley 388.
Menos paranoia y más lectura técnica, porque el único "impacto metropolitano" inmediato parece ser el dolor de cabeza de explicar derecho urbanístico básico a los asustados.
1. Marzo 11, hora 9 y media (correción ultima parte )
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ASEVERACION DE LA PARTICIPANTE 1
Dice la PARTICIPANTE 1:
"En la pagina 8 del Proyecto de acuerdo, dentro del apartado que sustenta la revisión excepcional del POT, con base en el articulo 28 de la Ley 388 de 1997 se menciona expresamente la posibilidad de la ejecución de Macroproyectos de infraestructura regional o Metropolitana que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio Municipal"
VIDEO: Llegando A " La Puerta De Entrada "
LA PAGINA 8
¡ NO ENTIENDO !
En la Pagina 8, NO existe siquiera mención de la Ley 388 de 1997 que dicen que "abre la puerta a la Metropolización" de Guasca. Vamos más adelante a la pagina 9 para comprender lo que dijo la PARTICIPANTE 1 en su intervención.
PAGINA 9
TAMPOCO VEO REFERENCIA EN LA PAGINA 9
En la pagina 9, solo veo que se menciona la Ley 388 en lo que tiene que ver con los Planes de Ordenamiento Territorial, EOT en nuestro caso.
¿ DONDE SE MENCIONA EXPRESAMENTE ?
Dice la PARTICIPANTE 1:
"En la pagina 8 del Proyecto de acuerdo, dentro del apartado que sustenta la revisión excepcional del POT, con base en el articulo 28 de la Ley 388 de 1997 se menciona expresamente la posibilidad de la ejecución de Macroproyectos de infraestructura regional o Metropolitana que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio Municipal"
¿ DE QUIEN SE VENIA HABLANDO?
De la Pagina 8.
En la Pagina 8 como vimos anteriormente NO se menciona para NADA expresamente:
"la posibilidad de la ejecución de Macroproyectos de infraestructura regional o Metropolitana que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio Municipal"
¿ SERA QUE SE REFERIA A LA LEY 388 EN SU ARTICULO 28 ?
Acá en el Articulo 4, SI Se menciona la SUPUESTA puerta de Entrada de Guasca a la "Metropolización", pero toca que Estudia más de fondo este Articulado para no entrar en MITOS.
LA PAGINA 8, ES PARA ELLA LA PAGINA 10
Ya encontré la "mención expresamente" de lo que dice la participante, ya que para ella la pagin 8 es la Pagina 10, y tiene sentido sí, quitando las dos(2) paginas de presentación del Proyecto al Concejo Municipal por parte del Alcade, tiene sentido la equivocación normal. Ya que que las personas del común como yo consideramos todo el archivo facilitado por la Administración como el Proyecto de Acuerdo si somos EXACTOS en la pagina 15 de 50 paginas que tiene el documento.
La Participante 1, se refiere a la pagina 8, NO del Proyecto de Acuerdo como tal, sinó de la EXPOSICION DE MOTIVOS del Proyecto de Acuerdo.
Apartir de la Pagina 3, donde inicia esta exposicion de motivos contando la Participante esta como la numero 1, llegando a la Pagina 10 del documento que es la Pagina 8 de la Exposicion de Motivos, ahi si encontramos los que dice la Señora Participante 1.
En esta transcripción del Decreto 1077 de 2015 y la Ley 388 de 1997 en su Articulo 28, si dice:
"...;la Ejecución de macroproyectos de infraestructura regional o metropolitana que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio municipal o distrital..."
Esto es lo que ha generado esa "paranoia conspiratoria" de que esto es la puerta de entrada a la Región Metropolitana Bogota - Cundinamarca.
Muchos en Guasca, sin tener ARGUMENTOS sobre el Si o el Nó a la Region Metropolitana, han recibido "linea" de que se opongan porque si, ..."porque Bogotá lo que quiere es robarnos el agua" y no han utilizado sus cinco dedos de frente para ver las cosas con PENSAMIENTO CRITICO y solo se dejan llevar por la "linea" que les tiran desde arriba.