"el Consejo Territorial de Planeación Municipal
como parte constitutiva del
Sistema Nacional de Planeación
ante
la necesidad de
promover la participación ciudadana,
la gestión pública eficiente
y el logro de la paz en un ambiente de concordancia y justicia social,
aprueba el presente reglamento que se rige por el siguiente articulado"
Preambulo Reglamento
Hilos Sueltos Relacionados:
1.3 Competencias del CTP De Guasca | Articulo 10: Reglamento CTPM
1.4 Nueve(9) DEBERES de los Consejeros Territoriales De Planeación | Articulo 41, Reglamento CTP GUASCA
2. Mis Apreciaciones Sobre el CTP Municipal de Guasca
2.11 La Falta de Seriedad En El CTP GUASCA | ¡ Un Consejero Informa !!! a la Mesa directiva
2.12 Mis Palabras Ante el Concejo Municipal | 20 de Febrero 2025
3. El CTP y La OFICINA DE CONTROL INTERNO | Unas Miradas De Encuentro Actualizaciones:
1.
-------------------------------
Capitulo IV
De La Mesa Directiva
Articulo 11. Composición y Periodo.
El Consejo Territorial de Planeación tendrá una Mesa Directiva compuesta por un Presidente un Vicepresidente un Secretario General y organizar a las comisiones de evaluación y seguimiento al plan de desarrollo municipal.
La Mesa Directiva será elegida por mayoría de votos. Su periodo será de un año y prorrogable por un período igual a decisión de la plenaria del Consejo Territorial de Planeación Municipal
Articulo 12. Atribuciones
Como órgano de dirección orientación y coordinación del Consejo Territorial de Planeación Municipal la Mesa Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
1. facilitar la ejecución de las políticas definidas por la plenaria del Consejo Territorial
2. presentar el proyecto de plan estratégico que será aprobado por la plenaria del Consejo Territorial de Planeación el cual guiara su accionar así como proponer las modificaciones y ajustes necesarios.
3. Proponer a la plenaria del Consejo la realización de audiencias, públicas, locales, sectoriales y temáticas requeridas dentro del proceso planeación ejecución control social seguimiento evaluación consulta y debate para la definición de conceptos y recomendaciones de los proyectos de plan de desarrollo municipal Plan de Ordenamiento Territorial tetori, desarrollos.
4. proponer la agenda de trabajo y planes de acción para su aprobación en la plenaria del Consejo Territorial.
5. adoptar el plan de acción y operativo que conlleve a la ejecución del Plan Estratégico del Consejo Territorial de Planeación Municipal
6. adoptar las decisiones y medidas necesarias y procedentes para una mejor organización interna estructura administrativa en orden a un eficiente labor.
7. coordinar las actividades de las comisiones.
8. solicitar a la administración municipal los apoyos de carácter logístico y Administrativo que se requiera para el correcto funcionamiento del Consejo.
9. promover la composición de las comisiones en que se estructura el Consejo Territorial de Planeación.
10. apoyar y vigilar el funcionamiento de las Comisiones transitorias y permanentes y velar por la oportuna realización de las actividades encomendadas.
11. autorizar la sesión de las comisiones fuera de la sede del Consejo Territorial de Planeación.
12. autorizar el cambio o traslado de miembros entre las comisiones de acuerdo con la solicitud de los respectivos integrantes.
13. ejercer las demás funciones de orden y de gestión interna del Consejo que no estén adscritas a un órgano específico y las demás que establezca el reglamento.
14. promover la participación de los diversos sectores en las audiencias que se programen para que sean escuchados por las comisiones y plenarias y fijar las condiciones dentro de las cuáles se llevarán a cabo dichas audiencias.
15.Resolver y decidir sobre los vacios y conflictos de interpretacion del presente reglamento.
16. Someter a la Plenaria del consejo territorial de planeacion la agenda de trabajo y garantizar su cumplimiento.
Artículo 13. reuniones.
La Mesa Directiva se reunirá en cualquier tiempo cuando se ha convocada por el Presidente del Consejo Territorial o en su defecto por la mitad más uno de sus miembros.
Las comisiones se reunirán por convocatoria del respectivo coordinador o en su defecto por la mitad más uno de sus miembros respectivos.
