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El Rol Crucial de los Concejos Municipales
en la Política del Catastro Multipropósito
Introducción
La implementación efectiva de la política de Catastro Multipropósito en Colombia es un pilar fundamental para el ordenamiento territorial y la seguridad jurídica. Este esfuerzo no solo busca actualizar la información física, jurídica y económica de los predios, sino también potenciar las capacidades territoriales y facilitar la toma de decisiones objetiva y coordinada en la administración del territorio. En este contexto los Concejos Municipales debido a su íntima relación con la planificación del territorio desempeñan un papel fundamental.
Es importante diferenciar que, si bien los Consejos Territoriales de Planeación, CTPs son órganos consultivos que participan en la elaboración de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial, las facultades y aprobaciones legales que recaen en los Concejos Municipales o Distritales como cuerpos colegiados de elección popular.
Las Comisiones de Ordenamiento Territorial
Las Comisiones de Ordenamiento Territorial, mencionadas como espacios de participación del IGAC, también operan a nivel nacional, departamental y municipal. Las decisiones y autorizaciones de los Consejos Municipales o Distritales son las que aterrizan y materializan las políticas de ordenamiento y, por ende, impactan directamente en la información catastral.
Articulación con el Ordenamiento Territorial y el Modelo LADM-COL-POT
El catastro multipropósito se concibe como el "motor" de un sistema de administración del territorio, SAT, que permite tomar decisiones en ámbitos clave como la tenencia, el valor de la tierra y, crucialmente, el ordenamiento territorial y el desarrollo del mismo. La actualización de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) es vital, dado que una gran parte de los municipios en Colombia tienen sus POT desactualizados. Los Concejos Municipales o Distritales son los encargados de aprobar estos instrumentos de planificación.
La Resolución 0495 de 2022 del Ministerio de Vivienda adoptó el modelo de datos extendidos LADM-COL-POT para la formulación de los POT, buscando facilitar la estandarización y la interoperabilidad de la información territorial. Este modelo ayuda a estructurar la información geográfica y cartográfica del plan de ordenamiento de forma organizada y uniforme, lo que es indispensable para un catastro multipropósito. Las decisiones sobre clasificación del suelo, áreas de protección o zonificaciones de amenazas, que son objetos territoriales legales estructurados bajo el modelo LADM-COL-POT, son fundamentales y su formulación es responsabilidad municipal. La validación y aprobación de estos componentes por parte de los Concejos Municipales es un paso crítico para que dicha información se incorpore en la cartografía oficial y se refleje en el catastro.
Aprobación de Declaratorias de Espacio Público
Un rol directo de los Concejos Municipales en la actualización catastral es la aprobación de la declaratoria de espacio público. Cuando un municipio identifica un área (por ejemplo, una vía, un parque) que debe ser declarada como espacio público, ya sea sobre bienes públicos o privados, es necesario realizar un levantamiento topográfico y un estudio técnico-jurídico. Esta información, que incluye el área y los linderos exactos, se incorpora a la cartografía oficial del municipio. Las fuentes indican que "en el momento en el que se incorpora esta cartografía nueva esto también tiene que ser aprobado por parte del Concejo". Esta aprobación es esencial para que el predio de espacio público se formalice y se integre como un bien oficial en los documentos de ordenamiento territorial y, por extensión, en los registros catastrales.
Otorgamiento de Facultades para la Formalización de la Propiedad
La formalización de la propiedad, un objetivo central del catastro multipropósito, requiere que los Concejos Municipales o Distritales otorguen facultades al alcalde para llevar a cabo procesos como la sesión a título gratuito de bienes fiscales a particulares. Esta autorización es un requisito legal y constitucional.
- El Artículo 313 de la Constitución Política establece la competencia de los concejos para otorgar estas facultades a los alcaldes.
- La Ley 136 de 1994, en su Artículo 32, parágrafo cuarto, especifica que el Consejo Municipal o Distrital debe decidir sobre la autorización al alcalde para contratar, incluyendo la enajenación y compraventa de bienes inmuebles.
- Para que estos acuerdos de facultades sean válidos y eficaces, se recomiendan que se incluyan elementos como la identificación clara de los predios a titular, la definición del procedimiento (por ejemplo, si es una sesión a título gratuito según la Ley 2044), el tiempo de vigencia de la facultad (que no puede ser indefinido), y el tipo de avalúo a considerar (catastral o comercial). La participación activa de los concejales competentes en la expedición de estos acuerdos es crucial para evitar tropiezos en los trámites de formalización. Una vez que el municipio ha formalizado un predio (por ejemplo, de informal a formal), esta actualización debe remitirse a Catastro para que se refleje el cambio de titularidad.
Impacto y Contribución al Catastro Multipropósito
Las decisiones tomadas por los Concejos Municipales o Distritales son vitales para la actualización permanente de la información catastral. La capacidad de los municipios de formalizar la propiedad, regular el uso del suelo y declarar el espacio público, todo ello con la aprobación de sus respectivos Concejos, impulsa la creación de un catastro más completo, actualizado y multipropósito. La estandarización de esta información a través de modelos como LADM-COL-POT permite que los datos sean interoperables y puedan ser usados por diferentes entidades y niveles de gobierno, facilitando así la gobernanza y la toma de decisiones.
En Resumen
En resumen, los Consejos Municipales o Distritales, como órganos de gobierno local, son los custodios de las decisiones de ordenamiento territorial y los habilitadores de los procesos de formalización de la propiedad. Sus aprobaciones y facultades son los engranajes clave que conectan las políticas nacionales del catastro multipropósito con la realidad jurídica y física del territorio a nivel local.
Imagine la política del catastro multipropósito como una gran orquesta que busca crear una sinfonía armoniosa del territorio. El Catastro es el conjunto de instrumentos musicales que recopila la información, y el Plan de Ordenamiento Territorial es la partitura que dirige la melodía. Los Consejos Municipales o Distritales actúan como el director de esta orquesta local, interpretando la partitura (POT), decidiendo qué secciones se tocan, cuándo se afinan los instrumentos (actualización catastral), y autorizando los solos (formalizaciones de propiedad o declaratorias de espacio público). Sin un director competente y una orquesta coordinada, la sinfonía se convierte en ruido, y la información territorial pierde su valor.