"Todo contrato que celebren las entidades estatales,
estará sujeto a la vigilancia y control ciudadano.
Las asociaciones cívicas comunitarias de profesionales,
benéficas o de utilidad común,
podrán denunciar ante las autoridades competentes las actuaciones,
hechos u omisiones de los servidores públicos o de los particulares,
que constituyan delitos, contravenciones, o faltas en materia de contratación estatal.
Las autoridades brindarán especial apoyo y colaboración a las personas
y asociaciones que emprendan campañas de control y vigilancia
de la gestión pública contractual
y oportunamente suministrarán la documentación o información
que requieran para el cumplimiento de tales tareas.
El Gobierno Nacional y los de las Entidades territoriales
establecerán sistemas y mecanismos
de estímulo de la vigilancia y control comunitario en la actividad contractual
orientados a recompensar dichas labores.
Las entidades estatales podrán contratar
con las asociaciones de profesionales y gremiales
y con las universidades y centros especializados de investigación,
el estudio y análisis de las gestiones contractuales realizadas."
Ley 80 de 1993. Articulo 66:
DE LA PARTICIPACION COMUNITARIA
Hilos Sueltos Relacionados:
1. XV. ADMINISTRACION TRANSPARENTE, HONESTA Y DE CARA A LA COMUNIDAD.
2. OBSERVANDO La Contratación En Guasca ( 1 )
3. Ley 80 de 1993: Estatuto General de la Contratación De La Administración Publica
Actualizaciones:
...
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Hasta el dia de HOY, Sabado 20 de Enero, la contratación en GUASCA se mueve asi:
Video de la Busqueda en el SECOP I. El Secop II no se aplica todavia en Guasca.
Los cuatro contratos son de PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALE.
CONTRATO NO.1
Seis Millones, trescientos pesos por Mes, Aproximadamente. $6.300.000=
Video contrato 2
CONTRATO NO.3
Video contrato 3
CONTRATO NO.4
Video contrato 4
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