Articulo 14. Secretaria de Planeación Municipal
El Consejo Territorial de Planeación contará con los servicios de la Secretaria de Planeación Municipal que será la encargada de prestarle el apoyo logístico técnico y operativo.
Articulo 15. funciones del presidente
Son funciones del presidente:
1. convocar presidir y dirigir las sesiones del Consejo Territorial y la Mesa Directiva.
2. instalar abrir cerrar y clausurar las sesiones del Consejo.
3. cumplir y hacer cumplir el reglamento y mantener el orden interno.
4. observar el reparto de los documentos que se presenten para el trabajo del Consejo y de sus comisiones .
5. suscribir con el secretario general las actas documentos convocatorias y citaciones que se aprueben en la plenaria así como las comunicaciones del Consejo Territorial de Planeación Municipal.
6. llevar o delegar la representación del Consejo Territorial ante los organismos y las ramas del poder político y ante la sociedad civil.
7. designar las comisiones accidentales que demanda el trabajo del Consejo buscando un adecuado equilibrio intersectorial.
8. supervisar el funcionamiento de la Secretaría de Planeación para el correcto funcionamiento del Consejo.
9. coordinar el trabajo y las buenas relaciones entre las consejeras y los consejeros estableciendo los vínculos de comunicaciones necesarios para una eficaz trabajo.
10. convocar a sesiones extraordinarias cuando fuere necesario.
11. Desempeñar las demas funciones que hacen parte de la naturaleza de su cargo.
Articulo 16. funciones del vicepresidente el vicepresidente
El vicepresidente sustituye al presidente ejerciendo sus funciones en el caso de vacancia, ausencia o imposibilidad de este desempeñara además otras funciones que le encomiende el Presidente o la Mesa Directiva.
Artículo 17. funciones del secretario general.
Son funciones del secretario general:
1. asistir a todas las sesiones en su defecto del Consejo Territorial designará una doc para la sesión en la cual falta el titular
2 . llevar y suscribir con el presidente las actas de las sesiones del Consejo Territorial de Planeación Municipal tres dar lectura a las proposiciones y demás documentos y mensajes que deban ser conocidos leídos en sesión plenaria
4. informar sobre los resultados de las clases de votaciones que se cumplan en el Consejo
5. dar curso fuera de la sesión a las comunicaciones y demás documentos o mensajes recibidos.
6. informar regularmente al Presidente de todos los mensajes y documentos dirigidos al Consejo Territorial de Planeación y acusar oportunamente su recibo
7. citar a los consejeros a las sesiones, previamente y con la debida antelación y especificando la fecha hora y el bar con el apoyo de la administración,
8. mantener organizado y actualizado un registro de entrega y devolución en de los documentos y formar a los consejeros de los documentos relacionados con la gestión y del Consejo y comisiones.
9. entregar a sus sucesor con riguroso inventario todos los documentos enseres y demás elementos a su cargo.
10. expedir la certificaciones e informes que soliciten las autoridades o los particulares.
11. Mantener debidamente vigilados y custodiados los documentos y las actas del Consejo.
12. llamar a lista con el fin de verificar el quórum y verificar que los miembros del Consejo concurran puntualmente a las sesiones. Recurriendo con apremio. Si fuera el caso la presencia de sus ausentes que no estén debidamente excusados.
13. tramitar la correspondencia ordenada por el Consejo Territorial de Planeación Municipal o su mesa directiva.
14. las demás funciones que señale el Consejo la Mesa Directiva y las inherentes a la naturaleza de su cargo.
15. Establecer una estrategia de comunicacion interna del Consejo Territorial consejeros barras de los documentos relacionados con la gestión del Consejo y comisiones.
16. hacer entrega para los consejeros de las actas para su aprobación en sesión plenaria.
Articulo 18. Vacancias
Las faltas absolutas de los miembros de la mesa directiva se suplen con una nueva elección, dentro de los siguientes reinta(30) dias habiles a la declaratoria.
La falta absoluta del Presidente se suple con una nueva elección para el resto del periodo institucional en la falta temporal de una o varias sesiones asume las funciones en la vicepresidente y en su defecto el miembro del Consejo según el orden alfabético.
Artículo 19. Participación.
Los Miembros del Consejo Territorial de Planeación promoverán la conformación de equipos o mesas de trabajo en la perspectiva de estructurar y desarrollar el Sistema Municipal de Planeación y las estrategias de participación.